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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de mayo de 2011 442579 con un máximo de dos intervenciones. La segunda ronda se hará efectiva si se agotó la primera ronda de todos los inscritos para esa fecha. 10.3. Modalidad de Intervención.- Los agentes participantes (titular ó alterno), debidamente registrados ante el equipo técnico podrán intervenir con un máximo de 02 preguntas en los talleres del presupuesto participativo, de acuerdo a los mecanismos implementados durante los talleres. 10.4. El Plan de Desarrollo Concertado.- Según corresponda, se elabora, se ajusta, se actualiza y se difunde. 10.5. Identifi cación y Priorización de Resultados.- El taller se inicia con la presentación por el equipo técnico de un diagnostico, el cual enriquecido con las opiniones de los agentes participantes permitirá ser usado en la identifi cación y priorización de resultados. El resultado está vinculado a la solución de un problema prioritario de la población. El equipo técnico presenta una relación de resultados tentativos esperados. Los siguientes deben considerarse como resultados ya identifi cados, priorizados y analizados en el marco del presupuesto por resultados, a saber: 1. Reducción de la desnutrición crónica infantil. 2. Seguridad Ciudadana. 3. Competitividad para la micro y pequeña empresa. 4. Accidentes de Tránsito. 5. Acceso a los servicios básicos y oportunidades de mercado. 6. Logros de aprendizaje al fi nalizar el III ciclo de Educación Básica Regular. 7. Gestión ambiental prioritaria. Considerando el diagnóstico, los agentes participantes deberán priorizar los resultados utilizando los siguientes criterios: 1. Impacto de los problemas; priorizado en el ámbito territorial donde se propone ejecutar el proyecto y la sustentación de cómo el proyecto contribuye a su solución. 2. Población afectada; nivel de pobreza extrema o vulnerabilidad, los cuales deben tener la más alta prioridad. 3. Los problemas identifi cados deben enmarcarse dentro de los objetivos identifi cados en los documentos de gestión que rigen a la Provincia Constitucional del Callao. Los resultados priorizados orientaran la evaluación técnica a realizarse por el equipo técnico y la defi nición de priorización de proyectos. De esta fase se obtiene un informe con los resultados identifi cados y priorizados. 10.6. Evaluación Técnica de Proyectos.- Esta fase comprende la evaluación técnica de la cartera de proyectos que tiene la Entidad y que deben ser propuestos como contributivos al logro de los resultados priorizados, el resultado de esta fase es una lista de proyectos para ser discutidos en los talleres de priorización y formalización de acuerdos; focalizándose en los siguientes análisis: - Cartera de proyectos vinculados a los resultados priorizados que cumplan con las normas del Sistema Nacional de Inversión Pública, así como los criterios de alcance cobertura y monto de inversión establecidos. - Proyectos que no cuenten con declaratoria de viabilidad y respondan a los criterios de priorización. - Propuestas de inversión no pertinentes y por tanto que no exista en la cartera de proyectos alternativa de solución; el equipo técnico propone las alternativas y coordina la elaboración del estudio de preinversión. El equipo técnico presenta la lista de proyectos que superaron la evaluación técnica, que se ajustan los criterios de impacto, clasifi cados de mayor a menor, siendo los mayores los más prioritarios considerando el costo y cofi nanciamiento. 10.7. Asignación de Presupuesto.- Un vez identifi cada la cartera de proyectos de inversión y teniendo los costos totales y cronograma de ejecución, se asignará el Presupuesto a cada uno de los proyectos; teniendo en cuenta el limite de la asignación presupuestaria del presupuesto participativo. Los proyectos de inversión que no cuentan con fi nanciamiento, se constituyen en una lista de proyectos alternativos, que deben recogerse en el acta de formalización de acuerdo y compromisos para su consideración en el Presupuesto participativo del siguiente año. En la ejecución, de existir mayor disponibilidad presupuestaria deben incorporar al Presupuesto y ejecutarlo. 10.8. Priorización de Proyectos de Inversión.- En base a los proyectos viables técnicamente presentados por la Municipalidad, los agentes participantes procederán a la priorización de proyectos de acuerdo a los problemas identifi cados y los resultados priorizados, en el marco del Presupuesto Participativo Basado en Resultados. Se otorgará prioridad a los proyectos de inversión del banco de proyectos de la Municipalidad, los cuales serán debatidos y a su vez priorizados por los agentes participantes. Los agentes participantes, con el apoyo del equipo técnico asignarán los puntajes para poder priorizar los resultados y califi car los proyectos que formaran parte del Presupuesto Participativo del ejercicio siguiente. A los diferentes proyectos presentados se les asignará un puntaje acordado por los agentes participantes, siendo el puntaje máximo de cien (100) puntos, luego se ordenarán de mayor a menor siendo los más prioritarios los de mayor puntaje. 10.9. Formalización de Acuerdos y Compromisos.- El equipo técnico elabora el Acta de Acuerdos y Compromisos del presupuesto participativo. El equipo técnico y los agentes participantes procederán a realizar la aprobación respectiva del Presupuesto Participativo y suscribirán el Acta de Acuerdos y Compromisos correspondiente; debiendo fi rmar todos los asistentes. A este nivel del desarrollo del Presupuesto Participativo se eligen los representantes, que conforman el Comité de Vigilancia del Presupuesto Participativo. La remisión del documento Presupuesto Participativo, conteniendo entre otros el Acta de Acuerdos y Compromisos se efectuará de acuerdo a las instrucciones de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. De igual modo dichos resultados ser publicarán a través del aplicativo Web del Ministerio de Economía y Finanzas. 10.10. Sostenibilidad y Multianualidad.- La priorización de los proyectos de inversión debe tomar en cuenta la efectiva disponibilidad de los recursos y la sostenibilidad de su financiamiento, incluyendo los gastos que requiera su mantenimiento, con un horizonte multianual. Artículo 11. Fase de Coordinación Entre Niveles de Gobierno.- Se efectúan coordinaciones que sean necesarias para defi nir acciones de intervención en materia de inversión, entre niveles de gobierno; respetando competencias y procurando economía de escala y concertación de esfuerzos. Artículo 12. Fase de Formalización.- Comprende la inclusión de los proyectos de inversión priorizados y con fi nanciamiento previsto en el Presupuesto Institucional de Apertura del Ejercicio siguiente, así como la rendición de cuentas respecto del cumplimiento de los acuerdos y compromisos del año anterior. 12.1. Inclusión de Proyectos en el Presupuesto Institucional.- Los proyectos de inversión pública priorizados en el proceso del Presupuesto Participativo constituyen parte del Acta de Acuerdos y Compromisos, los mismos que deberán ser incluidos en el Presupuesto Institucional de la Municipalidad. El resultado del Proceso Participativo se adjuntará al Presupuesto Institucional de Apertura del ejercicio siguiente, debiendo remitirse a la Contraloría General de la República, Comisión de Presupuesto del Congreso de la República y Dirección Nacional del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. 12.2. Rendición de Cuentas.- La rendición de cuentas constituye un mecanismo de corresponsabilidad entre autoridades y la sociedad civil, permite evaluar el desarrollo del proceso; es responsabilidad del Alcalde Provincial o su representante informar a los agentes participantes sobre el cumplimento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. Los resultados del presupuesto participativo y rendición de cuentas, se darán a conocer a la opinión pública, pudiendo elaborar diversos documentos que aseguren el conocimiento mayoritario de los resultados del proceso participativo. La difusión del cumplimiento del proceso se realizará a través del registro de la información respectiva en el aplicativo Web del Ministerio de Economía y Finanzas, según las instrucciones de la Dirección Nacional de Presupuesto Público. CAPÍTULO III Articulo 13. DEL EQUIPO TÉCNICO 13.1. Conformación del Equipo Técnico.- El Equipo Técnico esta conformado por profesionales y/o técnicos de