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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (19/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 19 de junio de 2011 444976 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.0 Reserva de Contingencia 2 000 000,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 000 000,00 ========== A LA: En Nuevos Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 547 : U.N. DE CAÑETE UNIDAD EJECUTORA 001 : UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE FUNCION 22 : Educación PROGRAMA FUNCIONAL 006 : Gestión SUBPROGRAMA FUNCIONAL 0008 : Asesoramiento y Apoyo ACTIVIDAD 000267 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTOS CORRIENTES 2.3 Bienes y Servicios 1 800 000,00 GASTOS DE CAPITAL 2.6 Adquisición de Activos No Financieros 200 000,00 ------------------ TOTAL EGRESOS 2 000 000,00 =========== Artículo 2°.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del Pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas, aprueba mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado, solicitará a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. 2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el Pliego involucrado instruirá a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3°.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1° del presente Decreto Supremo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de junio del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 655237-5 Autorizan viaje de funcionario del Banco de la Nación a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 035-2011-EF Lima, 18 de junio de 2011 Vista, la Carta EF/92.2000 N° 100-2011 del Banco de la Nación, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, el Directorio del Banco de la Nación en Sesión N° 1859 de fecha 09 de junio de 2011, autorizó el viaje del señor Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, funcionario del mencionado Banco, para que se apersone e intervenga en la audiencia judicial a realizarse en Livorno, República Italiana, en el proceso judicial iniciado por la empresa Whitehead Alenia Sistemi Subaquei S.p.A (WASS) a realizarse el 23 de junio de 2011; Que, el viaje, entre otros, tiene por finalidad que el citado funcionario en el ejercicio de la representación procesal que el Directorio le ha conferido comparezca ante los Juzgados de Livorno, República Italiana, a fin de apersonarse a las dos audiencias programadas el día 23 de junio de 2011 de constitución de las partes y admisión de pruebas en el trámite de las excepciones propuestas por el Banco de la Nación, en especial las de incompetencia, en el proceso de mérito (conocimiento) iniciado por WASS contra Ministerio de Defensa - Banco de la Nación (pretensión pago de daños y perjuicios por €. 50 491 952,80) y en proceso ingiuntivo (ejecutivo) pretensión cobranza de 10 pagarés con vencimiento al 15 de junio 2009 por €. 4 370 357,76, más intereses, costos y costas, para lo cual en los días previos, 21 y 22 de junio de 2011 gestione y acuerde la asesoría y defensa legal necesarias; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con cargo al presupuesto del Banco de la Nación; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N° 27619 y N° 29626, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo N° 263-2010-EF y la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de las Entidades bajo el ámbito de FONAFE modifi cada por Acuerdo de Directorio N° 003- 2006/011-FONAFE; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Rodrigo Teobaldo Zapata Seminario, funcionario del Banco de Nación, a la ciudad de Livorno, República Italiana del 20 al 25 de junio de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo a los recursos del presupuesto del Banco de la Nación de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos (TUUA) US$ 1 909,71 Pasajes en tren US$ 201,60 Viáticos US$ 1 300,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje el referido funcionario deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Artículo 5°- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 655237-8