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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de mayo de 2011 442065 Autorizan viajes de profesionales de la SUNAT para realizar pasantías en Argentina y Colombia RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 029-2011-EF Lima, 5 de mayo de 2011 Visto el Ofi cio Nº 110-2011-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio Nº 041-2011/SUNAT-100000 de fecha 16 de febrero de 2011, la Titular de la SUNAT hace de conocimiento de la Administración Federal de Ingresos Públicos de Argentina -AFIP, que la SUNAT se encuentra desarrollando un Sistema Integrado de Gestión de la Deuda, cuyo objetivo es optimizar este proceso sobre la base de una cuenta tributaria única, el perfi lamiento del deudor y la virtualización. Este nuevo sistema comprenderá las funcionalidades de varios de los sistemas que se manejan actualmente, por lo que se requiere una estrategia óptima de desarrollo, implantación y migración de información que asegure el éxito del proyecto; Que, en ese sentido, considerando la magnitud y complejidad del proyecto, la SUNAT solicita que su personal pueda realizar una pasantía en la AFIP, toda vez que se encuentra interesada en conocer experiencias exitosas y buenas prácticas de implantación de sistemas tributarios integrados, como el de la Administración Tributaria de Argentina, las que serán de mucha utilidad para la buena planifi cación y enfoque del proyecto; Que, en efecto, el objetivo general de la pasantía es conocer los sistemas integrados de gestión de deuda tributaria y aduanera implantados en otras administraciones tributarias, que puedan ser tomados como referencia para el desarrollo en la SUNAT; Que, mediante correo electrónico de fecha 4 de marzo de 2011, la Directora de Asuntos Internacionales de la AFIP, brinda respuesta favorable para la realización de la pasantía sobre dichas experiencias y prácticas de implantación dirigida a funcionarios de la SUNAT; la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, del 30 de mayo al 3 de junio de 2011, de acuerdo a la confi rmación efectuada por la AFIP mediante correo electrónico de fecha 5 de abril de 2011; Que, en consecuencia, siendo de interés institucional y nacional, la participación del personal de la SUNAT en dicha pasantía, resulta necesario, autorizar el viaje del señor Víctor Eduardo Mendieta Manco, Profesional II de la División de Modelamiento de Sistemas Tributarios, Administrativos y de Gestión de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos; Que, el último párrafo del numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en sus literales precedentes, en el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Ns. 27619 y 29626, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Víctor Eduardo Mendieta Manco, Profesional II de la División de Modelamiento de Sistemas Tributarios, Administrativos y de Gestión de la Gerencia de Desarrollo de Sistemas Tributarios y de Gestión de la Intendencia Nacional de Sistemas de Información, de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, SUNAT, del 29 de mayo al 4 de junio de 2011, a la ciudad de Buenos Aires, República Argentina, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto - TUUA) US$ 622,26 Viáticos US$ 1 200,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado profesional deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del profesional cuyo viaje se autoriza. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por la Presidenta del Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas 636770-7 RESOLUCIÓN SUPREMA N° 030-2011-EF Lima, 5 de mayo de 2011 El Ofi cio Nº 113-2011-SUNAT/1A0000, de la Secretaría General de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, sobre autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, mediante Ofi cio N° 042-2011/SUNAT-100000 de fecha 16 de febrero de 2011, la Titular de la SUNAT hace de conocimiento de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia -DIAN, que la SUNAT se encuentra desarrollando un Sistema Integrado de Gestión de la Deuda, cuyo objetivo es optimizar este proceso sobre la base de una cuenta tributaria única, el perfi lamiento del deudor y la virtualización. Este nuevo sistema comprenderá las funcionalidades de varios de los sistemas que se manejan actualmente, por lo que se requiere una estrategia óptima de desarrollo, implantación y migración de información que asegure el éxito del proyecto; Que, en ese sentido, considerando la magnitud y complejidad del proyecto, la SUNAT solicita que su personal pueda realizar una pasantía en la DIAN, toda vez que se encuentra interesada en conocer experiencias exitosas y buenas prácticas de implantación de sistemas tributarios integrados, como el de la Administración Tributaria de Colombia, las que serán de mucha utilidad para la buena planifi cación y enfoque del proyecto; Que, en efecto, el objetivo general de la pasantía es conocer los sistemas integrados de gestión de deuda tributaria y aduanera implantados en otras administraciones tributarias, que puedan ser tomados como referencia para el desarrollo en la SUNAT; Que, mediante correo electrónico de fecha 5 de abril de 2011, la Jefa de Coordinación de Enlace Local e Internacional de la DIAN, brinda respuesta favorable para la realización de la pasantía sobre dichas experiencias y prácticas de implantación dirigida a funcionarios de la SUNAT; la misma que se llevará a cabo en la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 13 al 17 de junio de 2011, de acuerdo a la confi rmación efectuada por la DIAN mediante correo electrónico de fecha 7 de abril de 2011;