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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (28/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 28 de junio de 2011 445440 De conformidad con lo dispuesto por las Leyes Nºs. 27783, 27972, de los Decretos Supremos Nºs. 047-2009-PCM/SD, 044-2011-PCM/SD; y en uso de las atribuciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declaración de las Municipalidades Provinciales como Aptas para acceder a la transferencia de las Sociedades de Benefi cencia Pública a cargo del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar - INABIF del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Declarar a las Municipalidades Provinciales de Abancay, Nasca, Pisco, Maynas, General Sánchez Cerro, Ilo, Moyobamba, Piura, Sullana y Tarma, como aptas para acceder a la transferencia de Sociedades de Benefi cencia Pública, a cargo del INABIF del -MIMDES, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Secretarial. Artículo 2º.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Secretaría de Descentralización y de su Anexo en el Diario Ofi cial El Peruano y en el sitio web de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros: www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ALBERTO MATOS ZÚÑIGA Secretario de Descentralización Presidencia del Consejo de Ministros ANEXO Nº DEPARTAMENTO MUNICIPALIDAD PROVINCIAL SOCIEDAD DE BENEFICENCIA PÚBLICA 1 APURIMAC ABANCAY ABANCAY 2 ICA NASCA NASCA 3 ICA PISCO PISCO 4 JUNIN TARMA TARMA 5 LORETO MAYNAS IQUITOS 6 MOQUEGUA GENERAL SANCHEZ CERRO OMATE 7 MOQUEGUA ILO ILO 8 PIURA PIURA PIURA 9 PIURA PIURA CATACAOS 10 PIURA SULLANA SULLANA 11 SAN MARTIN MOYOBAMBA MOYOBAMBA 658598-1 AGRICULTURA Aprueban Propuesta Técnica y otorgan concesión con fines de conservación a favor de persona natural, ubicada en los departamentos de Junín y Pasco RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN GENERAL Nº 021-2011-AG-DGFFS Lima, 31 de mayo del 2011 VISTO: El Informe Nº 0722-2011-AG-DGFFS-DGEFFS de fecha 03 de marzo de 2011, que evaluó la Propuesta Técnica presentada por el señor Máximo Enrique Flores Chamorro como parte del procedimiento para el otorgamiento de una concesión con fi nes de conservación; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 66º de la Constitución Política del Perú, los recursos naturales son Patrimonio de la Nación, siendo el Estado soberano en su aprovechamiento y por ley orgánica se fi jan las condiciones de su utilización y de su otorgamiento a particulares; Que, el artículo 8º de la Ley Nº 26821 Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de los Recursos Naturales, establece que el Estado debe velar para que el otorgamiento de un derecho de aprovechamiento sobre un recurso natural se realice en armonía con el interés de la Nación, el bien común y dentro de los límites y principios establecidos en la mencionada ley, en las leyes especiales y en las normas reglamentarias sobre la materia; Que, las condiciones para el otorgamiento de derechos de aprovechamiento sobre los recursos forestales se encuentran reguladas en la Ley Forestal y de Fauna Silvestre – Ley Nº 27308, y su Reglamente aprobado mediante Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; cuya fuerza de Ley fue restituida mediante Ley Nº 29376; Que, la acotada Ley y su Reglamento disponen que las Concesiones para Conservación son Concesiones Forestales con fi nes no maderables y se otorgan preferentemente en tierras de protección por un plazo de hasta cuarenta (40) años renovables, con el objeto de desarrollar proyectos destinados a la conservación de la diversidad biológica; Que, con fecha 25 de junio de 2007 se publicó la Resolución Jefatural N° 075-2007-INRENA, que aprobó las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservación; Que, mediante Ofi cio N° 229-2009-MINAG-DGFFS- ATFFS-Selva Central, de fecha 13 de abril de 2009, la Administración Técnica Forestal y de Fauna Silvestre Selva Central remitió a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre el expediente correspondiente a la solicitud de concesión con fi nes de conservación presentada por el señor Máximo Enrique Flores Chamorro, en un área de 5,840 hectáreas de extensión ubicada en los distritos de Chanchamayo y Huasahuasi, provincias de Junín y Tarma respectivamente, departamento de Junín; además, del distrito y provincia de Oxapampa, departamento de Pasco, la misma que fue redimensionada y/o replanteada conforme al Informe N° 210-2009-AG-DGFFS-DICFFS a una extensión de 2 506.182 hectáreas; Que, mediante Carta Nº 0033-2010-AG-DGFFS (DGEFFS) de fecha 25 de enero de 2010, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre autorizó al señor Máximo Enrique Flores Chamorro a la publicación de los Anexos I y II previstos en el artículo 5° de las Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservación aprobada mediante la Resolución Jefatural Nº 075-2007-INRENA, cuyas copias fueron remitidas mediante Carta de fecha 16 de abril de 2010; Que, el artículo 12º de las citadas Disposiciones Complementarias para el Otorgamiento de Concesiones para Conservación establece el contenido de la Propuesta Técnica y en su artículo 17° el plazo de hasta sesenta (60) días, contados a partir de su recepción, para la evaluación y aprobación de la Propuesta Técnica presentada por el solicitante; Que, con Carta N° 257-2010-AG-DGFFS(DGFFS) de fecha 18 de junio de 2010, la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre autoriza al administrado a presentar la Propuesta Técnica para el otorgamiento de concesión para conservación; Que, con Carta de fecha 05 de noviembre de 2010, el señor Máximo Enrique Flores Chamorro presentó la propuesta técnica para el otorgamiento de una concesión con fi nes de conservación, cuyas observaciones fueron subsanadas el 28 de enero de 2011, de conformidad a las observaciones formuladas mediante Carta N°1438-2010- AG-DGFFS-DGEFFS; Que, por Resolución Jefatural N° 200-2006-INRENA de fecha 31 de julio de 2006, se aprobó los criterios para califi cación de las propuestas técnicas para concesiones para conservación, tanto en los procesos de concurso públicos como de concesión directa; Que, mediante el Informe Nº 0722-2011-AG-DGFFS- DGEFFS, de fecha 03 de marzo de 2011, se evaluó la Propuesta Técnica presentada por el administrado,