Norma Legal Oficial del día 19 de junio del año 2011 (19/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 19 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

444981

administrativos, sujetos a silencio administrativo positivo, se consideraran automaticamente aprobados si, vencido el plazo establecido o MORDAZA, la entidad no hubiera emitido el pronunciamiento correspondiente, no siendo necesario expedirse pronunciamiento o documento alguno para que la administrada pueda hacer efectivo su derecho, bajo responsabilidad del funcionario o servidor publico que lo requiera. En tal sentido, al no haber emitido este Ministerio el debido pronunciamiento respecto de la solicitud de renovacion de autorizacion, ello genera que dicha solicitud presentada con escrito de registro Nº 2008-022490 el 30 de MORDAZA de 2008, se considere automaticamente aprobada en los terminos solicitados a partir del 12 de MORDAZA de 2010; Que, segun el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias en la banda de UHF para las localidades correspondientes al departamento de MORDAZA, aprobado con Resolucion Viceministerial Nº 182-2004-MTC/03, ratificada con Resolucion Viceministerial Nº 746-2008MTC/03 y modificado con Resoluciones Viceministeriales Nº 265-2010-MTC/03 y Nº482-2010-MTC/03, se observa que dentro de la localidad denominada MORDAZA, se incluye al distrito de Chorrillos, provincia y departamento de MORDAZA, ubicacion consignada en la Resolucion Directoral Nº 00212008-MTC/28; Que, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 3948-2010MTC/28, opina que, en virtud al silencio administrativo positivo, ha quedado aprobada la solicitud de renovacion de autorizacion otorgada a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., por Resolucion Viceministerial Nº 1084-2007-MTC/03, considerando que debe expedirse la resolucion respectiva en donde se incluya el plazo de su vigencia; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 3582003-MTC/03 y sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC modificado por Decreto Supremo Nº 0382006-MTC y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar aprobada al 12 de MORDAZA de 2010, la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 1084-2007-MTC/03, a la empresa TELEVISION NACIONAL PERUANA S.A.C., para que continue prestando el servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en la localidad de MORDAZA, departamento de Lima. Articulo 2º.- La renovacion de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente, se otorga por el plazo de diez (10) anos, contados a partir del vencimiento del plazo de vigencia de la Resolucion Viceministerial Nº 1084-2007MTC/03, en consecuencia, vencera el 27 de agosto de 2018. Articulo 3º.- La titular de la presente autorizacion esta obligada al cumplimiento de las obligaciones derivadas del Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, para lo cual debera adoptar las acciones tendientes a garantizar que las radiaciones que emita su estacion radioelectrica no excedan los valores establecidos como limites maximos permisibles fijados, asi como a efectuar las mediciones anuales a las que hace referencia dicha norma. Articulo 4º.- Dentro de los sesenta (60) dias de notificada la presente Resolucion, la titular de la autorizacion efectuara el pago correspondiente al derecho de autorizacion y canon anual. En caso de incumplimiento, el Ministerio expedira la resolucion que deje sin efecto la autorizacion respectiva, de conformidad con el articulo 71º del Reglamento de la Ley de Radio y Television. Articulo 5º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Comunicaciones

Declaran aprobada renovacion de autorizacion otorgada a la empresa Radio Difusion Stereo Excelencia E.I.R.L. para continuar prestando servicio de radiodifusion sonora comercial en FM en localidad del departamento de La MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 529-2011-MTC/03
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2011 VISTA, la Solicitud de Registro Nº 017522 de fecha 03 de febrero de 2010, presentada por la empresa RADIO DIFUSION STEREO EXCELENCIA E.I.R.L., sobre acogimiento a los beneficios del Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC con la finalidad de obtener renovacion de autorizacion de una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La Libertad; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Viceministerial Nº 073-98MTC/15.03 del 30 de MORDAZA de 1998, se otorgo a la empresa RADIO DIFUSION STEREO EXCELENCIA E.I.R.L. autorizacion por el plazo de diez (10) anos, que incluyo un periodo de instalacion y prueba de doce (12) meses, para prestar el servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La MORDAZA, con vigencia hasta el 19 de diciembre de 2006; Que, por Resolucion Viceministerial Nº 687-2008MTC/03 del 05 de noviembre de 2008, se declaro que habia quedado extinguida la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 073-98-MTC/15.03, a la empresa RADIO DIFUSION STEREO EXCELENCIA E.I.R.L., por no haber solicitado la renovacion dentro del plazo establecido en el articulo 2º de la resolucion autoritativa, para continuar operando una estacion del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Chepen, departamento de La Libertad; Que, con Resolucion Ministerial Nº 020-2009-MTC/03 del 12 de enero de 2009, notificada el 14 de enero de 2009, se declaro infundado el recurso de apelacion interpuesto por la empresa RADIO DIFUSION STEREO EXCELENCIA E.I.R.L., contra la Resolucion Viceministerial Nº 687-2008MTC/03; Que, con Memorandum Nº 3948-2009-MTC/07 del 01 de diciembre de 2009, el Procurador Publico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones informo que la empresa RADIO DIFUSION STEREO EXCELENCIA E.I.R.L. con Expediente Nº 48547-2009, ha interpuesto una demanda contenciosa administrativa solicitando la nulidad de la Resolucion Ministerial Nº 020-2009-MTC/03, seguido ante el Noveno Juzgado Contencioso Administrativo de Lima; Que, a traves del Escrito de Registro Nº 017522 de fecha 03 de febrero de 2010, la empresa RADIO DIFUSION STEREO EXCELENCIA E.I.R.L. solicito acogerse a los beneficios del Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC, a efectos que se le conceda la renovacion de la autorizacion otorgada por Resolucion Viceministerial Nº 073-98MTC/15.03. Asimismo, adjunta un escrito dirigido al Noveno Juzgado Permanente Especializado en lo Contencioso Administrativo de MORDAZA solicitando el desistimiento de la causa seguida ante el Poder Judicial; Que, el Decreto Supremo Nº 003-2010-MTC, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 17 de enero de 2010, en su Unica Disposicion Complementaria Final, establecio un plazo de sesenta (60) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la misma MORDAZA, para que los titulares de autorizacion cumplan con las condiciones dispuestas en el MORDAZA parrafo del articulo 68º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, senalando, ademas, que estan comprendidos dentro de los alcances de la citada Disposicion, aquellos titulares cuyas autorizaciones fueron declaradas extinguidas o dejadas sin efecto de pleno derecho por no solicitar expresamente renovacion, aun cuando habiendose agotado la via administrativa o habiendo quedado firmes, no hubiera transcurrido mas de dos (2) anos, desde la fecha que prescribio la facultad para declarar la nulidad en sede administrativa, siempre y

653966-1

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.