Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2011 (15/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

453359

la declaracion de "dejar sin efecto" la Resolucion Nº 8432005-RASS. En consecuencia, la citada resolucion ha incurrido en vicios de nulidad comprendidos en el Articulo 10º de la Ley Nº 27444, senala que son vicios del acto administrativo, que causan su nulidad de pleno derecho, "1) La contravencion a la Constitucion, a las leyes o a las normas reglamentarias; 2) El defecto o la omision de alguno de sus requisitos de validez, salvo que se presente alguno de los supuestos de conservacion del acto a que se refiere el Articulo 14º de la Ley Nº 27444; 3) Los actos expresos o los que resulten como consecuencia de la aprobacion automatica o por silencio administrativo positivo, por los que se adquiere facultades, o derechos, cuando son contrarios al ordenamiento juridico, o cuando no se cumplen con los requisitos, documentacion o tramites esenciales para su adquisicion y 4) Los actos administrativos que MORDAZA constitutivos de infraccion penal, o que se dicten como consecuencia de la misma"; Que, en consecuencia teniendo en cuenta los Articulos 10º y 202º de la Ley Nº 27444, el cual establece que la Nulidad de Oficio es declarada por el Superior Jerarquico de quien expide el acto administrativo cuya nulidad se determina, salvo en el presente caso teniendo en cuenta que la indicada Resolucion Nº 1198-2010-RASS ha sido suscrita por la MORDAZA autoridad en cuyo caso corresponde al mismo despacho de Alcaldia emitir la Resolucion que declare su Nulidad; Que, el Articulo 202º en sus numerales 202.3) y 202.4) dispone que la facultad para declarar la nulidad de oficio de los actos administrativos prescribe al ano, contado a partir de la fecha en que hayan quedado consentidos y que en caso de que MORDAZA prescrito el plazo previsto en el numeral anterior, solo procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial via el MORDAZA contencioso administrativo, siempre que la demanda se interponga dentro de los dos (2) anos siguientes a contar desde la fecha en que prescribio la facultad para declarar la nulidad en sede administrativa; Que, asimismo, se debe indicar que conforme a la Ley Organica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, es una atribucion del MORDAZA (numeral 1 del Articulo 20º) defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos, en consecuencia teniendo en cuenta que la declaracion contenida en el Articulo 1º de la Resolucion Nº 1198-2010-RASS carece de sustento legal conforme se ha senalado, corresponde a la MORDAZA autoridad declarar la nulidad de la Resolucion Nº 1198-2010RASS de fecha 16.12.2010, por lo que en concordancia a lo dispuesto en el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades debera emitirse la resolucion de Alcaldia correspondiente; Que, conforme senala el numeral 11.3) del Articulo 11º de la acotada Ley Nº 27444, debera disponerse en la Resolucion que declara la Nulidad de oficio, que se realicen los actos administrativos que resulten pertinentes a efectos de que se determine la responsabilidad de los funcionarios que intervinieron en la emision de la Resolucion Nº 1198-2010-RASS del 16.12.2010, al existir supuesta responsabilidad administrativa al no sustentarse debidamente la declaracion de "dejar sin efecto" la Resolucion Nº 843-2005-RASS, toda vez que al emitirse la Resolucion Nº 1198-2010-RASS no se ha efectuado la debida valoracion de argumentos en los que se sustentaba la declaracion de Habilitacion MORDAZA de Oficio, por lo que debera de ponerse a conocimiento de la Comision Especial de ,Procesos Administrativos Disciplinarios, de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a efectos de que determine el inicio del procedimiento administrativo sancionador correspondiente; Que, el Articulo 43º de la Ley Organica de Municipalidades, establece que mediante las resoluciones de alcaldia se aprueban y resuelven los asuntos de caracter administrativo, por lo que en uso de las facultades que confiere el Articulo 20° numeral 1) y 6) de la Ley Organica de Municipalidades ­Ley N° 27972, y estando a los extremos del Informe Nº 1057-2011-GAJ-MSS del 08.11.2011 de la Gerencia de Asesoria Juridica;

Articulo Primero.- DECLARAR la improcedencia por extemporanea las impugnaciones presentadas por la denominada Junta de Propietarios de la Urb. MORDAZA Modesta; el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Manco y otros, a traves del cual se solicita la nulidad de la Resolucion Nº 1198-2010-RASS y su modificatoria Resolucion Nº 5482011-RASS, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Segundo.- DECLARAR la NULIDAD DE OFICIO de la Resolucion Nº 1198-2010-RASS del 16.12.2010, que deja sin efecto la Resolucion Nº 843-2005RASS del 28.12.2005 y que declaro la habilitacion MORDAZA de oficio del terreno de propiedad de la Sucesion Lariena MORDAZA, ubicado en el Sector 2, que comprende el area util y area de vias, con un area de 30,000.00 m2, Sector D del Fundo El Salitre, inscrito en la Partida Nº 44702924 del Registro de la Propiedad Inmueble, conforme a los Planos U-01, P-01 y L-01 y su modificatoria Resolucion Nº 5482011-RASS del 26.5.2011, conforme a los fundamentos expuestos en la presente Resolucion. Articulo Tercero.- PONER a conocimiento de la Comision Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios de conformidad a lo dispuesto en la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, aprobado mediante el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, a efectos de que determine el inicio del procedimiento administrativo sancionador correspondiente, debiendo remitirse MORDAZA certificada de los actuados administrativos materia de la presente Resolucion, teniendo en cuenta que la Resolucion Nº 1198-2010-RASS ha incurrido en causal de Nulidad de Oficio. Articulo Cuarto.- OFICIAR a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP - MORDAZA Registral IX Sede MORDAZA, el contenido de la presente resolucion. Articulo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolucion a Secretaria General, Gerencia Municipal y a la Gerencia de Desarrollo Urbano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 716125-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 012-2011-CDB, que otorga incentivos para la regularizacion voluntaria en la MORDAZA de declaraciones juradas de autoavaluo del Impuesto Predial para omisos o quienes rectifiquen valor y/o uso
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009-2011-MDB-AL Bellavista, 28 de octubre de 2011 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA. CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 0122011-CDB de fecha 31 de agosto del presente ano, se

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.