Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2011 (26/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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VISTOS:

NORMAS LEGALES
ORDENANZA:

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2011

El Dictamen N° 012-2011-CAJFCI/MDC, de la Comision de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional; sobre el PROYECTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, SUJETOS AL REGIMEN LABORAL REGULADO POR EL DECRETO LEGISLATIVO N° 276 Y SU REGLAMENTO APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 005-90PCM, elaborado por la Secretaria Tecnica de la Comision Especial designada mediante Resolucion de Alcaldia N° 105-2010-A/MDC; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º senala, que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura organica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les senala la ley. A su turno el art. 195º inc. 1 de la acotada MORDAZA constitucional, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: Aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo II el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 14 del articulo 20 de la Ley N° 27972, Organica de Municipalidades, prescribe que es atribucion del MORDAZA el proponer al Concejo Municipal, los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que MORDAZA necesarios para el gobierno y la administracion municipal. Indistintamente el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa; Que, la Comision Especial designada mediante Resolucion de Alcaldia N° 105-2010-A/MDC, a traves de su Secretario Tecnico da cuenta que el PROYECTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO SUJETOS AL REGIMEN LABORAL REGULADO POR EL D.LEG. N° 276 Y SU REGLAMENTO, APROBADO POR D.S. N° 005-90PCM, ha sido modificado en los terminos contenidos en el Informe N° 161-2010-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe N° 151-2011-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica, se senala que con las modificaciones efectuadas al proyecto del Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Carabayllo Sujetos al Regimen Laboral regulado por el D.Leg. N° 276 y su Reglamento, aprobado por D.S. N° 005-90-PCM, se han subsanado las observaciones efectuadas, consecuentemente ratificandose del Informe Legal emitido, opina que este instrumento de gestion debe someterse al pleno del Concejo; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente:

Articulo Primero.- Aprobar El REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DE LOS SERVIDORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO SUJETOS AL REGIMEN LABORAL REGULADO POR EL D.LEG. N° 276 Y SU REGLAMENTO, APROBADO POR D.S. N° 005-90-PCM (RIT), que consta de catorce (14) capitulos y ciento ocho (108) articulos y tres (03) disposiciones complementarias, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Derogar toda Ordenanza o MORDAZA Municipal que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Reglamento a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos. Registrese comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 657822-2

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES
Fijan pago por concepto de MORDAZA de Posesion
ACUERDO DE CONCEJO Nº 00035-2011-MDSJM San MORDAZA de Miraflores, 17 de junio de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 17 de junio de 2011, la Mocion de Orden del dia, de fecha 15 de junio de 2011, presentada por el Regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley 27972, otorga autonomia politica, economica y administrativa a las Municipalidades dentro de su Jurisdiccion, este dispositivo es concordante con el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru. Que, el Decreto Supremo Nº 017-2006-Vivienda, Articulo 31º senala que "Las empresas prestadoras de servicios publicos al merito del certificado o MORDAZA de posesion otorgaran la factibilidad de servicios a los titulares de dicho documento para lo cual presentara su solicitud acompanada de la MORDAZA certificada de posesion y plano simple de ubicacion del inmueble". Que, la Ley de Desarrollo y Complementaria de Formalizacion de la Propiedad Informal, Acceso al Suelo y Dotacion de Servicios Basicos, en su Titulo III: Facilidades para la prestacion de Servicios Basicos Articulos: 24º 25º 26º, referidos a la Formalizacion de la Propiedad Informal de terrenos ocupados por posesiones informales, centros urbanos informales y organizaciones populares establece la facultad de las municipalidades de otorgar certificados de posesion para que las posesiones informales pueda acceder a Servicios Basicos sin que ello constituya reconocimiento alguno que afecta el derecho de propiedad de su titular. Que, mediante la Mocion de Orden del Dia de fecha 15 de junio de 2011 los regidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA manifestaron que el otorgamiento de constancias de posesion permitira la obtencion de servicios basicos como luz, agua y desague

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