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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de marzo de 2011 439260 Que, la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modifi catorias, señalada en su Art. N° 15° literal a), es atribución del Consejo Regional, aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; literal b), Aprobar el Plan de Desarrollo Concertado a mediano y largo plazo, concordante con el Plan Nacional de Desarrollo y buscando la articulación entre zonas urbanas y rurales, concertadas con el Consejo de Coordinación Regional; Art. 16° literal a) proponer normas y acuerdos regionales; Art. 37° literal a) el Consejo Regional dicta Ordenanzas y Acuerdos del Consejo Regional; Art. 38° Ordenanzas Regionales.- Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Que, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de Junio del 2010 se aprobó el Dictamen N° 002-2010-CR/GRM- COAPPAT, del Plan Vial Departamental Participativo 2007- 2016 Moquegua Actualizado al 2010, dictamen que fuera aprobado en primera instancia dentro de dicha Comisión Ordinaria, habiéndose superado todas las observaciones que en su momento fueran levantadas, contando además con la exposición por parte de la comisión elaboradora del mencionado Plan Vial Departamental Participativo, acompañado del expediente que se convierte en el anexo principal siendo además el sustento técnico legal del Plan Vial y la presente Ordenanza Regional. Que, ante la presentación del expediente, fue imprescindible observar los informes y opiniones que integran el expediente del Plan Vial Departamental Participativo 2007 -2016 de Moquegua, el mismo que además está actualizado al 2010, habiéndose encontrado dentro de los documentos, algunas observaciones, las mismas que han sido planteadas ante los solicitantes para su respectivo levantamiento, asi mismo debió de ceñirse estrictamente a lo dispuesto dentro de la normativa técnica legal actual y necesaria para sustentar la inclusión de la Ruta Clasifi cada MO-108, Trayectoria, Emp. PE-36a Torata, y determinar las acciones a seguir en torno a la mencionada ruta, la misma que de manera consensuada ha sido aceptada por los actores directos participantes de la elaboración del expediente materia del presente. Que, las observaciones han representado un mejor análisis en la elaboración del expediente, que además los solicitantes han realizado la exposición total del expediente ante la Comisión Ordinaria, que se ha demostrado que es de gran necesidad e inmediata aprobación del mencionado Plan Vial a través de una Ordenanza Regional para que también sea ejecutado en el tiempo más breve posible y sea de utilidad para la mejora de la calidad de vida de los pobladores vecinos a las rutas a trabajarse, esperando que este aporte sirva además para el progreso de la propia Región Moquegua en este momento en que se convierte en imprescindible la mejora de vías al interior de nuestra región para que tanto la transformación de tipo Artesanal de productos con valor agregado, se conviertan en productos transformados industrialmente y valga el esfuerzo para el cambio en la calidad de vida de todos los habitantes de nuestra región. Que, mediante Acuerdo de Consejo Municipal, de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto se aprobó el Plan Vial en una primera instancia, de igual manera por el mismo medio se aprueba en la Municipalidad Provincial de Sánchez Cerro - Ómate, siendo aspectos fundamentales que cumplir con la normatividad vigente, siendo un paso siguiente el de ser aprobado por medio de un Acuerdo de consejo Regional para fi nalmente sea aprobado por medio de una Ordenanza Regional del Gobierno Regional de Moquegua, pero habiendo que tener la necesidad de incorporar nuevas rutas, como es el caso de la Ruta Clasifi cada MO-108, Trayectoria, Emp. PE-36a Torata, por lo que además se ha tomado la necesidad y se ha cumplido con la actualización al 2010, es pues necesario y urgente tener que emitir una nueva Ordenanza regional para su respectiva aprobación como parte de las políticas de Gobierno Regional que están dentro de los Planes Nacionales de viabilidad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones como una Competencia Compartida que debemos de consensuar ambas partes. Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales sus modifi catorias y el Reglamento Interno de este Consejo Regional; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Vial Departamental Participativo 2007-2016 de Moquegua Actualizado al 2010, cuyo expediente y anexo forman parte de la presente Ordenanza Regional. Artículo Segundo.- ENCARGAR al ejecutivo Regional su inmediata publicación y distribución a Presidencia y Vicepresidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Dirección Regional de Transportes y comunicaciones, PROVIAS Descentralizado y Consejeros Regionales. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta correspondiente. Comuníquese al señor Presidente Regional de Moquegua para su promulgación. Dado en la ciudad de Moquegua a los 7 días del mes de julio del 2010. IVER GLORIA MARINA MONTAÑO REVILLA Presidente del Consejo Regional Consejo Regional Moquegua POR TANTO: No habiendo sido promulgado oportunamente, no obstante el levantamiento de observaciones por parte de la ex Consejera Delegada; de conformidad con lo dispuesto en el inciso o) del artículo 21 de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los veintitrés días del mes de febrero del dos mil once. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 615576-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Declaran en emergencia la Región de Ucayali y exoneran de procesos de selección la adquisición o contratación de bienes y servicios necesarios para remediar eventos producidos por precipitaciones pluviales CONSEJO REGIONAL DE UCAYALI ACUERDO Nº 032-2011-GRU/CR Pucallpa, 25 de febrero del 2011 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 25 de