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El Peruano Lima, sábado 5 de marzo de 2011 438476 ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Proyecto de resolución que modifica las tarifas de los Sistemas Secunadarios de Transmisión y los Sistemas Complementarios de Transmisión para el período mayo 2011 - abril 2012 como resultado de la Liquidación Anual de Ingresos del período noviembre 2009 - febrero 2011 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 041-2011-OS/CD Lima, 2 de marzo de 2011 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución OSINERGMIN N° 269- 2010-OS/CD, publicada el 24 de noviembre de 2010, se aprobó la norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de SST y/o SCT” (en adelante “PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST y/o SCT”); Que, en base a lo dispuesto por la referida norma se ha realizado el cálculo preliminar de la liquidación de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de los SST y/o los SCT, del período noviembre 2009 – febrero 2011, habiéndose analizado la información presentada según lo dispuesto en el inciso a) del numeral 6.4 del Artículo 6° del PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST y/o SCT; Que, como consecuencia de la aplicación del PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST y/o SCT se han estimado los valores de los peajes de transmisión que modifi carán los establecidos en la Resolución OSINERGMIN Nº 184-2009-OS/CD, sus modifi catorias y complementarias, cuyo detalle se encuentra en el Informe Nº 0083-2011-GART de la División de Generación y Transmisión de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN; Que, de conformidad con el Artículo 4º de la Ley N° 27838, Ley de Transparencia y Simplifi cación de los Procedimientos Regulatorios de Tarifas, y según lo dispuesto en el inciso b) del numeral 6.4 del Artículo 6° del PROCEDIMIENTO LIQUIDACIÓN SST y/o SCT corresponde que OSINERGMIN publique en el diario ofi cial El Peruano y en su página Web, la preliquidación con la información proyectada hasta febrero del periodo en liquidación, con una anticipación no menor a treinta (30) días hábiles de la publicación defi nitiva; Que, en cumplimiento de lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley N° 27838, concordante con el numeral 1.12 del Artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, que consagra el Principio de Participación, se debe cumplir con el trámite de ley de llevar a cabo una audiencia pública descentralizada, con anterioridad a la publicación de la resolución que apruebe las referidas modifi caciones de tarifas; y De conformidad con lo manifestado por la Asesoría Legal de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria con el informe N° 075-2011-GART. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dispóngase la publicación, en el diario ofi cial El Peruano y en la página Web de OSINERGMIN: www.osinergmin.gob.pe, del proyecto de resolución que modifi ca las tarifas de los Sistemas Secundarios de Transmisión y los Sistemas Complementarios de Transmisión, para el período mayo 2011 – abril 2012, por efectos de la Liquidación Anual de Ingresos del período noviembre 2009-febrero 2011, el cual se encuentra como Anexo de la presente Resolución, conjuntamente con su exposición de motivos. Artículo 2º.- Convóquese a Audiencia Pública para la sustentación y exposición, por parte de OSINERGMIN, de los criterios, metodología y modelos económicos utilizados en el cálculo preliminar de la liquidación de los ingresos por el servicio de transmisión eléctrica de las instalaciones que conforman los Sistemas Secundarios de Transmisión y Sistemas Complementarios de Transmisión, del período comprendido del 01 de noviembre 2009 al 28 de febrero 2011, que se realizará en la fecha, hora y lugares siguientes: Fecha : Viernes 11 de marzo de 2011 Hora : 11:00 a.m., Lugares : LIMA Sala de Reuniones de la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART). Av. Canadá 1460, San Borja. CHICLAYO Auditorio del Consejo Departamental del CIP Av. José Balta 581 TACNA Auditorio de la Cámara de Comercio, Industria y Producción de Tacna Calle Alfonso Ugarte Nº 56. Cercado. Artículo 3º- Defi nir un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, a fi n de que los interesados remitan por escrito sus opiniones y sugerencias a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria (GART) de OSINERGMIN, ubicada en la Avenida Canadá N° 1460 San Borja, Lima; vía fax, al número telefónico de Lima 224 0491; o vía correo electrónico a la dirección: liqtransmision@osinerg. gob.pe. La recepción de las opiniones y/o sugerencias en medio físico o electrónico, estará a cargo de la Srta. Ana Rosa Vallejos Cordero. En el último día del plazo, sólo se podrán remitir comentarios hasta las 18:00 horas. Artículo 4º.- Precísese que, la liquidación de ingresos a la que se refi ere el inciso d) del numeral 6.4 de la norma “Procedimiento de Liquidación Anual de los Ingresos por el Servicio de Transmisión Eléctrica de SST y/o SCT”, aprobada por Resolución OSINERGMIN Nº 269-2010-OS/CD, se recibirá hasta las 18:00 horas del día 21 de marzo del 2011. Artículo 5°.- Encargar a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria el análisis de las opiniones y sugerencias que se presenten sobre el proyecto de resolución a que se refi ere el Artículo 1° de la presente resolución. ALFREDO DAMMERT LIRA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN Anexo PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° XXX-2011-OS/CD Lima, XX de abril de 2011 CONSIDERANDO Que, mediante Resolución OSINERGMIN Nº 184- 2009-OS/CD sus modifi catorias y complementarias, se PROYECTO