Norma Legal Oficial del día 01 de marzo del año 2011 (01/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, martes 1 de marzo de 2011

NORMAS LEGALES

437989

Que, en cumplimiento de la citada Ley y de conformidad con los articulos 3º y 4º del Reglamento de Sesiones del Consejo, el Pleno reunido en Sesion Extraordinaria para este efecto MORDAZA al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para el periodo institucional marzo 2011 ­ febrero 2012; De conformidad con los articulos 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y 4º inciso d) del Reglamento de Sesiones del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Proclamar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para el periodo institucional marzo 2011 ­ febrero 2012. Segundo.- Proceder al acto de juramentacion de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Nacional de la Magistratura
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MORDAZA NACIONAL DE ELECCIONES
Declaran infundada apelacion interpuesta contra resolucion que declaro improcedente solicitud de inscripcion de formula de presidente y vicepresidentes de la Republica
RESOLUCION N° 011-2011-JNE

Expediente N° J-2011-00008 MORDAZA CENTRO MORDAZA, dieciocho de enero de dos mil once VISTO, en audiencia publica, de fecha 18 de enero de 2011, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA Nunez MORDAZA contra la Resolucion Libre N° 000022011-JEELC, de fecha 8 de enero de 2011, que declaro improcedente su solicitud de inscripcion de formula de presidente y vicepresidentes de la Republica del Peru, en el MORDAZA de las Elecciones Generales del ano 2011, y oido el informe oral. ANTECEDENTES Mediante Resolucion Libre N° 00002-2011-JEELC, de fecha 8 de enero de 2011, el MORDAZA Electoral Especial de MORDAZA Centro declaro improcedente la solicitud de inscripcion de la formula de presidente y de vicepresidentes para las Elecciones Generales del ano 2011, formulada por MORDAZA Nunez MORDAZA, por cuanto: a) el solicitante no se encuentra respaldado por una organizacion politica debidamente inscrita ante el Registro de Organizaciones Politicas del MORDAZA Nacional de Elecciones, b) no se ha cumplido con elegir a los candidatos de acuerdo con las normas sobre democracia interna dentro del plazo fijado por el MORDAZA Nacional de Elecciones, y c) no se ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de inscripcion de formulas y listas de candidatos con motivo de las Elecciones Generales 2011, aprobado por Resolucion N° 5004-2010-JNE. El recurrente, con fecha 13 de enero de 2011, apela la Resolucion Libre N° 00002-2011-JEELC, alegando que esta deviene en nula por cuanto contraviene las garantias senaladas en los articulos 2, inciso 17, y 35 de la Constitucion Politica del Peru. Asimismo refiere que la resolucion impugnada se motiva y fundamenta sobre una Ley de Partidos Politicos que no es de aplicacion a la postulacion a la Presidencia de la Republica del Peru en forma individual, la cual se encuentra garantizada en el articulo 2, incisos 5, 17, y 20, asi como en los articulos 31 y 35 de nuestra Ley Fundamental. FUNDAMENTOS DE LA DECISION 1. El articulo 34 de la Ley Organica de Elecciones, Ley N° 26859, establece que, el MORDAZA Nacional de Elecciones resuelve en instancia definitiva las apelaciones o los recursos de nulidad que se interpongan contra las resoluciones de los Jurados Electorales Especiales. Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el articulo 181 de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 5, de la Ley N° 26486, Ley Organica del MORDAZA Nacional de Elecciones, las resoluciones emitidas por este Colegiado, en materia electoral, como lo es la inscripcion de candidaturas, son dictadas en instancia final y definitiva. 2. En el presente caso, el MORDAZA Electoral Especial, a traves de la Resolucion Libre N° 00002-2011-JEELC, declara improcedente la solicitud de inscripcion de la candidatura a la presidencia y vicepresidencias de la Republica presentada por MORDAZA Nunez MORDAZA, pues ha sido presentada de manera individual y, luego de

Proclaman Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura para el periodo institucional marzo 2011 febrero 2012
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 084-2011-CNM

MORDAZA, 28 de febrero de 2011 VISTO: El acuerdo del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura de Sesion Extraordinaria de la fecha; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26397 ­Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura- en su articulo 36º, dispone que el Vicepresidente del Consejo es elegido por el Pleno del Consejo de entre sus miembros por el periodo de un ano; Que, en cumplimiento de la citada Ley y de conformidad con los articulos 3º y 4º del Reglamento de Sesiones del Consejo, el Pleno reunido en Sesion Extraordinaria para este efecto MORDAZA al senor MORDAZA KATSUMI MAEZONO YAMASHITA, como Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para el periodo institucional marzo 2011 ­ febrero 2012; De conformidad con los articulos 37º inciso b) de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura, y 4º inciso d) del Reglamento de Sesiones del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura; SE RESUELVE: Primero.- Proclamar al senor MORDAZA KATSUMI MAEZONO YAMASHITA, Vicepresidente del Consejo Nacional de la Magistratura, para el periodo institucional marzo 2011 ­ febrero 2012. Segundo.- Proceder al acto de juramentacion de acuerdo a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Consejo Nacional de la Magistratura
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