Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2011 (26/06/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 35

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 26 de junio de 2011

NORMAS LEGALES

445395

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO
Aprueban Reglamento Interno de Trabajo del Personal Obrero que presta servicios en la Municipalidad Distrital de Carabayllo bajo el Regimen Laboral de la Actividad Privada (RITO)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 225-2011-A/MDC Carabayllo, 30 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha; VISTOS: El Dictamen N° 013-2011-CAJFCI/MDC, de la Comision de Asuntos Juridicos, Fiscalizacion y Cooperacion Internacional; sobre el PROYECTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DEL PERSONAL OBRERO QUE PRESTA SERVICIOS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, BAJO EL REGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (RITO), elaborado por la Secretaria Tecnica de la Comision Especial designada mediante Resolucion de Alcaldia N° 105-2010-A/MDC; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º senala, que las Municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local que tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La estructura organica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal como organo normativo y fiscalizador y la Alcaldia como organo ejecutivo, con las funciones y atribuciones que les senala la ley. A su turno el art. 195º inc. 1 de la misma MORDAZA constitucional, senala que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, y la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo. Son competentes para: Aprobar su organizacion interna y su presupuesto; Que, el articulo II el Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomia que la Constitucion Politica del Peru establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el inciso 14 del articulo 20 de la Ley N° 27972, Organica de Municipalidades, prescribe que es atribucion del MORDAZA el proponer al Concejo Municipal, los proyectos de reglamento interno del concejo municipal, los de personal, los administrativos y todos los que MORDAZA necesarios para el gobierno y la administracion municipal. Indistintamente el articulo 40º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades, establece que "Las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por

medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, la administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa; Que, la Comision Especial designada mediante Resolucion de Alcaldia N° 105-2010-A/MDC, a traves de su Secretario Tecnico da cuenta que el PROYECTO DEL REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DEL PERSONAL OBRERO QUE PRESTA SERVICIOS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, BAJO EL REGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (RITO), ha sido modificado en los terminos contenidos en el Informe N° 162-2010-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica; Que, mediante Informe N° 152-2011-GAJ/MDC, de la Gerencia de Asesoria Juridica, se senala que con las modificaciones efectuadas al proyecto de Reglamento Interno de Trabajo del Personal Obrero elaborado para esta Corporacion, se han subsanado las observaciones efectuadas, consecuentemente ratificandose del Informe Legal emitido y senalando que este instrumento de gestion coadyuvara a optimizar el cumplimiento de los fines, metas y objetivos de la Municipalidad Distrital de Carabayllo; opina que este instrumento de gestion debe someterse al pleno del Concejo; Estando a lo expuesto, con el MORDAZA UNANIME del Pleno del Concejo y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 8 del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades y con la dispensa de lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA: Articulo Primero.- Aprobar El REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO DEL PERSONAL OBRERO QUE PRESTA SERVICIOS EN LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO, BAJO EL REGIMEN LABORAL DE LA ACTIVIDAD PRIVADA (RITO), que consta de diecisiete (17) capitulos y ciento un (101) articulos y cuatro (04) disposiciones complementarias, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- Derogar toda Ordenanza o MORDAZA Municipal que se opongan a la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Reglamento a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administracion y Finanzas y a la Subgerencia de Recursos Humanos. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA (e) 657822-1

Aprueban Reglamento Interno de Trabajo de los Servidores de la Municipalidad Distrital de Carabayllo sujetos al Regimen Laboral regulado por el D. Leg. N° 276 y su Reglamento aprobado por D.S. N° 005-90-PCM (RIT)
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 226-2011-A/MDC Carabayllo, 30 de MORDAZA del 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO: POR CUANTO: El Concejo Municipal de Carabayllo, en Sesion Ordinaria de la fecha;

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