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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JULIO DEL AÑO 2011 (29/07/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 19

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de julio de 2011 447683 emisión del Memorando Nº 2435-2011-PRODUCE/DGEPP, de fecha 16 de junio de 2011, la ingeniera María Magdalena Amaya Pingo viene desempeñando las funciones efectivas de Directora de Consumo Humano Indirecto; por lo que solicita se efectúe la formalización de dicha encargatura; Que, con el Memorando Nº 2985-2011-PRODUCE/ DGEPP, la citada Dirección señala que dicha encargatura no lesiona derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros; Que, por lo expuesto resulta necesario encargar las funciones de la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, con efectividad al 16 de junio de 2011; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 194-2009- PRODUCE, modifi cada con Resolución Ministerial Nº 112- 2010-PRODUCE se delegó en la persona del Secretario General del Ministerio de la Producción, la facultad de encargar los cargos de confi anza de jerarquía menor al rango de Directores Generales al personal nombrado, en tanto el Despacho Ministerial no realice la designación del personal que ocupará dichos cargos; Con el visado del Despacho Viceministerial de Pesquería y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y, el Decreto Supremo Nº 010-2006- PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar con efi cacia anticipada al 16 de junio de 2011, a la señora MARÍA MAGDALENA AMAYA PINGO, servidora nombrada con nivel SPA, en el cargo de Ingeniero IV, de la Dirección de Consumo Humano; las funciones de Directora de la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, en tanto se designe a su titular. Artículo 2º.- Publicar la presente Resolución Secretarial en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional del Ministerio de la Producción (www.produce.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. SAMUEL TORRES BENAVIDES Secretario General 671072-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Disponen publicación de Proyecto de Directiva “Reductores de Velocidad Tipo Resalto para el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC)” en la página web del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 526-2011-MTC/02 Lima, 20 de julio de 2011 CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con el numeral 2 del artículo 5 de la Ley Nº 29370 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es función rectora de este Ministerio dictar normas y lineamientos técnicos en materias de su competencia; Que, de conformidad con el artículo 58 del Reglamento de Organización y Funciones-ROF del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, tiene, entre otras funciones, la de proponer y/o aprobar normas de carácter técnico y/o administrativo relacionadas con la gestión de infraestructura vial y velar por su cumplimiento. Asimismo, de acuerdo al artículo 60 del mismo Reglamento, la Dirección de Normatividad Vial es la Unidad Orgánica de la citada Dirección General, encargada de la formulación de las mencionadas normas técnicas y administrativas y de su actualización; Que, el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial, aprobado por Decreto Supremo Nº 034- 2008-MTC, señala en su artículo 17, que los instrumentos de gestión de la infraestructura vial están constituidos por las leyes, reglamentos, manuales, directivas y otros; Que, en tal virtud, la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con Memorándum Nº 1876-2011- MTC/14, remite el Informe Nº 067-2011-MTC/14.04 de la Dirección de Normatividad Vial de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles, con el que presenta el proyecto de Directiva “Reductores de Velocidad Tipo Resalto para el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC)”, recomendando la prepublicación correspondiente; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, señala en su artículo 14 que las entidades públicas deben disponer la publicación de los proyectos normas de carácter general que sean de su competencia, en el Diario Ofi cial El Peruano, en su Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor a treinta (30) días, a la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, debiendo permitir que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, la Directiva Nº 003-2008-MTC/01 aprobada por la Resolución Ministerial Nº 191-2008-MTC/01, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01, establece el procedimiento para realizar la prepublicación de normas legales a ser emitidas por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS y en la Directiva Nº 003- 2008-MTC/01 aprobada por la Resolución Ministerial Nº 191-2008-MTC/01, modifi cada por la Resolución Ministerial Nº 342-2008-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la publicación del proyecto de Directiva “Reductores de Velocidad Tipo Resalto para el Sistema Nacional de Carreteras (SINAC)”, así como su exposición de motivos y la descripción de los temas que involucra, en la Página Web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, www.mintc.gob.pe., con el objeto de recibir las sugerencias y comentarios de la ciudadanía en general, en un plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir de la publicación de la presente Resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles la recepción, procesamiento, sistematización y atención de los comentarios que se presenten al proyecto referido en el artículo anterior. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 671127-1 Aprueban tasaciones de predios afectados por Derecho de Vía y Área de Concesión por la construcción de la Vía de Evitamiento de Azángaro del Proyecto Corredor Vial Interoceánico del Sur, Perú - Brasil, Tramo 5, ubicados en el departamento de Puno RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 529-2011-MTC/02 Lima, 22 de julio de 2011