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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de junio de 2011 445435 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Designan Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 164-2011-PCM Lima, 27 de junio de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 058-2006-PCM se aprobaron las normas que regulan el proceso de designación del Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, cuya ejecución se encuentra a cargo de un Comité de Selección; Que, luego de culminado el mandato del anterior Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, se inició, en diciembre del año 2010, el proceso para la designación de su reemplazante, para cuyo efecto mediante las Resoluciones Ministeriales Nºs. 391-2010/PCM, 016-2011-EF/10 y 119-2011/ PCM se designó al Comité de Selección previsto por la norma antes citada y se efectuó la convocatoria correspondiente a través de los medios de comunicación; Que, el señor Hermógenes Alejandro Vílchez de los Ríos, de acuerdo a la evaluación llevada a cabo por el citado Comité de Selección, ha alcanzado la mayor califi cación ubicándose en el primer puesto en el cuadro en orden de mérito, publicado en las páginas Web de la Presidencia del Consejo de Ministros y del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI; Que, por consiguiente, encontrándose vacante el cargo de Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI, resulta pertinente designar a la persona que ejercerá el cargo de Jefe de dicho Organismo Público; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 604, la Ley Nº 27594, la Ley Nº 29158 y el Decreto Supremo Nº 058-2006-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designación Designar al señor HERMÓGENES ALEJANDRO VÍLCHEZ DE LOS RÍOS como Jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI. Artículo 2º.- Refrendo La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 658601-4 Disponen inscripción de adecuación de constitución de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Andino Central” en el Registro de Mancomunidades Municipales RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 395-2011-PCM/SD Lima, 21 de Junio de 2011 VISTOS: Los ofi cios N° 005-2011/Gerencia/MMAC y N° 015-2011- MMCAC-P; la Ordenanza Municipal Nº 005-2011/GLDCH-A de la Municipalidad Distrital Chalaco; la Ordenanza Municipal Nº 006-2011/MDM de la Municipalidad Distrital Morropón; la Ordenanza Municipal Nº 001-2011-MDSCMM-P-A de la Municipalidad Distrital Santa Catalina de Mossa; la Ordenanza Municipal Nº 004-2011-MDSD de la Municipalidad Distrital Santo Domingo; la Ordenanza Municipal Nº 004-MDP-2011 de la Municipalidad Distrital Pacaipampa; la Ordenanza Municipal Nº 004-MDY-2011 de la Municipalidad Distrital Yamango; el Acta de Adecuación de Constitución; el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Andino Central”; y el Informe Nº 060-2011–PCM/SD-OGI-MIRA; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley N° 29341, en el artículo 2º, defi ne a la Mancomunidad Municipal como el acuerdo de dos o más municipalidades, colindantes o no, con la fi nalidad de llevar a cabo la prestación conjunta de servicios y la ejecución de obras; promoviendo el desarrollo local, la participación ciudadana y el mejoramiento de la calidad de servicios a los ciudadanos; Que, la Ley citada, en el artículo 5°, señala que la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales otorga personería jurídica de derecho público a la mancomunidad municipal; Que, la Tercera Disposición Complementaria del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 046-2010- PCM, establece que la inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal le otorga personería jurídica de derecho público a ésta; Que, por Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2009-PCM/SD, se dispuso la inscripción de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Andino Central”, integrada por las Municipalidades Distritales de Chalaco, Morropón, Santa Catalina de Mossa, Santo Domingo y Yamango, en la Provincia de Morropón, y Frías y Pacaipampa, en la Provincia Ayabaca, en el Departamento de Piura; Que, mediante Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228-2010-PCM/SD se dispuso adecuar el Registro de Mancomunidades Municipales a lo previsto en la Ley N° 29341 y en el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; aprobándose el nuevo Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales que, en su artículo 23°, establece el procedimiento de inscripción de la adecuación de constitución de la mancomunidad municipal; Que, mediante el Ofi cio de Vistos, el señor Presidente de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Andino Central”, solicita la inscripción de la adecuación de constitución de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales; Que, el Estatuto modifi cado de la “Mancomunidad Municipal del Corredor Andino Central” describe el siguiente objeto: a) Prestación del servicio de limpieza pública, incluyendo el manejo de residuos sólidos, b) Construcción, mejoramiento y mantenimiento de infraestructura vial, c) Gestión ambiental, incluyendo el manejo de recursos hídricos, la conservación de la biodiversidad y el ordenamiento territorial, d) Fortalecimiento de los circuitos turísticos, y e) Fortalecimiento institucional de los Gobiernos Locales. Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas: a) Impulsar proyectos de desarrollo vial de impacto interdistrital, y b) Proveer el servicio de limpieza pública, incluyendo el manejo de residuos sólidos. Adicionalmente, como delegación de funciones específi cas compartidas: a) Desarrollar acciones sobre la gestión de riesgos de desastres, gobernabilidad municipal del agua, el cambio climático y la conservación de la biodiversidad, b) Impulsar el proceso de ordenamiento territorial y ejecutar las disposiciones establecidas dentro del Plan de Ordenamiento Territorial, c) Fortalecer las actividades productivas agropecuarias, d) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a