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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2011 (29/06/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 16

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 29 de junio de 2011 445532 Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 6°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 659261-5 Aprueban primera modificación al Contrato de Concesión celebrado entre el Ministerio de Energía y Minas y Andalucita S.A. RESOLUCIÓN SUPREMA N° 062-2011-EM Lima, 28 de junio de 2011 VISTO: El Expediente N° 14151307, sobre la solicitud de modifi cación de concesión defi nitiva de transmisión de energía eléctrica, presentada por Andalucita S.A., inscrita en el Asiento A00001 de la Partida N° 70272844 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX – Sede Lima, Ofi cina Registral del Callao; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema Nº 010-2008- EM, publicada el 09 de marzo de 2008, Andalucita S.A. es titular de la concesión defi nitiva para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en la Línea de Transmisión de 22,9 kV S.E. Tierra Colorada – S.E. Andalucita, asumiendo los derechos y obligaciones derivados del Contrato de Concesión N° 312-2008, elevado a Escritura Pública el 14 de abril de 2008; Que, con fecha 18 de abril de 2011, el concesionario solicitó la modifi cación del Contrato de Concesión en el aspecto referido a la extensión de la línea de transmisión, exponiendo como sustento la necesidad de efectuar la modifi cación del recorrido de un tramo de la Línea de Transmisión de 22,9 kV S.E. Tierra Colorada – S.E. Andalucita, la misma que permitirá la confi abilidad del Sistema Eléctrico Interconectado y permitirá sanear la servidumbre en las nuevas áreas afectadas; Que, el concesionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, y la solicitud cuenta con la opinión favorable a que se refi ere el Informe N° 150-2011-DGE-DCE, siendo procedente aprobar la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 312- 2008, la misma que deberá ser elevada a Escritura Pública incorporando en ésta el texto de la presente Resolución, e inscribirla en el Registro de Concesiones para la Explotación de Servicios Públicos del Registro de Propiedad Inmueble, de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 7° y 56° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Estando a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 53° y en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 312-2008, en los aspectos referidos a modifi car la Cláusula Primera, modifi car la Cláusula Tercera, modifi car los numerales 5.5 y 5.6, e incorporar el numeral 5.7 de la Cláusula Quinta y el Anexo N° 2, celebrado entre el Ministerio de Energía y Andalucita S.A., por las razones y fundamentos legales señalados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, en nombre del Estado, la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 312-2008 aprobada en el artículo 1° de la presente Resolución, y la Escritura Pública correspondiente. Artículo 3°.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la Escritura Pública a que dé origen la primera modifi cación al Contrato de Concesión N° 312-2008. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54° del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, deberá ser publicada para su vigencia en el Diario Ofi cial El Peruano por una sola vez, y será notifi cada al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a dicha publicación, conforme al artículo 53º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República PEDRO SÁNCHEZ GAMARRA Ministro de Energía y Minas 659261-6 INTERIOR Autorizan viaje de personal de la PNP a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 079-2011-IN Lima, 28 de junio de 2011 VISTO, la Hoja de Estudio y Opinión Nº 18-2011- DGPNP/INTERPOL-EM. del 14 de junio de 2011, suscrita por el Director Ejecutivo de la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, mediante la cual se recomendó la autorización de viaje al extranjero en comisión del servicio del Mayor de la Policía Nacional del Perú Gleen Williams HIJAR ANDRADE y de la Subofi cial Brigadier de la Policía Nacional del Perú Elizabeth María CHÁVEZ SUSAYA, a la ciudad de Buenos Aires - Argentina, del 30 de junio al 4 de julio de 2011. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 117-2011- JUS del 8 de junio de 2011, se resolvió acceder al pedido de extradición activa del procesado Juan Alfonso CARRASCO LÓPEZ, formulado por la Cuarta Sala Penal para Procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima y declarado procedente por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República, por la presunta comisión del Delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud – Homicidio Calificado, en agravio de Carlos Ernesto HUALLPA ANDRADE; y disponer su presentación por vía diplomática al Gobierno de la República Argentina, de conformidad con el Tratado de Extradición vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso; Que, mediante Mensaje IP Buenos Aires 22047 09062011 1515 GMT MUY URGENTE del 9 de junio de 2011, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL – Buenos Aires – Argentina, hizo de conocimiento a la Ofi cina Central Nacional – INTERPOL – Lima – Perú, que las autoridades Argentinas han autorizado la extradición del