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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 16 de mayo de 2011 442572 ORGANOS AUTONOMOS SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de la empresa A Y L Corredores de Seguros S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros RESOLUCIÓN SBS Nº 4445-2011 Lima, 14 de abril de 2011 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la señora Laura Armida López Díaz de Vásquez para que se autorice la inscripción de la empresa A Y L CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1797-2011 de fecha 10 de febrero de 2011, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos formales exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Evaluación Interna de Expedientes Nº 001-2011-RESS celebrada el 5 de enero de 2011 en concordancia con lo dispuesto en el artículo 10º del Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros ha califi cado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modifi catorias; en virtud de la facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005. RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Sección II: De los Corredores de Seguros B: Personas Jurídicas, numeral 3 Corredores de Seguros Generales y de Personas a la empresa A Y L CORREDORES DE SEGUROS S.A.C. con matrícula Nº J-0715 cuya representación será ejercida por la señora Laura Armida López Díaz de Vásquez con Nº de Registro N-3244. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA Superintendente Adjunto de Seguros 639292-1 Autorizan al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura y cierre de oficinas especiales en los departamentos de Puno y Tacna RESOLUCIÓN SBS Nº 6068-2001 Lima, 11 de mayo de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco Internacional del Perú - Interbank para que esta Superintendencia autorice la apertura y cierre de ofi cinas según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, el referido Banco ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta el pedido formulado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria “D”; y, De conformidad con lo dispeusto por los artículños 30° y 32° de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de la facultad delegada mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank la apertura de una ofi cina especial, según se indica. - Ofi cina especial Recaudadora Universidad Andina de Juliaca, sito en: Pasaje de la Cultura s/n, edifi cio El Camping, tercer piso, distrito de Juliaca, provincia San Román, departamento de Puno. Artículo Segundo.- Autorizar al Banco Internacional del Perú - Interbank el cierre de una ofi cina especial, según se indica: - Ofi cina especial Zofra - Tacna, sito en: Instalaciones de la Zona de Tratamiento Especial y Comercial de Tacna, ZOTAC, ubicada en el kilómetro 1303 de la Panamericana Sur, distrito, provincia y departamento de Tacna. Regístrese, comuníquese y publíquese. RUBÉN MENDIOLAZA MOROTE Intendente General de Banca 639978-1 GOBIERNOS LOCALES PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Aprueban Reglamento para Representantes de las Organizaciones de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Provincial ORDENANZA MUNICIPAL Nº 008-2011 Callao, 28 de abril de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO POR CUANTO: El CONCEJO MUNICIPAL PROVINCIAL DEL CALLAO, en Sesión Ordinaria celebrada el 28 de abril de 2011, con el voto UNANIME de sus integrantes, en ejercicio de las facultades que la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y el Reglamento de Organización Interior del Concejo, aprobado por Ordenanza Municipal Nº 000034- 2004 le confi eren y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA REPRESENTANTES DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, ANTE EL CONSEJO DE COORDINACION LOCAL PROVINCIAL Artículo 1º.- Apruébase la Ordenanza Municipal que aprueba el Reglamento para Representantes de las