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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de julio de 2011 447679 sin efecto la Resolución Directoral Nacional Nº 1148/INC de fecha 20 de julio de 2006, asimismo aprobar el nuevo expediente técnico (plano perimétrico y topográfi co, memoria descriptiva y fi cha técnica) del sitio arqueológico Huantinamarca anexando el Informe Técnico Nº 0122- 2011-DA-DGPC/MC de fecha 14 de julio de 2011, que indica la modifi cación del Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC de fecha 23 de marzo de 2002 en el extremo referente a la clasifi cación de la zona arqueológica Huantinamarca, como sitio arqueológico Huantinamarca; Que, el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, declara de interés social y de necesidad pública la identifi cación, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 – Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación dentro del ámbito de su competencia; Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio de Cultura como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público, encargado de realizar acciones de declaración, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación, asimismo, a través del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC se aprobó la fusión de, entre otros, el Instituto Nacional de Cultura en el citado Ministerio, por lo que toda referencia normativa al INC se debe entender al Ministerio de Cultura; Que, el literal a) del Artículo 14º de la Ley Nº 29565 señala que corresponde al Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, “Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la política relacionada con el fomento de la cultura y la creación cultural en todos sus aspectos y ramas del patrimonio cultural, lo que incluye la declaración, administración, promoción, difusión y protección del Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la respectiva política nacional”; Que, a través del Decreto Supremo Nº 001-2011-MC se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, estableciendo en el literal c) del artículo 10º que los Despachos Viceministeriales tienen entre sus funciones la de “Expedir Resoluciones Viceministeriales en el ámbito de su competencia”; Estando a lo visado por el Director General de Patrimonio Cultural, la Directora General de Asesoría Jurídica y el Director de Arqueología; De conformidad con lo dispuesto en la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación - Ley Nº 28296; Ley Nº 29565 - Ley de Creación del Ministerio de Cultura; Decreto Supremo Nº 001-2011-MC que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura y la Resolución Suprema Nº 004-2000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueológicas, modifi cada por Resolución Suprema Nº 012-2006-ED; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el Artículo 1º de la Resolución Directoral Nacional Nº 233/INC de fecha 23 de marzo de 2002, en el extremo referido a la clasifi cación de zona arqueológica atribuida al monumento arqueológico prehispánico de Huantinamarca debiendo corresponderle la de sitio arqueológico. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral Nacional Nº 1148/INC de fecha 20 de julio de 2006, mediante la cual se aprobó el expediente técnico (plano, memoria descriptiva y fi cha técnica) del sitio arqueológico Huantinamarca, en los datums PSAD 56 y WGS 84. Artículo 3º.- Aprobar el nuevo expediente técnico (plano perimétrico y topográfi co, memoria descriptiva y fi cha técnica) del sitio arqueológico Huantinamarca, ubicado en el distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima, de acuerdo al plano, área y perímetro que a continuación se consignan: Nombre del sitio arqueológico Nº de Plano en Datum WGS84 Área (m2) Perímetro (m) Huantinamarca 01 3651.59 241.78 Artículo 4º.- Encargar a la Dirección de Arqueología del Ministerio de Cultura, la inscripción en los registros públicos de la rectifi cación de área del sitio arqueológico Huantinamarca, de acuerdo a la redelimitación grafi cada en el plano señalado en el Artículo 2º de la presente resolución. Artículo 5º.- Establecer que cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del monumento arqueológico prehispánico declarado patrimonio cultural de la Nación, deberá contar con la aprobación previa del órgano competente del Ministerio de Cultura. Artículo 6º.- Remitir copia fedateada de la presente resolución a la empresa San José Perú S.A.C., a COFOPRI, a la Municipalidad distrital de San Miguel y a la Municipalidad Metropolitana de Lima, asimismo a las autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BERNARDO ROCA-REY MIRO-QUESADA Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales 671113-1 REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL