Norma Legal Oficial del día 29 de junio del año 2011 (29/06/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 4

445520 LEY Nº 29732
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA POR CUANTO: El Congreso de la Republica Ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPUBLICA; Ha dado la Ley siguiente:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 29 de junio de 2011

recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo informa a la Comision de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de la Republica sobre los avances y el MORDAZA de ejecucion de las recomendaciones contenidas en el mencionado estudio. Articulo 4. Incorporacion en el Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe) El Ministerio del Ambiente, a traves del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (Sernanp), elabora los estudios y realiza las acciones necesarias para que, en un plazo no mayor de un ano calendario, se incorpore a la MORDAZA de la Huacachina dentro del Sistema Nacional de Areas Naturales Protegidas por el Estado (Sinanpe), conforme a los procedimientos establecidos en la Ley 26834, Ley de Areas Naturales Protegidas, y su reglamento. Comuniquese al senor Presidente de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintisiete dias del mes de junio de dos mil once. MORDAZA ZUMAETA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA AGUINAGA RECUENCO Primer Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiocho dias del mes de junio del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia 659264-2

LEY QUE MODIFICA LA LEY 27914, LEY QUE DECLARA DE INTERES NACIONAL LA RECUPERACION, CONSERVACION, PROTECCION Y PROMOCION DE LA MORDAZA DE LA HUACACHINA, Y DECLARA LA INTANGIBILIDAD DE LA MORDAZA DE LA HUACACHINA
Articulo 1. Modificacion de los articulos 1 y 2 de la Ley 27914, Ley que declara de interes nacional la recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina Modificanse los articulos 1 y 2 de la Ley 27914, Ley que declara de interes nacional la recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina, quedando redactados de acuerdo con los siguientes textos: "Articulo 1. Declaracion de interes nacional y de intangibilidad Declarase de interes nacional la recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina, en la provincia y departamento de Ica. Declarase MORDAZA intangible el area delimitada por la Resolucion Directoral Nacional 1296/INC, donde se encuentra ubicada la MORDAZA de la Huacachina, en la provincia y departamento de Ica. Quedan prohibidas las construcciones o edificaciones no autorizadas por las autoridades municipales y el Instituto Nacional de Cultura (INC). Articulo 2. Estudio tecnico 2.1 Encargase al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la actualizacion de un estudio tecnico integral para la recuperacion, conservacion, proteccion y promocion de la MORDAZA de la Huacachina, debiendo dicho sector destinar los recursos para tal efecto. 2.2 El citado estudio tecnico integral debe ser coordinado y elaborado con el Ministerio de Cultura, el Ministerio de Agricultura, el Ministerio del Ambiente, la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (Sunarp), la Autoridad Nacional del Agua (ANA), el Instituto Nacional de Cultura (INC), el Gobierno Regional de Ica y la Municipalidad Provincial de Ica, en un plazo de ciento veinte dias, contado a partir del dia siguiente de la fecha de vigencia de la presente Ley, bajo responsabilidad de todas las entidades mencionadas. 2.3 El estudio tecnico a que se refiere el parrafo 2.2 debe considerar un plan de conservacion integral del sistema hidrico, el establecimiento de una MORDAZA de desarrollo turistico prioritario y la realizacion de los estudios necesarios que propongan un modelo de gestion que garantice el manejo sostenible, la recuperacion y la conservacion de la MORDAZA de la Huacachina." Articulo 2. Declaracion de MORDAZA de proteccion de agua Declarase a la MORDAZA de la Huacachina como MORDAZA de proteccion de agua. La Autoridad Nacional del Agua (ANA) queda encargada de adoptar las acciones necesarias para tal efecto. Articulo 3. Informe a la Comision de Comercio Exterior y Turismo del Congreso de la Republica En su calidad de ente coordinador encargado de la actualizacion del estudio tecnico integral para la

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Modifican la Directiva N° 007-2007PCM/SD aprobada mediante Resolucion de Secretaria de Descentralizacion N° 032-2007-PCM/SD
RESOLUCION DE SECRETARIA DE DESCENTRALIZACION Nº 399-2011-PCM/SD MORDAZA, 23 de junio de 2011 VISTOS: El Acta de la Sesion de la Comision Bipartita de Transferencia de fecha 23 de Junio de 2011 y el Informe Nº 009-2011-SD-PCM/CMM.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.