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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de mayo de 2011 442832 Artículo 3º.- Autorización 3.1 Los Titulares de los Pliegos habilitador y habilitados comprendidos en el presente dispositivo, aprueban mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 2° de la presente norma, a nivel funcional programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada a los organismos señalados, en el numeral 23.2 del artículo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces solicitará a la Dirección General del Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de ingresos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. 3.3 la Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos respectivos instruirá a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4º.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el presente dispositivo, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5º.- De la suspensión de normas Déjese en suspenso las disposiciones administrativas y fi scales generales y específi cas que se opongan o limiten la aplicación de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 6º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia será refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de mayo del año dos mil once. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República ROSARIO DEL PILAR FERNÁNDEZ FIGUEROA Presidenta del Consejo de Ministros y Ministra de Justicia ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Economía y Finanzas OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 642816-3 AGRICULTURA Designan Asesor de la Alta Dirección del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0197-2011-AG Lima, 18 de mayo de 2011 CONSIDERANDO: Que, se ha visto por conveniente designar a un Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo N° 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 21 de mayo de 2011, al señor Luis Antonio Alvarez Salcedo, como Asesor de la Alta Dirección del Ministerio de Agricultura. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE VILLASANTE A. Ministro de Agricultura 642751-1 Designan responsable del Libro de Reclamaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL y del cumplimiento de lo dispuesto en el D.S. Nº 042-2011-PCM RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 036-2011-AG-AGRO RURAL-DE Lima, 18 de mayo de 2011 VISTO: El Informe Nº 056-2011-AG-AGRO RURAL-OAJ, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 042-2011- PCM, se estableció la obligatoriedad de las entidades de la Administración Pública de contar con un Libro de Reclamaciones, como mecanismo de participación ciudadana para asegurar la efi ciencia del Estado y salvaguardar los derechos de los usuarios frente a la atención en los trámites y servicios que se les brinda; Que, el artículo 5º del citado Decreto Supremo, establece que mediante resolución del titular de la entidad se designará al responsable del Libro de Reclamaciones; Que, siendo que el Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL atiende usuarios en diversos trámites y servicios requeridos por éstos, corresponde que se designe al responsable antes mencionado, a fi n que se dé cumplimiento a la norma antes glosada; Por los fundamentos expuestos, con la visación de las Ofi cinas de Administración, y Asesoría Jurídica, y en aplicación de las atribuciones conferidas por la Resolución Ministerial Nº 1120-2008-AG que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al Jefe de la Unidad de Logística y Patrimonio como responsable del Libro de Reclamaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, y del cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 042-2011-PCM. Artículo Segundo.- DISPONER el registro de la presente en el portal institucional. Regístrese, publíquese y comuníquese. RODOLFO LUIS BELTRAN BRAVO Director Ejecutivo Programa de Desarrollo Productivo Agro Rural - AGRO RURAL 642270-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Dejan sin efecto la R.M. Nº 049-2010- MINCETUR/DM RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 150-2011-MINCETUR/DM Lima, 17 de mayo de 2011