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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2011 (17/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 32

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 17 de julio de 2011 446712 4.1) del Artículo 80º de la mencionada Ley, establece que las municipalidades, administran y reglamentan directamente el servicio de limpieza pública y el tratamiento de los residuos sólidos. Que, el Articulo 67º de la Ley General del Ambiente - Ley Nº 28611, dispone que los gobiernos locales, deben priorizar medidas de saneamiento basico que incluyan la gestion y el manejo de los residuos sólidos. Que, la Ley General de Residuos Sólidos - Ley 27314, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 10645, señala que las Municipalidades están obligadas legalmente a elaborar un Plan de Manejo de Residuos Sólidos en el ámbito de su jurisdicción y son responsables por la prestación de los servicios de recolección y transporte de los residuos sólidos y de la limpieza de las vías, espacios y monumentos de su jurisdicción. Por lo que, es necesario contar con el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS) del Distrito Capital de la Provincia de Huaral, concordante al Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) de la Provincia, que nos servirá como un instrumento de gestión municipal, que orientara el desarrollo de acciones para mejorar el Servicio de Limpieza Pública en el ámbito del distrito. Que, este documento ha sido elaborado por el Equipo Técnico de la Gerencia de Servicios Públicos, el mismo que está conformado por: Diagnostico Distrital, Situación Actual del manejo de los Residuos Sólidos, Estudio de Caracterización; Objetivos, Estrategias y Metas, aspectos que permitirán asegurar una efi ciente y efi caz prestación de Servicios de Limpieza Pública, desde la fuente de generación hasta la disposición fi nal. Así mismo, este instrumento de gestión servirá para cumplir con las metas establecidas en el programa de Modernización y plan de mejora de la Gestión Municipal del gobierno central. Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Perú y de conformidad con la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972 y la Ley General de Residuos Sólidos Ley Nº 27314, contando con el voto unánime de los señores Regidores, aprobaron la siguiente: “ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SÓLIDOS (PMRS) PARA EL DISTRITO CAPITAL DE LA PROVINCIA DE HUARAL” Artículo Primero.- APROBAR e implementar el Plan de Manejo de Residuos Sólidos (PMRS), del distrito de Huaral, que como Anexo, forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Servicios Públicos y Sub Gerencia de Medio Ambiente y Servicios a la Ciudad y demás Órganos y Gerencias en cuanto les corresponda. Facultándose al señor Alcalde a dictar las normas complementarias, para el cumplimiento de la presente ordenanza Artículo Tercero.- DISPONER la publicación íntegra de la presente Ordenanza en la página Web de esta Corporación Edil (www.munihuaral.gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JAIME C. URIBE OCHOA Alcalde 665939-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOBITOS Autorizan viaje del Alcalde para asistir a la “Conferencia de Alcaldes y Autoridades Locales” que se realizará en los EE.UU. ACUERDO DE CONCEJO Nº 042-052011-CDL Lobitos, treinta y uno de mayo del año dos mil once. Visto: En la Sesión Ordinaria de Concejo Nº 010- 052011-SG-MDL, de fecha 31.05.2011, el Tema Nº 01 de Agenda, respecto a la Autorización de viaje del Sr. Alcalde a la ciudad de New York – EEUU. para asistencia a la “Conferencia de Alcaldes y Autoridades Locales”. CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece que las municipalidades provinciales, distritales y delegadas, gozan de autonomía, política, económica y administrativa, en los asuntos que le son competentes y al amparo de esa autonomía tienen la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo Nº 20.- Atribuciones del Alcalde- Numeral 20- Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº115-052011- A-MDL de fecha 30.05.11 se le encargará las atribuciones políticas al primer Regidor. Que, el Artículo Nº41.- Acuerdos- de la acotada norma establece, que los acuerdos de Concejo, son decisiones que se adoptan, referidos a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno, para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Nº 010-052011- SG-MDL, de fecha 31 de mayo de 2011, se propuso como Tema de Agenda, la Autorización de viaje del Sr. Alcalde a la ciudad de New York – EEUU. para asistencia a la “Conferencia de Alcaldes y Autoridades Locales y habiendo sido sometido a votación, el Concejo lo aprobó, por unanimidad. Que, de conformidad a lo establecido en el artículo 2º del Reglamento de la Ley Nº 27619, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, precisa que la autorización de viaje será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, con el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifas vigentes. Que, el Numeral 11 del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, señala que es competencia del Concejo Municipal, el autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario. Estando a las consideraciones expuestas y al amparo de lo prescrito en los Numerales 3 y 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, se emite el siguiente: ACUERDO: Artículo Primero: DE LA APROBACIÓN. Autorizar el viaje del Sr. Alcalde a la ciudad de New York – EEUU. para asistencia a la “Conferencia de Alcaldes y Autoridades Locales” organizada por la Cátedra de Religión y Sociedad del Seminario de Unión de la Universidad de Columbia, los días 03 al 07 de agosto de 2011. Artículo Segundo: DEL CUMPLIMIENTO La Gerencia Municipal de la Municipalidad Distrital de Lobitos, adoptará las acciones necesarias, para el cumplimiento del presente Acuerdo. Artículo Tercero: DE LA PUBLICACIÓN Encargar a la Unidad de Abastecimientos y Servicios, la publicación en el Diario Ofi cial El Peruano el presente Acuerdo de Concejo, bajo responsabilidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. TOMI SANTOS VITE CHAPILLIQUÉN Primer Regidor (e) Alcaldía 665965-1