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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE MARZO DEL AÑO 2011 (19/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 19 de marzo de 2011 439259 RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señorita Jessica Araceli Sánchez Lui, Supervisor del Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados y Monitoreo del Proceso de Supervisión de la Superintendencia Adjunta de Riesgos de la SBS, a la ciudad de Madrid, España del 19 al 25 de marzo de 2011, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- La citada funcionaria, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar ante el Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por concepto de pasajes aéreos, hasta un máximo de 500 Euros vía reembolso, alojamiento, desayunos y almuerzos por los días de la duración del curso, serán fi nanciados por el Banco de España, en tanto que los gastos por concepto de diferencia en el costo de pasajes, viáticos complementarios y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2011, conforme a lo establecido por la Directiva SBS Nº SBS-DIR-ADM-031- 07, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 1,023.42 (de los cuales el Banco de España reembolsará 500 Euros) Viáticos complementarios US$ 273.00 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de la funcionaria cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 616899-1 UNIVERSIDADES Aprueban expedición de duplicado del diploma del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería (Se publica la presente Resolución a solicitud de la Universidad Nacional de Ingeniería, mediante Oficio N° 080-2011-UNI/SG, recibido el 17 de marzo de 2011) UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 318 Lima, 12 de marzo de 2010 Visto el expediente SIGA: 2010-1720 del señor Martín Wilfredo Ricaldi Vargas, identifi cado con DNI Nº 07926965, egresado de esta Casa de Estudios, quien solicita la expedición del duplicado de su Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica, por pérdida de dicho documento, el mismo que se encuentra registrado en el Libro de Registro de Grado de Bachilleres Nº 07, página 129, con el número 21235-B; teniéndose en cuenta la documentación que acompaña según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, el Ofi cio Nº 177-2011-1er. VR, de fecha 08 de marzo del 2010, del Primer Vicerrector, Geól. José S. Martínez Talledo y la recomendación de la Comisión Académica y de Investigación en su sesión Nº 08-2010 realizada el 08-03-2010; y Estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su sesión extraordinaria Nº 08 del 10 de marzo del 2010; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aprobar la expedición de duplicado del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería Mecánica del señor Martín Wilfredo Ricaldi Vargas otorgado el 07 de junio del 2000, anulándose el diploma otorgado anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese. AURELIO M. PADILLA RIOS Rector NELSON CACHO ARAUJO Secretario General 615601-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA Aprueban el Plan Vial Departamental Participativo 2007 - 2016 de Moquegua actualizado al 2010 (Se publica la presente Ordenanza Regional a solicitud del Gobierno Regional Moquegua, mediante Ofi cio Nº 219-2011-P/GR-MOQ, recibido el 17 de marzo de 2011) ORDENANZA REGIONAL N° 08-2010 CR/GRM Fecha: 24 de junio de 2010 VISTOS: El Acta de Sesión Extraordinaria número quince, de fecha 24 de junio de 2010, del Consejo Regional del Gobierno Regional Moquegua, este Consejo Regional ha tratado, debatido y aprobado por unanimidad la Ordenanza Regional siguiente y: CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú considera en su Art. 197° Las regiones tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización reconoce que la descentralización es una forma de organización democrática y constituye una política permanente de Estado, de carácter obligatorio, que tiene como objetivo fundamental el desarrollo integral del país; con ese propósito se ha otorgado a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.