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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 6 de mayo de 2011 442080 Que a través del Decreto Ley Nº 25883 se autorizó al Ministro de Economía y Finanzas a negociar y suscribir con terceros países, en representación del Gobierno Peruano, convenios bilaterales para evitar la doble imposición y prevenir la evasión tributaria; Que al amparo de la citada norma legal, mediante Resolución Ministerial Nº 426-2009-EF-10 de fecha 21 de setiembre de 2009, se designaron como representantes del Ministro de Economía y Finanzas a efectos de intervenir en las negociaciones, así como en los asuntos relacionados con la suscripción y aplicación de los Convenios para Evitar la Doble Imposición y Prevenir la Evasión Fiscal, entre otros, a dos (2) funcionarios de la SUNAT designados por el Superintendente Nacional de Administración Tributaria; Que al respecto, mediante Ofi cio Nº 374-2009- SUNAT/200000, la SUNAT designó como sus representantes a las señoras María del Rosario Egúsquiza Paredes y Nancy Aguirre Arredondo, profesionales de la Intendencia Nacional Jurídica y de la Intendencia Nacional de Cumplimiento Tributario, respectivamente, para los fi nes a que se contrae el considerando precedente; Que en tal sentido, se ha estimado conveniente la participación de la señora María del Rosario Egúsquiza Paredes, Profesional III de la Gerencia de Normas Tributarias de la Intendencia Nacional Jurídica, en la citada ronda de negociaciones; Que el literal a) del numeral 10.1 del Artículo 10° de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, salvo los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, que se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; Que en consecuencia, siendo de interés para el país, resulta necesario por razones de itinerario, autorizar el viaje de la citada trabajadora del 8 al 14 de mayo de 2011; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27619 y 29626, y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; y en uso de las facultades conferidas por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje de la señora María del Rosario Egúsquiza Paredes, Profesional III de la Gerencia de Normas Tributarias de la Intendencia Nacional Jurídica, del 8 al 14 de mayo de 2011, a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto de 2011 de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora María del Rosario Egúsquiza Paredes Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso US$ 1 999,48 de Aeropuerto – TUUA) Viáticos US$ 1 560,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la citada trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional Superintendencia Nacional de Administración Tributaria 635718-1 Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 505 Tacna, 20 de abril de 2011 CONSIDERANDO: Que, conforme lo establecido en el primer párrafo del artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y sus modifi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley Nº 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nº 216-2004/SUNAT; y lo señalado en el numeral 5.4.2 de la Circular Nº 009-2005-SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al Servidor ANDRES FLORENTIN CABRERA ZAPANA como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUGO BARRERA TELLO Intendente Intendencia de Aduana de Tacna 635689-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA Modifican el Reglamento de Supervisión de las Actividades Energéticas y Mineras del OSINERGMIN RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 080-2011-OS/CD Lima, 26 de abril de 2011 VISTO: El Memorando Nº GFGN/ALGN-372-2011 de la Gerencia de Fiscalización de Gas Natural. CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artículo 3º de la Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos, Ley Nº 27332 establece que la función normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERGMIN, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ámbito y en materia de su