Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2011 (26/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2011

NORMAS LEGALES
ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2011-CR-RL

445389

competencia, asimismo el articulo 9° de la Ley N° 27783 ­ Ley de Bases de Descentralizacion establece las dimensiones de las autonomias politicas, administrativas y economicas de los Gobiernos Regionales; Que, de conformidad con el literal a) del articulo 15° de la Ley N°27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, concordante con el literal a) del articulo 3° del Reglamento Interno del Consejo, son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el articulo 38° de la Ley N° 27867, Ley Organica de los Gobiernos Regionales, establece que las Ordenanzas Regionales MORDAZA asuntos de caracter general, la organizacion y la administracion del Gobierno Regional y reglamentan materias de sus competencia. Que, en Sesion Extraordinaria del Consejo Regional de MORDAZA, de fecha 22 de febrero de 2011, se vio en la Estacion de Orden del Dia, el oficio Nº 009-2011-MAPGM­CRPH­ CR-GRL, del senor Consejero Regional por la provincia de Huaura, en el que se solicita la denominacion del Ano Regional 2011 como "Ano Regional del Centenario del Nacimiento de MORDAZA MORDAZA Arguedas Altamirano", y se solicita tambien la aprobacion de la exoneracion del respectivo pase a Comision Ordinaria de Construccion, Vivienda, Poblacion, Saneamiento y Desarrollo Social del Consejo Regional, luego del debate, y con el MORDAZA por unanimidad de los consejeros regionales concurrentes a la sesion del Consejo Regional; En uso de sus facultades conferidas en Articulo 16º inciso a) y e) de la Ley Nº 27867 Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias; Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: Articulo Primero.- DENOMINAR en la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA, periodo 2011, como "ANO REGIONAL DEL CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS ALTAMIRANO", dicha denominacion, se consignara debajo de la denominacion anual asignada por el Gobierno Nacional. Articulo Segundo.- DISPONER, que durante el presente ano 2011, se consigne la denominacion del Ano Regional en los documentos oficiales. Articulo Tercero.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social en coordinacion con la Direccion Regional de Educacion MORDAZA Provincias - DRELP, durante el presente ano, realice eventos culturales y publicaciones en conmemoracion del "CENTENARIO DEL NACIMIENTO DE MORDAZA MORDAZA ARGUEDAS ALTAMIRANO". Asi mismo incluir en el Calendario Civico Escolar Regional, el dia 02 de diciembre como Dia Central de la Celebracion. Articulo Cuarto.- COMUNICAR la presente Ordenanza Regional a las Instituciones Publicas y Privadas en la jurisdiccion del Gobierno Regional de MORDAZA para su cumplimiento. Articulo Quinto.- La presente Ordenanza se publicara en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de circulacion regional y en el MORDAZA del Gobierno Regional de MORDAZA (www.regionlima.gob.pe). En MORDAZA, a los veintidos dias del mes de febrero del dos mil once. POR TANTO: Comuniquese al senor Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA para su promulgacion. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejera Delegada Consejo Regional de MORDAZA Mando se comunique, publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de MORDAZA, Sede Central del Gobierno Regional de MORDAZA, a los treinta y un dias del mes de marzo del dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA Presidente Regional 657146-7

Aprueban MORDAZA del Gobierno Regional

EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de MORDAZA en su Sesion Extraordinaria del dia 24 de marzo del 2011 en la MORDAZA de MORDAZA, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: VISTO: El Dictamen Nº 001-2011-CO-PPTOTATE/CR/GRL de la Comision Ordinaria de Planeamiento Estrategico, Presupuesto, Tributacion, Ordenamiento Territorial y Administracion y Adjudicacion de Tierras de Propiedad del Estado del Consejo Regional con respecto a la aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Gobierno Regional de Lima. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 192º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el articulo 4º de la Ley Nº 27867; el Gobierno Regional de MORDAZA es una persona juridica de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un pliego presupuestal, y tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo integral sostenible. Que el literal a) del articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales y sus modificatorias senala que es atribucion del Consejo Regional, aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos en materia de su competencia y funciones del Gobierno Regional. Que de conformidad con el articulo 30º de la Ley 27444, Ley de Procedimientos Administrativo General, cada entidad, termino que comprende a los Gobiernos Regionales de acuerdo con el articulo I, inciso 5, del Titulo Preliminar de la mencionada Ley, senala que en su Texto Unico de Procedimientos Administrativos MORDAZA los procedimientos administrativos que por exigencia legal, deben iniciar los administrados ante esta para satisfacer o ejercer sus intereses o derechos, siguiendo los criterios que a este efecto establece la citada Ley; Que el articulo 38º, numeral 38.5, de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, senala que una vez aprobado el MORDAZA, se podran efectuar las modificaciones, teniendo en consideracion lo siguiente: toda modificacion que no implique la creacion de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitacion o requisitos, se debe realizar por Resolucion Ministerial del Sector, MORDAZA de rango equivalente o Decreto de Alcaldia (...) En caso contrario, su aprobacion se realiza conforme el mecanismo establecido en el numeral 38.1, es decir por Ordenanza Regional. Que el articulo 1º de la Ley 29091 que modifica el parrafo 38.3, del articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General que senala que el MORDAZA sera publicado en el MORDAZA del Servicio del Ciudadano y Empresas ( EPSCE), y en el MORDAZA Institucional; Que, el articulo 15º, del Decreto Supremo Nº 079-2007PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboracion y aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y establece disposiciones para el cumplimiento de la Ley de Silencio Administrativo, senala que el Gobierno y sus Organismos Publicos Descentralizados (Incluidos los Procedimientos de las Direcciones Regionales Sectoriales) deben aprobar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos por Ordenanza Regional. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 16-2008CR-RL, de fecha 30 de diciembre del 2008, se resuelve

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.