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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE MARZO DEL AÑO 2011 (26/03/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 88

El Peruano Lima, sábado 26 de marzo de 2011 439764 Características técnicas del equipo ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… Situación actual del equipo ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… Ubicación del equipo ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… Comentarios del representante de OSITRAN ………………………………………………………………………………………. ………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………… Comentarios del representante de la Entidad Prestadora ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………… Firmas: ………………………………………. ………………………………………. Nombre Nombre Representante de OSITRAN Cargo Entidad Prestadora Principio del formulario 1 Final del formulario EXPOSICIÓN DE MOTIVOS DEL REGLAMENTO GENERAL DE SUPERVISIÓN (RGS) DE OSITRAN I ANTECEDENTES Y JUSTIFICACIÓN La Ley Nº 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, otorgó a los Organismos Reguladores, entre otras funciones, el ejercicio de la función de supervisora, con el fi n de verifi car el cumplimiento de las obligaciones legales, contractuales o técnicas de las entidades prestadoras. El literal a) del numeral 7.1 del Artículo 7º - Ley Nº 26917 Ley de Supervisión de la Inversión Privada en Infraestructura de Transporte de Uso Público y Promoción de los Servicios de Transporte Aéreo (Ley de creación de OSITRAN) señala como una de las funciones de OSITRAN, la administración, fiscalización y supervisión de los contratos de concesión con criterios técnicos, desarrollando todas las actividades relacionadas al control posterior de los contratos bajo su ámbito. En este sentido, mediante Resolución de Concejo Directivo de OSITRAN Nº 036-2004-CD-OSITRAN, se aprobó el Reglamento General de Supervisión (RGS), norma que tiene por objeto establecer las normas que rigen la función supervisora de OSITRAN, los derechos y obligaciones de los supervisores, y los procedimientos que se aplicarán los procesos de supervisión. Estando a que el RGS tiene una vigencia aproximada de más de 5 años, se ha podido observar, a través de su aplicación, la existencia de algunos problemas u omisiones que difi cultan una mejor performance de las tareas de supervisión, particularmente en un contexto de nuevas modalidades de concesiones a cargo de OSITRAN, lo cual requiere de una adecuación y precisión en su defi nición. En ese orden de ideas, se ha encontrado que los principales problemas detectados se relacionan con los siguientes aspectos: i. El RGS restringe excesivamente las facultades de supervisión de OSITRAN, lo que impide o reduce la capacidad de OSITRAN para realizar efi cazmente sus funciones (esto se puede observar, por ejemplo, en el tratamiento de la planifi cación y difusión del Plan Anual de Supervisión, de las Acciones de Supervisión No Programadas, y las Acciones de Supervisión Reiterada); ii. El RGS no recoge de manera sufi ciente las atribuciones que le otorga el Decreto Legislativo 807, incluyendo disposiciones que, en los hechos, mediatizan su aplicación y utilidad concreta (como en el caso de las inspecciones sin previo aviso, por ejemplo); iii. El RGS contempla disposiciones de organización interna que no son materias propias de un reglamento de supervisión. Por ello, atendiendo a los problemas detectados, los principales lineamientos y criterios seguidos para la elaboración del nuevo RGS son los siguientes: i. Reorganizar, reagrupar y sistematizar los artículos del RGS en una nueva estructura, en función de áreas temáticas y orden lógico de las actividades a cargo de OSITRAN en materia de supervisión. Asimismo, se eliminan artículos reiterativos o dispersos, y aspectos que no son propiamente materia de un RGS. Con esto se busca otorgar mayor claridad, precisión y simplifi cación al RGS, y principalmente lograr que los funcionarios de OSITRAN puedan cumplir su labor de supervisión de la manera más adecuada y efi caz. ii. Acotar o eliminar las disposiciones que limiten u obstaculicen injustifi cadamente la capacidad o el ejercicio de la actividad de supervisión de OSITRAN. iii. Recoger las mejoras prácticas regulatorias a nivel nacional en materia de supervisión, particularmente en relación con los aspectos identifi cados como problemas o vacíos en el RGS actual. II MODIFICACIONES PROPUESTAS En este contexto, dada la necesidad de reacomodar muchas de sus normas y con la fi nalidad de mejorar la efi ciencia y efi cacia en el cumplimiento de la función supervisora, nuestra entidad ha visto por conveniente, formular un nuevo RGS el cual tiene por objeto incorporar las modifi caciones que resultan necesarias y/o convenientes para facilitar la labor de supervisión de OSITRAN, en función de los problemas y necesidades actuales, y recoger las mejores prácticas regulatorias comparadas a nivel nacional en materia de supervisión. Por ello, mediante la propuesta de Nuevo Reglamento General de Supervisión se propone: i. La Flexibilización de requerimientos para la realización de Actividades de Supervisión no Programadas, que incluyen también a las Inspecciones sin Previo Aviso y las Inspecciones Encubiertas; ii. Eliminación de las disposiciones referidas a la Supervisión Reiterada; iii. Flexibilización de las obligaciones de difusión anticipada del Plan Anual de Supervisión; iv. Eliminación de disposiciones de carácter interno que no se refi eren a aspectos propios de un reglamento de supervisión, tales como reglas de aprobación del Plan Anual de Supervisión, contenido del mismo, entre otros; Sobre la base de esta propuesta normativa, se pretende mejorar la performance de las tareas de supervisión que desarrolla OSITRAN. 619944-1 PROYECTO