Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2011 (26/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 28

445388

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2011

12. Participar en el Comite Regional de Defensa Civil y sus Comisiones, asi como garantizar la operatividad permanente del Centro de Operaciones de Emergencia Regional ­ COER CALLAO. 13. Realizar simulacros y simulaciones en los centros laborales, educativos, comunales, publicos y privados de la jurisdiccion. 14. Coordinar y supervisar acciones tendientes a evitar el poblamiento en Zonas de Riesgo. 15. Coordinar con los Ministerios, Organismos Descentralizados, Instituciones y Empresas Publicas o Privadas, acciones del Sistema Regional de Defensa Civil a fin de superar situaciones de siniestro o riesgo. 16. Dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar las acciones orientadas a la prevencion de la violencia, promoviendo una cultura de paz, orden y seguridad. 17. Presentar actualmente la memoria de su gestion que resuma las principales actividades desarrolladas, ante la Gerencia Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil. 18. Implementar las recomendaciones derivadas de los informes de Acciones de control, emitidos por los Organos que conforman el Sistema Nacional de Control y Sociedades de Auditoria. 19. Realizar otras funciones de su competencia que le asigne la Gerencia Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil. Que, de conformidad al Articulo 13º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867, el Consejo Regional es el organo normativo y fiscalizador del gobierno regional. Le corresponden las funciones y atribuciones que se establecen en la presente Ley y aquellas que MORDAZA delegadas. Del mismo modo senala que el Articulo 15, Inc. a) que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar las normas que regulen o reglamenten los asuntos en materia de competencia y funciones del gobierno regional. Que, mediante Informe Nº 066­2011­GRC/SCR­CR, la Secretaria del Consejo Regional informa a la Presidenta de la Comision de Administracion, la modificacion de la Ordenanza Regional Nº 001 del 14 de Enero del 2008 que aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; Que, mediante Acuerdo del Consejo Regional Nº 000077 del 10 de Junio del 2011, se recomienda modificar la Ordenanza Regional Nº 001 del 14 de Enero del 2008, mediante el cual se aprueba el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao, y la modificacion de los Articulos 20º y 26º del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo establecido a la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, se ha aprobado la siguiente; ORDENANZA REGIONAL QUE MODIFICA EL REGLAMENTO INTERNO DEL CONSEJO REGIONAL DEL CALLAO Articulo Unico.- Modificar los Articulos 20 y 26 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao del Gobierno Regional del Callao, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 001 del 14 de Enero del 2008, debiendo quedar redactado de la siguiente manera: Articulo 20.CLASES DE COMISIONES ORDINARIAS Las Comisiones Ordinarias son siete, las mismas que se denominan: 1. Comision de Administracion Regional. 2. Comision de Desarrollo Economico. 3. Comision de Desarrollo Social. 4. Comision de Infraestructura. 5. Comision de Salud, Educacion y Cultura. 6. Comision de la Mujer. 7. Comision de Recursos Naturales, Defensa Nacional y Defensa Civil. Articulo 26.- COMISION DE RECURSOS NATURALES, DEFENSA NACIONAL Y DEFENSA CIVIL

Corresponde a la Comision de Recursos Naturales, Defensa Nacional y Defensa Civil, pronunciarse sobre los asuntos que deben ser resueltos por el Consejo Regional en las funciones especificas regionales relacionadas con las Areas Protegidas, Medio Ambiente, Defensa Nacional y Defensa Civil, asi como los proyectos afines a cada sector. Mando se registre, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente 657966-2

GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA
Denominan en la jurisdiccion del Gobierno Regional al periodo 2011 como "Ano Regional del Centenario del Nacimiento de MORDAZA MORDAZA Arguedas Altamirano"
ORDENANZA REGIONAL N° 001-2011-CR-RL EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 22 de febrero del 2011 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El Oficio Nº 009-2011-MAPGM­CRPH­CR-GRL, del senor Consejero Regional por la provincia de Huaura, quien solicita la denominacion del Ano Regional 2011 como "ANO REGIONAL DEL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS ALTAMIRANO". CONSIDERANDO: Que, el Articulo 192º inciso 10) de la Constitucion Politica del Estado, senala que los Gobiernos Regionales son competentes para; "ejercer las demas atribuciones inherentes a su funcion, conforme a ley". Que, el escritor y maestro MORDAZA MORDAZA Arguedas MORDAZA, nacio el 18 de enero de 1911 en Andahuaylas y fallecio en la MORDAZA de MORDAZA el 02 de diciembre de 1969, fue un escritor, antropologo y etnologo peruano, como escritor es autor de novelas y cuentos que lo han llevado a ser considerado como uno de los tres MORDAZA representantes de la corriente indigenista en el Peru, junto con MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Scorza. Introdujo en la literatura indigenista una vision interior mas rica e incisiva. La cuestion fundamental que se plantea en sus obras es la de un MORDAZA dividido en dos culturas (la MORDAZA de origen quechua y la MORDAZA de raices europeas), que deben integrarse en una relacion armonica de caracter mestizo. Los MORDAZA dilemas, MORDAZA y esperanzas que ese proyecto plantea son el nucleo de su vision. Mostro a los propios peruanos y al MORDAZA un MORDAZA de todas las sangres, de todas las culturas y de todas las patrias, vivio y aspiro la riqueza, creatividad y sabiduria de la Cultura MORDAZA, acompano su desarrollo hacia una interculturalidad necesaria, la sistematizo como cientifico social y maestro; y la universalizo con talento y genialidad, legado que debe estar impreso en la conciencia social, especialmente de la juventud y la ninez, valores sustanciales de nuestra peruanidad; Que, el articulo 191° de la Constitucion Politica del Estado, modificada por la Ley N°27680 de Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre la Descentralizacion, prescribe que los Gobiernos Regionales tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de sus

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.