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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 12 de junio de 2011 444588 Que, por las consideraciones expuestas resulta conveniente presentar el Consolidado de mejoras efectuadas por las entidades públicas de todos los niveles de gobierno; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118° de la Constitución Política y artículo 4° e inciso 3 del artículo 11° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Consolidado de Mejoras en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad efectuadas por las entidades públicas de todos los niveles de gobierno durante todo el año 2010 Apruébese el Consolidado de Mejoras en los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad efectuadas por los entidades públicas de todos los niveles de gobierno durante todo el año 2010, en concordancia con la Política Nacional de Simplifi cación Administrativa y el Plan Nacional de Simplifi cación Administrativa, el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución, totalizando 4815 mejoras traducidas en la simplifi cación de 3424 procedimientos administrativos, con el detalle de las siguientes mejoras realizadas: - 1588 reducciones de costos en procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. - 1086 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad eliminados. - 1387 requisitos eliminados en 729 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad. - 534 procedimientos y servicios prestados en exclusividad con reducción en sus plazos de atención. - 220 procedimientos y servicios prestados en exclusividad con mejora en su califi cación Artículo 2.- Publicación Publíquese la presente Resolución Suprema en el Diario Ofi cial El Peruano, y su Anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe). Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 652228-2 Crean Comisión Multisectorial encargada de evaluar la sostenibilidad del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 153-2011-PCM Lima, 11 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, la Cuadragésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, dispuso que, para la ejecución del Componente I - Obra Pública del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, declarado de necesidad y utilidad pública mediante la Ley Nº 29193, durante el año fi scal 2011, se puede destinar los recursos necesarios para promover su ejecución, con cargo a los mayores ingresos que se autoricen en el presupuesto del Sector Público; Que, además, la Septuagésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 29289, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009, autorizó se incluyan recursos en el Presupuesto General de la República con el objeto de asegurar el fl ujo futuro para la ejecución del Componente I - Obra Pública del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura declarado de necesidad y utilidad pública mediante Ley Nº 29193; dejando sin efecto el Decreto Supremo Nº 059-2007-EF que conformó la Comisión Multisectorial y el informe de la citada Comisión Multisectorial, indicando, a su vez, que dicha autorización de recursos estaba supeditada a la aprobación del respectivo expediente técnico; Que, por otro lado, mediante el Decreto Supremo Nº 055-2007-EF se exceptuó al Proyecto de Inversión Pública, denominado Mejoramiento de Riego y Generación Hidroenergética del Alto Piura, componente: Construcción de la Presa Derivadora Tronera Sur y el Túnel de Trasvase, del cumplimiento del Estudio de Factibilidad de la fase de preinversión del Ciclo del Proyecto a que se refi ere la Ley Nº 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, incluida la declaración de viabilidad; Que, es necesario evaluar la sostenibilidad del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura, así como determinar el esquema técnico, económico y contractual más efi ciente y de mayor impacto social; Que, el numeral 2 del artículo 36º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal, se crean con fi nes específi cos para cumplir funciones de fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, formalizándose dicha creación mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, por lo expuesto, resulta necesario conformar una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de evaluar la sostenibilidad del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura y proponga el esquema técnico y económico más efi ciente y de mayor impacto social resguardando el uso de los recursos públicos y los compromisos asumidos por el Estado; De conformidad con lo establecido por el artículo 35º y el numeral 2 del artículo 36º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Creación de la Comisión Créase la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de evaluar la sostenibilidad del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura y proponga el esquema técnico y económico más efi ciente y de mayor impacto social resguardando el uso de los recursos públicos y los compromisos asumidos por el Estado. Dicha Comisión depende funcionalmente del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 2º.- Funciones de la Comisión La Comisión Multisectorial tiene las siguientes funciones: a) Analizar los estudios técnicos y fi nancieros existentes, sobre el Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura. b) Realizar los estudios que evalúen la sostenibilidad del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura. c) Proponer, dentro del plazo establecido, el esquema técnico, económico y contractual más efi ciente y de mayor impacto social resguardando el uso de los recursos públicos y los compromisos asumidos por el Estado. d) Proponer de ser el caso, los proyectos de normas y esquemas contractuales que correspondan para que se puedan llevar a cabo las recomendaciones elaboradas por dicha Comisión. Artículo 3º.- Conformación de la Comisión 3.1 La Comisión Multisectorial está conformada por los siguientes integrantes: - Un representante del Ministro de Economía y Finanzas, quien lo presidirá. - Un representante del Ministro de Agricultura. - Un representante de la Autoridad Nacional del Agua. - Un representante de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN. - Un representante del Proyecto Especial de Irrigación e Hidroenergético del Alto Piura. - Un representante del Gobierno Regional del departamento de Piura. - Un representante de la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas. - Un representante de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. 3.2 La Comisión podrá invitar a participar en sus sesiones a representantes de las entidades que, de acuerdo a sus