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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 17 de junio de 2011 444880 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA VISTO: El Informe Nº 002-2011-CE/MDPH, de fecha 2 de junio de 2011 de la Comisión Especial del Proceso de Concurso Público de Méritos Nº 002-2011-MDPH, para designar a un Auxiliar Coactivo. CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, emanados de la voluntad popular, con personería jurídica de derecho público, goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; conforme a lo establecido en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el artículo 194º de la Constitución Política del Estado. Que, la Municipalidades podrán ejercitar su capacidad sancionadora prevista en los Artículos 46º, 49º y 93º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades , así como las exigencias de carácter tributarias previstas en el Artículo II del Título Preliminar del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF; Que, conforme a lo establecido en el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece la designación del Auxiliar y Auxiliar Coactivo, se efectuará mediante Concurso Público de Méritos e ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan, ejerciendo sus cargos conforme a las disposiciones de la citada Ley; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 422-2011- MDPH de fecha 26 de mayo de 2011, se designó la Comisión Especial encargada de efectuar el proceso de Concurso Público de Méritos para la Designación del cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, conforme a las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS; así como por las disposiciones contenidas en la Resolución de Alcaldía Nº 423-2011-MDPH de fecha 27.04.2011, que Aprueba la Convocatoria y Bases del Concurso Público de Méritos; Que, habiéndose cumplido lo establecido con las Bases del Concurso Público de Méritos Nº 002-2011- MDPH, y lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley de Procedimientos de Cobranza Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018- 2008-JUS, y en uso de las atribuciones conferidas por el numeral 6 del Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al señor PEDRO DAVID LEIVA DUEÑAS, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, por el plazo de un (01) año calendario contado desde la fecha desde la presente resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Secretaría General, Jefatura de Rentas, Ofi cina de Personal y demás Unidades Orgánicas en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTERO Alcalde 653490-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Modifican la Ordenanza N° 00067/MDSA ORDENANZA Nº 00069/MDSA Santa Anita, 30 de mayo de 2011 VISTO: En sesión ordinaria de la fecha que se indica, el punto referido a la modifi cación de la Sétima Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 00014/MDSA, modifi cado con Ordenanza Nº 00067/MDSA, propuesto por la Gerencia de Obras y Desarrollo Urbano. CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú reconoce en su Artículo 194º la autonomía Política, Económica y Administrativa de los Gobiernos Locales. Que, mediante Ordenanza Nº 00067/MDSA se modifi ca la Sétima Disposición Complementaria de la Ordenanza Nº 00014/MDSA, que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros y carga de vehículos menores en el distrito de Santa Anita. Que, con Informe Nº 110-2011-AT-SGOPT-GODU/ MDSA, la Jefatura de Transportes solicita que se modifi que dicha norma, de acuerdo al estudio efectuado en coordinación con las personas jurídicas que vienen prestando el servicio. Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto con los numerales 8) y 9) del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de las Municipalidades, el Concejo Municipal, por unanimidad, aprueba la siguiente ORDENANZA: Artículo Único.- MODIFÍQUESE la Sétima Disposición Complementaria señalada en la Ordenanza Nº 00067/MDSA, quedando redactado de la siguiente manera: “Queda suspendido defi nitivamente el otorgamiento del permiso de operaciones, certifi cado de operación y credencial de conductor, a las personas jurídicas para prestar el servicio de transporte público en vehículos menores. Exceptúese de esta norma los procedimientos iniciados hasta octubre del 2010, debiendo cumplir con los requisitos establecidos en el TUPA vigente, así mismo con las disposiciones establecidas por el Área de Transporte y las capacitaciones programadas por esta Entidad”. Regístrese, publíquese y cúmplase LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 654224-1 MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO Aprueban el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la municipalidad RESOLUCIÓN Nº 611-2011-RASS Santiago de Surco, 16 de junio de 2011 EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTO: El Informe Nº 590-2011-GAJ-MSS de fecha 14.06.11, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando Nº 390-2011-GF-MSS del 08.06.11 de la Gerencia de Finanzas, sobre propuesta de actualización del Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 444-2009-RASS de fecha 10.9.2009, esta Corporación aprobó el Tarifario de Servicios de la Municipalidad de Santiago de Surco, norma que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, calculados luego de la evaluación de diferentes criterios para determinar los consumos de recursos que cada prestación requiere y la realización de la investigación de mercado correspondiente;