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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2011 (29/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de julio de 2011 447684 Vistos: La Nota de Elevación Nº 188-2011-MTC/20 sobre aprobación de cinco (05) valuaciones comerciales de predios afectados por el Derecho de Vía y el Área de Concesión de la Vía de Evitamiento de Azángaro, correspondiente al Tramo Nº 5 del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27628, Ley que Facilita la Ejecución de Obras Públicas Viales, establece que la adquisición de inmuebles afectados por trazos en vías públicas se realizará por trato directo entre la entidad ejecutora y los propietarios, o conforme al procedimiento establecido en la Ley General de Expropiaciones; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la citada Ley Nº 27628, el valor de tasación para la adquisición de inmuebles por trato directo afectados por trazos en vías públicas será fi jado por el Consejo Nacional de Tasaciones -CONATA-, sobre la base del valor comercial actualizado de los mismos, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y el precio que se pagará por todo concepto a los propietarios vía trato directo será el monto del valor comercial actualizado de los mismos, más un porcentaje del 10% de dicho valor; Que, por Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, se fusionó el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; mientras que por la Resolución Ministerial Nº 010-2007-VIVIENDA, se dispuso que la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo establecido en la Ley Nº 23337 y en el Decreto Supremo Nº 025-2006-VIVIENDA, es el órgano responsable de llevar a cabo las tasaciones de inmuebles que le soliciten las entidades y empresas públicas, que por su naturaleza no pueden ser ejecutados por privados; Que, el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional, en adelante PROVIAS NACIONAL y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a través de la Dirección Nacional de Construcción, en adelante DNC, suscribieron el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional Nº 037- 2009-MTC/20, con el objeto de establecer los mecanismos y procedimientos generales que faciliten la mutua colaboración y la suma de esfuerzos institucionales en benefi cio del desarrollo nacional, en aplicación de lo dispuesto en las Leyes Nos. 27117- Ley General de Expropiaciones y 27628 - Ley que facilita la ejecución de obras públicas viales; con la fi nalidad de que la DNC efectúe la valuación comercial de los predios afectados por la ejecución de obras públicas realizadas por PROVIAS NACIONAL, así como los ejecutados por los Contratos de Concesión de los Proyectos de Infraestructura de Transporte que comprenden la Red Vial Nacional, otorgados o a ser otorgados al Sector privado bajo concesión o cualquier otra forma contractual que involucre una relación contractual de mediano a largo plazo; Que, la Cláusula Sexta del citado Convenio Marco, dispone que para todos los servicios cuyos costos sean menores a tres (03) UIT, no se requerirá de la suscripción de un Convenio Específi co, lo cual deberá ser solicitado y aceptado mediante Ofi cios; Que, mediante Ofi cio Nº 1439-2010-MTC/20.6, PROVIAS NACIONAL, solicitó a la DNC, las valuaciones correspondientes a siete (07) predios afectados por el Derecho de Vía y el Área de Concesión por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 5, localizados en el distrito y provincia de Azángaro, departamento de Puno; y, mediante Ofi cio Nº 055-2011/VIVIENDA-VMCS-DNC, la Dirección Nacional de Construcción remitió a PROVIAS NACIONAL los informes técnicos respectivos; Que, con Memoranda Nºs. 3248 y 3528-2011- MTC/20.6, el Gerente de la Unidad Gerencial de Estudios de PROVIAS NACIONAL solicita a la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL la prosecución del trámite correspondiente para la aprobación de cinco (05) valuaciones comerciales, acompañando como sustento el Informe Nº 23-011-Abog.TCAP, elaborado por el abogado a cargo del servicio de monitoreo de predios afectados por la construcción del Corredor Vial Interoceánico del Sur Perú - Brasil, Tramo 5, en el que se manifi esta que de la revisión efectuada a los informes técnicos remitidos por la DNC mediante el citado Ofi cio Nº 055-2011/VIVIENDA-VMCS- DNC, corresponde continuar con el trámite de aprobación de cinco (05) expedientes valuatorios de los predios que han sido afectados por el Derecho de Vía y el Área de Concesión por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 5, ubicados en el distrito y provincia de Azángaro, departamento de Puno; Que, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal de PROVIAS NACIONAL con Informe Nº 00588-2011- MTC/20.3, considera procedente efectuar el trámite para la aprobación de las tasaciones de los cinco (05) predios mencionados en los considerandos precedentes; Que, con la Nota de Vistos, el Director Ejecutivo de PROVIAS NACIONAL, solicita se apruebe la tasación de los cinco (05) predios afectados por el Derecho Vía y el Área de Concesión de la Vía de Evitamiento de Azángaro, correspondiente al Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 5; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27628 y 29370; así como por el Decreto Supremo Nº 021- 2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar las tasaciones elaboradas por la Dirección Nacional de Construcción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento correspondiente a cinco (05) predios afectados por el Derecho de Vía y el Área de Concesión por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 5, ubicados en el distrito y provincia de Azángaro, departamento de Puno, conforme al detalle que se señala en el Anexo adjunto que forma parte de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO PREDIOS AFECTADOS POR EL DERECHO DE VÍA Y EL AREA DE CONCESIÓN POR LA CONSTRUCCIÓN DE LA VÍA DE EVITAMIENTO DE AZÁNGARO DEL PROYECTO CORREDOR VIAL INTEROCEANICO DEL SUR, PERU - BRASIL, TRAMO 5, UBICADOS EN EL DISTRITO Y PROVINCIA DE AZÁNGARO, DEPARTAMENTO DE PUNO Nº Código de Predio Valor Comercial ($) 1 POO2A-II 801,84 2 POO4A-II 7 351,14 3 POO5A-II 162,16 4 POO6A-II 1 867,98 5 POO7A-II 3 099,00 671123-1 Otorgan concesión a ERS “ÉXITO” AM & FM S.R.L. para prestar servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 532-2011-MTC/03 Lima, 25 de julio de 2011 VISTA, la solicitud presentada con Expediente Nº 2011- 015557, por la empresa ERS “ÉXITO” AM & FM S.R.L. sobre otorgamiento de concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones, en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, será el servicio a prestar inicialmente; CONSIDERANDO: Que, el inciso 3) del artículo 75º del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por