TEXTO PAGINA: 24
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de mayo de 2011 442580 la Municipalidad Provincial del Callao y un representante de la sociedad civil. Integran el Equipo Técnico: 1. Gerencia General de Planeamiento, Presupuesto y Racionalización, quien lo presidirá. 2. Gerencia General de Participación Vecinal. 3. Gerencia General de Desarrollo Urbano 4. Gerencia General de Asentamientos Humanos. 5. Gerencia General de Seguridad Ciudadana. 6. Gerencia General de Programas Sociales 7. Gerencia General de Protección del Medio Ambiente 8. Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales 9. Gerencia de Planeamiento 10. Sub Gerencia de Coordinación y Apoyo, Secretario Técnico 11. Un representante de la sociedad civil, elegido por el Equipo Técnico entre los agentes participantes. El Equipo Técnico será asistido por todas las unidades orgánicas de la Municipalidad en forma diligente. 13.2. Responsabilidades del Equipo Técnico.- Son responsabilidades básicas del Equipo Técnico las siguientes: 1. Organizar y ejecutar las diferentes fases del proceso de presupuesto participativo. 2. Preparar la información para el debate en los talleres de trabajo. 3. Capacitar a los agentes sobre las distintas fases del proceso y con especial énfasis al nuevo enfoque de presupuesto por resultados. 4. Asignar el Presupuesto a cada uno de los proyectos propuestos, considerando el techo establecido por el titular de pliego. 5. Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera. 6. Registra los resultados de los talleres que forman parte de las Actas de Acuerdos y Compromisos del Presupuesto Participativo para cada ejercicio. 7. Elaborar el documento fi nal del Presupuesto Participativo. CAPÍTULO IV Artículo 14. DE LOS AGENTES PARTICIPANTES 14.1. Rol y Responsabilidades de los Agentes Participantes.- Los agentes participantes acreditados asumen los siguientes derechos y deberes: 1. Asistir personal y obligatoriamente, titular o alterno acreditado, a las capacitaciones y talleres de trabajo programados, identifi cándose con su credencial y su documento Nacional de Identidad (DNI), en cada fecha. 2. Respetar las reglas internas y metodología de las capacitaciones y talleres de trabajo, establecidas por el Equipo Técnico. 3. Intervenir de manera responsable, democrática y objetiva en los debates, defi nición y priorización de los resultados presentados en los talleres del Proceso del Presupuesto Participativo. 4. Participar activamente en el debate, defi nición, priorización, y toma de decisiones respecto de los resultados a ser priorizados en el proceso, así como de los proyectos a ser considerados para contribuir al logro de dichos resultados. 5. Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. 6. Otros que demanden el proceso CAPÍTULO V Articulo 15. Del Consejo de Coordinación Local Provincial.- El Consejo de Coordinación Local Provincial es la instancia que coordina y promueve el Proceso del Presupuesto Participativo, garantizando la participación ciudadana y el cumplimiento de los compromisos asumidos. 15.1. Rol y Responsabilidades del Consejo de Coordinación Local Provincial. El rol y responsabilidades del Consejo de Coordinación Local Provincial son los siguientes: 1. Participar y promover activamente en el proceso de presupuesto participativo. 2. Responder a las convocatorias que se realizan en el marco del proceso de presupuesto participativo en sus diferentes fases. 3. Coordinar la incorporación de los proyectos de inversión en el Presupuesto Institucional correspondiente. 4. Apoyar al Comité de Vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el Presupuesto Participativo. CAPÍTULO VI Artículo 16. COMITÉ DE VIGILANCIA EN EL PROCESO 16.1. De la Conformación del Comité de Vigilancia.- El Comité de Vigilancia es elegido entre los agentes participantes acreditados de la sociedad civil o institución privada, que hayan cumplido con el 100% de asistencia a las capacitaciones y talleres de trabajo. El comité de vigilancia estará compuesto por cuatro (04) agentes participante elegidos democráticamente por un periodo de dos (02) años, se procurará la participación de mujeres a fi n de cumplir con los principios de igualdad de oportunidades y equidad. 16.2. De las Funciones del Comité de Vigilancia.- El Comité de Vigilancia, realiza acciones de vigilancia ciudadana del presupuesto participativo y del cumplimiento de acuerdos del proceso; vigilará que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población en el marco de los resultados identifi cados, incluyendo los niveles de cobertura alcanzados, así mismo que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión, incluidos en el proceso participativo. 16.3. Otros Actores de Vigilancia y Control.- Participan también en la vigilancia del proceso de Presupuesto Participativo, la Contraloría General de la República, la Dirección Nacional del Presupuesto Público y el Concejo Municipal, entes que supervisan, instruyen y fi scalizan, respectivamente, el cumplimiento del proceso del Presupuesto Participativo. CAPÍTULO VII Artículo 17. De las Sanciones.- 17.1. Las causales de sanción y sanciones son las siguientes: a. Inasistencia injustifi cada a un taller. Perderá derecho a voto en los talleres de trabajo. b. Intervenir como orador sin inscribirse previamente. Se le inhabilitará como orador en el siguiente taller. c. Agresión verbal u ofensas a otros participantes, expositores y/o miembros del Equipo Técnico. Será retirado del taller y quedará inhabilitado para participar en todo el proceso. CAPÍTULO VIII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Se faculta al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía regule, modifi que, y/o precise el presente Reglamento, incluyendo la aprobación de nuevos formatos y el cronograma específi co para el desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados en la Provincia Constitucional del Callao. Segunda.- Los resultados del Presupuesto Participativo serán publicados en el portal electrónico de la Municipalidad Provincial del Callao, http://www.municallao.gob.pe y el aplicativo informático del Ministerio de Economía y Finanzas. Tercera.- Todo asunto no previsto en el presente reglamento, será resuelto por el Equipo Técnico, en estricto cumplimiento de la normatividad vigente. Cuarta.- Excepcionalmente en el presente ejercicio se da inicio al desarrollo del Proceso de Presupuesto Participativo 2012, en forma paralela a la elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial, quienes se incorporan en cuanto culmine el proceso de elección. Quinta.- El presente Reglamento tiene el carácter de multianual y entrará en vigencia al día siguiente de su Publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. ANEXOS (Con carácter de declaración jurada) ANEXO Nº 1. Ficha de Inscripción Registro de Agentes Participantes – Población Organizada. ANEXO Nº 2. Ficha de Inscripción Registro de Agentes Participantes – Población No Organizada. ANEXO Nº 2.1 Libro Padrón con fi rma de Adherentes. ANEXO Nº 3. Ficha de Inscripción - Registro de Agentes Participantes - Entidades Públicas, Privadas y Colegios Profesionales. 640249-1