Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2011 (19/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444967

PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 29714
EL PRESIDENTE DEL CONGRESO DE LA REPUBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 029-2011 AUTORIZAN TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN EL PRESUPUESTO DEL SECTOR PUBLICO PARA EL ANO FISCAL 2011, A FAVOR DE DIEZ (10) GOBIERNOS REGIONALES Y ONCE (11) GOBIERNOS LOCALES, PARA EL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE INVERSION Y FORTALECIMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DE ESTABLECIMIENTOS DE SALUD
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA: CONSIDERANDO: Que, el articulo 9º de la Constitucion Politica del Peru establece que el Estado determina la politica nacional de salud, disponiendo a su vez que el Poder Ejecutivo MORDAZA y supervisa su aplicacion, es responsable de su diseno y conduccion en forma plural y descentralizada, competencias que son asumidas por el Ministerio de Salud en representacion de dicho Poder, para lo cual asume un rol de rectoria del Sistema Nacional de Salud, articulando recursos y actores publicos y privados, intra e intersectoriales, en el MORDAZA de articulo 3° literal d) de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; Que, en virtud de lo dispuesto por el articulo 2º de la Ley Nº 27657, el Ministerio de Salud es el ente rector del Sector que conduce, regula y promueve la intervencion del Sistema Nacional de Salud, con la finalidad de lograr el desarrollo de la persona humana, a traves de la promocion, proteccion, recuperacion y rehabilitacion de su salud y del desarrollo de un entorno saludable, con pleno respeto de los derechos fundamentales de la persona; Que, mediante la Ley N° 29344 se aprueba la Ley MORDAZA de Aseguramiento Universal en Salud, que garantiza el derecho pleno y progresivo de toda persona al aseguramiento en salud y MORDAZA el acceso y las funciones de regulacion, financiamiento, prestacion y supervision del aseguramiento, a fin de lograr que toda la poblacion residente en el territorio peruano cuente con un seguro de salud, que le permita acceder a un conjunto de prestaciones de salud de caracter preventivo, promocional, recuperativo y de rehabilitacion, en condiciones adecuadas de eficiencia, equidad, oportunidad, calidad y dignidad; Que, en el MORDAZA del MORDAZA de implementacion del Aseguramiento Universal en Salud, el Ministerio de Salud brindo asistencia tecnica a las Direcciones Regionales de Salud, ubicadas en los Departamentos de MORDAZA, Huancavelica, La MORDAZA, MORDAZA San MORDAZA y MORDAZA, para la formulacion de Proyectos de Inversion Publica en Salud orientados al cierre de brechas en la oferta de servicios, especialmente en aquellos lugares cuyo acceso geografico no permite una referencia oportuna, senaladose la necesidad de financiamiento; Que, mediante Informe Nº 037-2011-OGPP-OPI/ MINSA, la Oficina de Proyectos de Inversion del Ministerio de Salud, comunica haber recibido diversos requerimientos presupuestales para financiar: la ejecucion de proyectos de inversion a cargo de los Gobiernos Regionales de San MORDAZA, de MORDAZA y de la Municipalidad Distrital de Checacupe; la reposicion de equipos de establecimientos de salud a cargo de los Gobiernos Regionales de MORDAZA, Amazonas, MORDAZA, Huancavelica, La MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA, San MORDAZA y Loreto; la ejecucion de proyectos de MORDAZA de espera maternas a cargo de las Municipalidades Provinciales de Huanta, Andahuaylas y Parinacochas ­ Coracora, asi como las Municipalidades Distritales de Huancaray, San MORDAZA, Talavera, Ocobamba, Huaccana, Andarapa, MORDAZA MORDAZA ­ La Mar;

LEY QUE PRORROGA LA VIGENCIA DE LA LEY 29351, LEY QUE REDUCE COSTOS LABORALES A LOS AGUINALDOS Y GRATIFICACIONES POR MORDAZA PATRIAS Y NAVIDAD, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2014
Articulo unico. Modificacion del articulo 4 de la Ley 29351, Ley que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por MORDAZA Patrias y Navidad Modificase el articulo 4 de la Ley 29351, Ley que reduce costos laborales a los aguinaldos y gratificaciones por MORDAZA Patrias y Navidad, en los terminos siguientes: "Articulo 4. Vigencia La presente Ley entra en vigencia el dia siguiente de su publicacion en el diario oficial El Peruano y rige hasta el 31 de diciembre de 2014. Incluyense dentro de este beneficio a los jubilados y pensionistas." Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por el senor Presidente de la Republica, en cumplimiento de los articulos 108 de la Constitucion Politica del Peru y 80 del Reglamento del Congreso, ordeno que se publique y cumpla. En MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de junio de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE HORNUNG MORDAZA Vicepresidenta del Congreso de la Republica

655237-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.