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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de marzo de 2011 439230 distribución y la determinación del canon petrolero mantienen las condiciones de su aplicación actual; Que, las Leyes Nºs. 27763, 28277 y 29345 modifi caron las Leyes Nºs. 23630 y 23871, determinando los porcentajes y criterios de distribución del Canon y Sobrecanon por la participación en la renta que produce la explotación de petróleo y gas natural en los departamentos de Piura y Tumbes, a aplicarse a los gobiernos regionales, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores tecnológicos y pedagógicos estatales de los citados departamentos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 138-2009-EF se aprueban las normas reglamentarias para la distribución del Canon y Sobrecanon por la explotación de petróleo y gas en los departamentos de Piura y Tumbes; Que, la Ley Nº 28699 establece los porcentajes y criterios de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, a aplicarse al gobierno regional, gobiernos locales, universidades nacionales e institutos superiores tecnológicos estatales de este departamento; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 206-2006-EF se aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28699, Ley que modifi ca la distribución de Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali; Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los índices de distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero son aprobados por el Ministerio de Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial sobre la base de los cálculos realizados por la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales de dicho ministerio, según los criterios establecidos en el marco legal correspondiente; Que, sobre la base de la información estadística disponible proporcionada por el Instituto Nacional de Estadística e Informática - INEI mediante Ofi cios Nºs. 159- 2011-INEI/DTDIS y 188-2011-INEI/DTDIS, el Ministerio de Energía y Minas mediante Ofi cio Nº 052-2011-MEM/VME y el Ministerio de Educación mediante los Ofi cios Nºs. 128-2011-ME/VMGP-DIGESUTP-DESTP, 0184-2011- ME/VMGP-DIGESUTP y el 085-2011-ME/SPE-UP; la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales del Ministerio de Economía y Finanzas procedió a efectuar los cálculos correspondientes para la determinación de los índices de distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero de los departamentos de Piura y Tumbes y del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali, correspondientes al año 2011; Que, resulta necesario aprobar los mencionados índices de distribución, los cuales se aplicarán para las transferencias a efectuarse a los departamentos de Piura, Tumbes y Ucayali; De conformidad con lo dispuesto en el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las Leyes Nºs. 27506, 27763, 28277, 29345 y 28699, y normas complementarias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar los índices de distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero de los departamentos de Piura y Tumbes por las transferencias correspondientes al año 2011, a ser aplicados a gobiernos regionales, gobiernos locales e institutos superiores tecnológicos y pedagógicos estatales de dichos departamentos, conforme a los Anexos Nºs. 1 y 2 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Aprobar los índices de distribución del Canon por la producción de petróleo y gas en el departamento de Ucayali por las transferencias correspondientes al año 2011, a ser aplicados al gobierno regional, gobiernos locales e institutos superiores tecnológicos estatales de dicho departamento, conforme a los Anexos Nºs. 3 y 4 que forman parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano. Los Anexos a que se refi eren los artículos 1º y 2º serán publicados en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe), en la misma fecha de la publicación ofi cial de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 616908-1 Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Singapur, para participar en la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífico - TPP RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 202-2011-EF/43 Lima, 18 de marzo de 2011 Visto el Memorando Nº 049-2011-EF/15.01, de fecha 15 de marzo de 2011 del Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, sobre autorizaciones de viajes. CONSIDERANDO: Que, del 23 de marzo al 01 de abril de 2011, se desarrollará en la ciudad de Singapur, República de Singapur, la VI Ronda de Negociaciones para la suscripción del Acuerdo de Asociación Transpacífi co – TPP, cuyo objetivo principal es el fortalecimiento de las relaciones comerciales entre los países de Perú, Australia, Brunei, Chile, Estados Unidos de América, Malasia, Nueva Zelanda, Singapur y Vietnam; Que, mediante Facsímil Circular Nº 013-2011- MINCETUR/VMCE, el Vice Ministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, solicita la participación de funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas en dicha Ronda de Negociaciones; Que, mediante Ofi cio Nº 096-2011-EF/15.01 el Viceministro de Economía designó a los señores David Enrique Dall’Orto Cacho y Gustavo Alonso Zanabria Gainza, Consultores de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada, como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas, para que participen en la mencionada Ronda; Que, el inciso a), numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011 dispone que los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras se autorizan mediante Resolución del Titular de la entidad; Que, siendo de interés para el país, es necesario autorizar dichos viajes, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29626 y el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, los viajes en comisión de servicio de los señores David Enrique Dall’Orto Cacho y Gustavo Alonso Zanabria Gainza, Consultores de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia e Inversión Privada del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Singapur, República de Singapur, entre el 21 de marzo y el 02 de abril de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.