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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 7 de mayo de 2011 442175 responsabilidad directiva o de confi anza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad. Que, se encuentra vacante el cargo de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital del Rímac, por lo que con el fi n de darle funcionalidad a dicha área administrativa es necesario designar a un funcionario de confi anza; Con las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972 y el Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y Remuneraciones del Sector Público; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a partir de la fecha al Abog. JOSÉ LUIS CASTRO DIAZ, en el cargo de confi anza de Procurador Público Municipal de la Municipalidad Distrital del Rímac. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Secretaría General y a la Gerencia de Administración y Finanzas, el fi el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ENRIQUE PERAMÁS DÍAZ Alcalde 636896-2 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Disponen el embanderamiento general de inmuebles del distrito por aniversario de su creación política DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010 - 2011/MDSMP San Martín de Porres, 28 de abril del 2011 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTÍN DE PORRES CONSIDERANDO: Que, el 22 de mayo del 2011 se celebra el 61º Aniversario de la creación política del Distrito de San Martín de Porres; Que, con este especial motivo el Gobierno Local ha programado diversas actividades cívicas, entre las que corresponde disponer el embanderamiento general de todos los inmuebles ubicados en la jurisdicción, como una forma de expresar nuestro saludo, identidad y compromiso de continuar trabajando creativamente por el desarrollo distrital y alcanzar las mejores condiciones de vida para todos los vecinos; De conformidad con los artículos 20, inciso 6) y 42 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- DISPONER el embanderamiento general de todos los inmuebles del Distrito de San Martín de Porres, a partir del 09 al 31 de Mayo del presente año, con ocasión de celebrarse el Sexagésimo Primer Aniversario de su creación política. Artículo Segundo.- ENCARGAR a todas las áreas administrativas de la Entidad cumplir con la difusión e implementación del presente Decreto, en lo que les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 637009-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Modifican el TUPA de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2011-MDSM San Miguel, 20 de abril de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el informe Nº 061-2011-GPP/MDSM, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y el memorando Nº 274-2011-GM/MDSM, emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en los artículos 191º y 194° de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de la Reforma Constitucional, concordantes con lo previsto en el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el concejo municipal mediante ordenanza N°074- MDSM aprueba el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de San Miguel y mediante Acuerdo de Concejo Nº 281-MML la Municipalidad Metropolitana de Lima aprueba su ratifi cación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM se aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en los textos únicos de procedimientos administrativos de las entidades públicas, y con Ley Nº 29566, se modifi ca diversas disposiciones de aquellos, con el objeto, entre otros, de garantizar el cumplimiento de las normas sobre la simplifi cación administrativa; Que, el numeral 38.5 del artículo 38º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, dispone que una vez aprobado el texto único de procedimientos administrativos, toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incrementos de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar, en el caso de los gobiernos locales, por decreto de alcaldía, observando el mecanismo establecido en el numeral 38.1 del artículo citado y procediendo a la publicación de la modifi cación introducida; Que, en concordancia con el considerando precedente, el artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concepto municipal; Estando a lo expuesto, con cargo a dar cuenta al concejo municipal, y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º y artículo 42º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA: Artículo 1º.- MODIFICAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado por ordenanza Nº 074-MDSM, respecto de los procedimientos señalados en el anexo único que forma parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo 2º.- PUBLICAR el dispositivo legal en el Diario Ofi cial El Peruano y en simultáneo el texto íntegro del documento en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresa –PSCE (www.psce.gob.pe), en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional (www.munisanmiguel.gob.pe). Artículo 3º.- ENCARGAR a las gerencias y subgerencias de la entidad, el cabal cumplimiento de lo dispuesto. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde 636800-1