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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 26 de junio de 2011 445387 Artículo Primero.- Créase el Sistema Regional de Cuidadores Domiciliarios del Adulto Mayor de la Región Callao, Artículo Segundo.- Entendiéndose como Sistema Regional de Cuidadores Domiciliarios del Adulto Mayor de la Región Callao al conjunto de servicios de apoyo de salud y asistencia social prestados a las personas mayores en sus hogares, en situación de vulnerabilidad o limitada autovalencia, a través de un procedimiento informal de cuidado, a cargo del cuidador voluntario, que es toda población incluyendo los mismos Adultos Mayores, caracterizados por su capacidad de trabajo y conducta ética, debidamente capacitado para promover la participación del Adulto Mayor en su autocuidado, así como promover en los miembros de la familia el cuidado del Adulto Mayor. Artículo Tercero.- El Sistema Regional de Cuidadores Domiciliarios del Adulto Mayor de la Región Callao, contempla los siguientes aspectos: a) Implementar una Red de Cuidadores Domiciliarios en la Región Callao, integrada por cuidadores del sistema informal, en todos los distritos que desarrollan un trabajo voluntario debidamente seleccionados y capacitados a cargo del Gobierno Regional del Callao, sin nexo contractual o laboral o de tipo alguno, ni con los adultos mayores que requieren el cuidado y sus familias, ni con los vecinos o vecinas que desarrollen la labor de cuidadores. b) El Sistema Regional Cuidadores Domiciliarios de la Región Callao, se constituirán como Comités Regionales de Cuidadores Domiciliarios de la Región Callao, organizaciones sociales con autonomía, conformada por personas naturales que se constituyen con el propósito de participar en el ámbito circundante a su jurisdicción, a fi n de realizar en forma voluntaria servicios de apoyo de salud y asistencia social prestados a las personas adultas mayores, promoviendo la participación del adulto mayor en su autocuidado, así como de promover en los miembros de la familia el cuidado del adulto mayor. Están regulados por Ordenanza Regional Nº 006 de fecha 16 de Mayo del 2007. c) Contar con un banco de datos a nivel regional, el mismo que facilite conocer y atender la oferta y demanda de estos servicios, para ello el Gobierno Regional del Callao levantará un Estudio del Estado Situacional de las Personas Adultas Mayores de la Región Callao. d) Operar articuladamente con un equipo de especialistas de la Salud del Gobierno Regional del Callao, quienes tendrán a cargo la capacitación y asistencia técnica a los cuidadores voluntarios. El servicio no demanda una nueva estructura administrativa o de gestión, está basada en el principio de la interacción y coordinación permanente de los diferentes programas, servicios y dependencias existentes, dentro del marco jurídico que norma la gestión regional. e) Incorporar en la Red de Cuidadores Domiciliarios en la Región Callao, medios de comunicación telefónica y virtual del Gobierno Regional del Callao, que permita apoyar las acciones de atención en forma sostenible. f) Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social como instancia responsable de la operación, supervisión y monitoreo del Sistema Regional de Cuidadores Domiciliarios del Adulto Mayor y de efectuar la sistematización y evaluación correspondiente en forma periódica. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la elaboración del Estatuto de los Comités Regionales de Cuidadores Domiciliarios de la Región Callao, documento que normará su funcionamiento y organización. Derogar toda norma del Gobierno Regional del Callao que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Quinto.- Derogar toda norma del Gobierno Regional del Callao que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede Institucional del Gobierno Regional del Callao a los diez días del mes de Junio del 2011. FELIX MORENO CABALLERO Presidente 657966-1 Modifican el Reglamento Interno del Consejo Regional del Callao ORDENANZA REGIONAL Nº 000015 Callao, 10 de junio del 2011 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional del Callao en Sesión celebrada el 10 de junio del 2011; CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Regional Nº 012 del 19 de Noviembre del 2009, se crea la Gerencia Regional de Defensa Nacional y Defensa Civil en el Gobierno Regional del Callao, modifi cándose el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional del Callao, el mismo que señala entre sus principales funciones: 1. Coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las acciones, programas y actividades de Defensa Nacional, Defensa Civil que según las normas vigentes sean de su responsabilidad. 2. Ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas del Sistema Regional de Defensa Civil – SIREDESI, en concordancia con la política en general del gobierno y los planes sectoriales. 3. Actualizar los estudios básicos que requieran la Defensa Nacional, Defensa Civil dentro del ámbito regional, integrando las comisiones de planeamientos y de otras que se constituye para el efecto. 4. Participar en la difusión de la doctrina y educación de Defensa Nacional, Defensa Civil y Seguridad Ciudadana promoviendo la formación Cívico – Patriótica de la población en la jurisdicción. 5. Estudiar y analizar la problemática de la Seguridad Ciudadana Regional; a fi n de coordinar y apoyar la reducción y/o eliminación de las causas que motivan la violencia, criminalidad organizada y delincuencia común a nivel regional. 6. Desarrollar acciones de Defensa Civil dentro de la jurisdicción, lo que incluye la ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil que sean de su competencia, así como de las evoluciones de riesgo o similares que soliciten los administrados. 7. Organizar y ejecutar acciones de prevención de desastres y en caso de su ocurrencia, brindar ayuda directa e inmediata a los damnifi cados con el fi n de lograr la rehabilitación de las zonas afectadas, involucrando para el efecto a los demás órganos de línea del Gobierno Regional y otras instituciones públicas y privadas de la jurisdicción, según la Ley. 8. Ejecutar el planeamiento, preparación y ejecución de la movilización regional concordante con las responsabilidades asignadas en el Plan de Movilización Nacional del Sistema de Defensa Nacional. 9. Coordinar y apoyar la formación y equipamiento de compañías de Bomberos voluntarios en la jurisdicción. 10. Participar en la educación y seguridad vial. 11. Promover y participar en la formación cívico- patriótica de la población en la jurisdicción.