Norma Legal Oficial del día 23 de marzo del año 2011 (23/03/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 64

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de marzo de 2011

Que, de conformidad con el Articulo 9º de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, en adelante la Ley, se establece la obligatoriedad de publicar en el Diario Oficial "El Peruano" la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado; Que, el articulo 281º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, establece que el OSCE, publicara mensualmente la relacion de proveedores, participantes, postores y contratistas que hayan sido sancionados por el Tribunal en el mes inmediato anterior; Que, estando a lo informado por la Direccion del SEACE respecto de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados, comunicados a dicha Direccion por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de febrero del 2011. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la publicacion de los proveedores, participantes, postores y contratistas sancionados por el Tribunal de Contrataciones del Estado durante el mes de febrero del 2011: 1. SPECTRUM INGENIEROS S.A.C., Mediante Resolucion Nº 225-2011-TC-S1 de 11.02.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 2413-2010TC-S1 del 30.12.2010, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por dar lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004PCM. 2. CONSTRUCTORA Y SERVICIOS GENERALES KUNTUR WASI S.R.L., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber participado en MORDAZA de seleccion sin contar con inscripcion vigente en el Registro Nacional de Proveedores y por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causales tipificadas en los numerales 5) y 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 0612011-TC-S4 del 18.01.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 3. SOTOZA S.R.L., Inhabilitacion por trece (13) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato, causal tipificada en el numeral 2) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, segun Resolucion Nº 066-2011-TC-S4 del 20.01.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 4. MORDAZA DEL ORIENTE S.A.C., Mediante Resolucion Nº 313-2011-TC-S3 de 21.02.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 108-2011TC-S4 del 26.01.2011, que la sanciona con diez (10) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 5. PRO VIGILIA S.A., Mediante Resolucion Nº 3132011-TC-S3 de 21.02.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 108-2011-TC-S4 del 26.01.2011, que la sanciona con diez (10) meses en

sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 6. SERVICIOS Y VIGILANCIA EN GENERAL S.A.C., Mediante Resolucion Nº 313-2011-TC-S3 de 21.02.2011, se declaro improcedente por extemporaneo el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 108-2011-TC-S4 del 26.01.2011, que la sanciona con nueve (09) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 7. MORDAZA CAHUANA; MORDAZA MORDAZA, Mediante Resolucion Nº 386-2011-TC-S4 de 03.03.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 111-2011TC-S2 del 27.01.2011, que la sanciona con siete (07) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el numeral 9) del articulo 294° del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. 8. T Y T INGENIEROS S.R.LTDA., Mediante Resolucion Nº 318-2011-TC-S2 de 22.02.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 114-2011TC-S2 del 27.01.2011, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente. 9. SECURITY ZAK S.A., Mediante Resolucion Nº 387-2011-TC-S1 de 03.03.2011, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por la indicada empresa contra la Resolucion Nº 116-2011-TC-S1 del 27.01.2011, que la sanciona con doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008EF, respectivamente. 10. MAS SEGURIDAD S.R.L., Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 116-2011-TC-S1 del 27.01.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 11. INVERSIONES SICEL S.R.L., Inhabilitacion por dieciseis (16) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentacion falsa y/o inexacta, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley y literal i) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 118-2011-TC-S2 del 28.01.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

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