Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2011 (15/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
REQUISITOS NUMERO Y

453361

Modificacion Via Simplificacion: En la Columna DENOMINACION

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA
Aprueban zonificacion para el establecimiento de MORDAZA de servicios publicos (OU) para viabilizar las inversiones privadas en el ambito de la provincia de Mariscal MORDAZA
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2011-MPMN MORDAZA, 30 de setiembre de 2011 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL MORDAZA POR CUANTO: VISTOS: En Sesion Ordinaria del 24-09-2011, el Dictamen Nº 008-2011-CODUA/MPMN de Registro N 0263922011, de la Comision de Desarrollo MORDAZA Ambiental del Concejo Municipal, y demas actuados; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado, consagra el concepto de Autonomia Municipal, senalando que las Municipalidades Provinciales y Distritales son los organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en el Numeral 8 de su Articulo 9º, establece que son atribuciones del Concejo Municipal aprobar, modificar o derogar las ordenanzas; Que, de acuerdo con lo establecido en el Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las Municipalidades Provinciales son competentes en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo y especificamente para aprobar los planes urbanos de la MORDAZA y los esquemas de zonificacion en areas urbanas; Que, los planes de acondicionamiento territorial y desarrollo MORDAZA son instrumentos normativos necesarios para establecer la politica de desarrollo MORDAZA de la ciudad; estos instrumentos deben atender a las necesidades economicas y el continuo crecimiento de las zonas urbanas que requieren la implementacion inmediata de medidas orientadas a lograr que dicho crecimiento sea ordenado y a evitar problemas de carencia de infraestructura y servicios, derivados de la ausencia de una adecuada planificacion; Que, conforme a lo establecido en el Articulo 88º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, corresponde a las Municipalidades Provinciales dentro del territorio de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble en MORDAZA con el bien comun; Que, conforme a lo establecido en el articulo 89º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las tierras que son susceptibles de convertirse en urbanas solamente pueden destinarse a los fines previstos en la zonificacion aprobada por la Municipalidad Provincial, los Planes Reguladores y el Reglamento Nacional de Edificaciones. Todo proyecto de urbanizacion, transferencia o cesion de uso, para cualquier fin, de terrenos urbanos y suburbanos, se sometera necesariamente a la aprobacion municipal; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1002 se declaro de interes nacional y necesidad publica el desarrollo de nueva generacion electrica mediante el uso de Recursos Energeticos Renovables (RER) para mejorar la calidad de MORDAZA de la poblacion y proteger el medio ambiente, mediante la promocion de la inversion en la produccion de electricidad;

· Eliminar el requisito g) Recibo de pago por inspeccion ocular: por derecho de autorizacion de instalacion de elementos de seguridad. · Modificar el requisito a) : Dice: Solicitud dirigida al MORDAZA con la firma de los integrantes de la Junta Vecinal y/o representantes de la agrupacion vecinal recurrente. Debe decir: Solicitud dirigida al MORDAZA con la firma de los integrantes de la Junta Vecinal y/o representantes de la agrupacion vecinal recurrente, consignando el Numero de Recibo por Derecho de Tramitacion. Que, estando con la conformidad de la Sub Gerencia de Planeamiento y Racionalizacion ­ Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, mediante el Informe Nº 0242011-SGPYR-GPYP-MDLP y de la Gerencia Municipal mediante Informe Nº 147-2011-GM-MDLP; Estando a lo expuesto en uso de las facultades conferidas por el numeral 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; SE DECRETA: Articulo Primero.- Aprobar la modificacion, Via Simplificacion, del Procedimiento Nº 124 -"Autorizacion Provisional para Uso de Elementos de Seguridad ", correspondiente a la Gerencia de Seguridad, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA), de la Municipalidad Distrital de La MORDAZA, aprobado mediante Ordenanza N° 017-2011-MDLP, consistente en lo siguiente: Modificacion Via Simplificacion: En la Columna DENOMINACION REQUISITOS NUMERO Y

· Eliminar el requisito g) Recibo de pago por inspeccion ocular: por derecho de autorizacion de instalacion de elementos de seguridad. · Modificar el requisito a) : Dice: Solicitud dirigida al MORDAZA con la firma de los integrantes de la Junta Vecinal y/o representantes de la agrupacion vecinal recurrente. Debe decir: Solicitud dirigida al MORDAZA con la firma de los integrantes de la Junta Vecinal y/o representantes de la agrupacion vecinal recurrente, consignando el Numero de Recibo por Derecho de Tramitacion. Articulo Segundo.- Aprobar el Anexo (Formato TUPA), que forma parte integrante del presente Decreto. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Secretaria General la publicacion del Texto del Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia despues de la ratificacion de la Municipalidad Provincial del Callao. Articulo Quinto.- Encargar a las Areas competentes la publicacion del presente Decreto de Alcaldia, en el MORDAZA Institucional, en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas ­ PSCE y el MORDAZA del Estado Peruano. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 715856-1

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