Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2011 (17/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 121

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444881

Que, a traves del Memorando Nº 390-2011-GF-MSS de fecha 8.6.2011, la Gerencia de Finanzas remite para opinion legal la propuesta de actualizacion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE, el mismo que se encuentra acompanado de los informes emitidos por las areas encargadas de la prestacion de servicios contenidos en dicho cuerpo normativo asi como la evaluacion efectuada por la consultoria respectiva que se encargo de la identificacion del servicio, el estudio de MORDAZA o costeo en base a la informacion proporcionada por la Gerencia de Desarrollo Humano y Proyeccion Social, MORDAZA y Seguridad Ciudadana y Secretaria General, las cuales a su vez dan conformidad a la propuesta remitida a la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, el articulo 8º del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, denominado - APLICACION DE LEYES GENERALES Y POLITICAS Y PLANES NACIONALES, senala: "Los Gobiernos locales estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general, y de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los servicios y bienes publicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones especificas municipales se cumplen en MORDAZA con las politicas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo"; Que, el articulo 195º de la Constitucion Politica del Estado, senala: Las Municipalidades tienen competencia para: 1) Aprobar su organizacion interna y presupuesto, 2) Administrar sus bienes y sus rentas, 3) Crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, 4) Organizar, reglamentar y administrar los servicios publicos locales de su responsabilidad, 5) Planificar el desarrollo MORDAZA y rural de sus circunscripciones y ejecutar los planes y programas correspondientes, 6) Participar en la gestion de las actividades y servicios inherentes al Estado, conforme a la Ley, y 7) Los demas que determine la ley, corroborado con el articulo 193º de la misma Carta Constitucional que senala : Son bienes y rentas de las Municipalidades, .......1) Los bienes e ingresos propios.....3) Las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia, creados por su Concejo; Que, el articulo 37º de la Ley 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, senala: "Para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad,

las entidades a traves de resolucion del Titular del Pliego, estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan de ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento, pudiendo establecerse en el mismo el otorgamiento de beneficios a los adultos mayores y vecinos comprendidos en el programa del Vecino Surcano Preferente, conforme a las caracteristicas de cada servicio"; Que, siendo el Tarifario de Servicios un documento recopilador que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad y estando a la propuesta presentada por la Gerencia de Finanzas a traves de la cual se propone aprobar el texto actualizado del TUSNE, es pertinente proceder a su aprobacion con las formalidades legales que le conciernen; En atencion a las atribuciones senaladas por el articulo 20º inciso 6) de la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972 y conforme a lo senalado en el Informe Nº 5902011-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Servicios No Exclusivos ­ TUSNE de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. MORDAZA que entra en vigencia, el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. La publicacion del Anexo de la presente Resolucion sera publicada en el MORDAZA electronico www.munisurco.gob.pe, de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, en la misma fecha de la publicacion oficial, para su debida difusion, conforme lo dispone el Art. 9º del D.S Nº 001-2009-JUS. Articulo Tercero.- DEROGAR la Resolucion Nº 4442009-RASS y sus modificatorias. Articulo Cuarto.- ENCARGUESE el cumplimiento de la presente resolucion a la Gerencia de Administracion, Gerencia de Finanzas y Gerencia de Sistemas y Procesos. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 654205-1

PROYECTO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION PRIVADA EN TELECOMUNICACIONES Proyecto de Resolucion mediante el cual se dispone que las empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones presenten sus Ofertas Basicas de Interconexion
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 086-2011-CD/OSIPTEL MORDAZA, 13 de junio de 2011. MATERIA Proyecto de Resolucion mediante el cual se dispone que las empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones presenten Ofertas Basicas de Interconexion VISTO: (i) El Proyecto de Resolucion y su Exposicion de Motivos, presentado por la Gerencia General, que dispone la publicacion para comentarios del Proyecto de Resolucion mediante el cual se dispone que las empresas operadoras de servicios publicos de telecomunicaciones presenten Ofertas Basicas de Interconexion, y; (ii) El Informe Nº 347-GPRC/2011 que recomienda publicar para comentarios el Proyecto de Resolucion al que se refiere el numeral precedente, con la conformidad de la Gerencia de Asesoria Legal; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 3º de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en Servicios Publicos, Ley 27332 y modificada por Ley 27631, el Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) tiene, entre otras, la funcion normativa que comprende la facultad de dictar, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, otras de caracter general y mandatos u otras

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