Norma Legal Oficial del día 15 de noviembre del año 2011 (15/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 15 de noviembre de 2011

Modifican el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Publicas de Valores Mobiliarios
RESOLUCION SMV Nº 004-2011-EF/94.01.1 MORDAZA, 11 de noviembre de 2011 VISTOS: El Expediente N° 2007026474 y el Informe Conjunto N° 687-2011-EF/94.06.3/94.04.1, presentado por la Direccion de Emisores y la Oficina de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, corresponde a la Superintendencia del MORDAZA de Valores promover el MORDAZA de valores asi como la adecuada proteccion al inversionista, lo que implica crear las facilidades necesarias para el desarrollo de mayores alternativas de financiamiento con adecuados estandares de revelacion de informacion; Que, mediante Ley N° 29782, Ley de Fortalecimiento de la Supervision del MORDAZA de Valores, publicada el 28 de MORDAZA de 2011, en adelante Ley de Fortalecimiento, se sustituyo la denominacion de Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, por la de Superintendencia del MORDAZA de Valores ­ SMV, y modifico el Texto Unico Concordado de la Ley Organica de la entonces Comision Nacional Supervisora de Empresas y Valores ­ CONASEV, aprobado por Decreto Ley N° 26126; hoy Superintendencia del MORDAZA de Valores; Que, el articulo 5, literal b), de la Ley Organica senalada en el parrafo precedente establece que constituye una atribucion del Directorio de la Superintendencia del MORDAZA de Valores aprobar la normativa del MORDAZA de valores, MORDAZA de productos y sistema de fondos colectivos, asi como aquellas a que deben sujetarse las personas naturales y juridicas sometidas a la supervision de la Superintendencia; Que, de acuerdo con el MORDAZA MORDAZA normativo es el Directorio el que resulta competente para aprobar las normas que determinen la documentacion e informacion a presentarse, segun lo dispuesto en el articulo 12 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, para el cumplimiento de los tramites de inscripcion de valores o, en su caso, de registro del prospecto informativo, asi como tambien, para establecer, en el manual al que se refiere el articulo 7 de dicha MORDAZA, los casos en que el plazo del tramite podra ser mayor o en los que el tramite sera de aprobacion automatica o de evaluacion previa con silencio administrativo positivo; Que, el Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios establece que se incluiran en el manual, entre otros, las interpretaciones del Directorio, los requisitos y criterios para la aplicacion de las normas que se establezca en dicho Reglamento. Asi, mediante Resolucion Gerencia General N° 211-98-EF/94.11, se aprobo el Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Publicas de Valores Mobiliarios; Que, mediante la Resolucion CONASEV N° 0792008-EF/94.01.1 se aprobo el Reglamento de Oferta Publica Primaria dirigida exclusivamente a inversionistas acreditados, estableciendose en el articulo 1° de dicho reglamento que la MORDAZA regula las ofertas publicas que se dirijan a inversionistas acreditados asi como aquellas que se dirijan a un segmento de acreditados, conformado solo por inversionistas institucionales; Que, la Resolucion CONASEV Nº 079-2008EF/94.01.1 MORDAZA mencionada, modifico adicionalmente la Setima Disposicion Final del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10 incorporando a los Qualified Institutional Buyer a los que se refiere la Regla 144A de la Comision Nacional de Valores de los Estados Unidos de MORDAZA ("U.S. Securities and

Exchange Commission" ­ SEC) como inversionistas institucionales; Que, con fecha 28 de junio del 2008 se expidio el Decreto Legislativo Nº 1061, el mismo que modifico la Ley del MORDAZA de Valores incorporando en el articulo 87 una disposicion que exonera de la participacion del representante de los obligacionistas en toda oferta publica de bonos, incluidos los de arrendamiento financiero, que se encuentre dirigida a inversionistas institucionales, categoria de inversionistas que estan comprendidos como una parte del universo de los Inversionistas Acreditados; Que, de acuerdo con lo previsto en el articulo 79 de la Ley del MORDAZA de Valores, el articulo 33 y la Setima Disposicion Final del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios resulta posible la existencia de una oferta de caracter internacional que sea lanzada bajo la Regla 144A de la Comision Nacional de Valores de los Estados Unidos de MORDAZA y que, a su vez, tenga un tramo de colocacion de los valores dentro del territorio nacional, dirigiendo la oferta exclusivamente a inversionistas institucionales peruanos; Que, con el proposito de hacer posible el desarrollo de las ofertas publicas primarias de valores mencionadas precedentemente, resulta necesario incorporar en la seccion correspondiente del Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Publicas de Valores Mobiliarios, los requisitos exigibles a ofertas publicas primarias de valores realizadas en el MORDAZA local como ofertas asi como de aquellas ofertas con tramos de colocacion en el MORDAZA peruano y en el MORDAZA extranjero que se efectuen al MORDAZA de la Regla 144A de la U.S. Securities and Exchange Commission ­ SEC; y Que, de otro lado, con relacion a las ofertas publicas primarias, la MORDAZA Disposicion Final del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios establece que en el caso de valores tipicos, puede establecerse formatos y modelos de los documentos e informacion que corresponda presentar de acuerdo con lo dispuesto en dicho Reglamento, con el fin de facilitar su cumplimiento; Que, en ese objetivo con la finalidad de promover una mayor oferta publica de instrumentos de corto y largo plazo, mediante Resolucion CONASEV N° 083-2010-EF/94.01.1 y Resolucion CONASEV N° 060-2011-EF/94.01.1 se modificaron los articulos 13 y 14 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios permitiendose la aprobacion automatica de tramites anticipados de valores representativos de derechos de credito cuyo plazo de vencimiento sea no mayor a un ano; y, de siete dias, con silencio administrativo positivo, en caso se oferten bonos corporativos; asi como la aprobacion automatica de la inscripcion del valor y/o registro del prospecto para el caso de los valores representativos de derechos de credito cuyo plazo de vencimiento sea no mayor a un ano a inscribirse en el MORDAZA de un tramite general; Que, si bien el plazo para la inscripcion de los valores y el registro de los prospectos complementarios correspondientes a cada una de las emisiones a ser realizadas en el MORDAZA del programa de emision es de 5 dias utiles en el caso de instrumentos de corto plazo considerados como valores tipicos de entidades no calificadas, es legalmente posible determinar un plazo de inscripcion menor o incluso automatico para este supuesto en caso de realizarse el tramite bajo el sistema e-prospectus; Que, mediante Resolucion Gerencia General N° 0252010-EF/94.01.2, se aprobaron e incorporaron en el numeral II del literal D de la Seccion Tercera del Manual para el Cumplimiento de los Requisitos Aplicables a las Ofertas Publicas de Valores Mobiliarios, los formatos de acto de emision electronico, acto MORDAZA de emision electronico y su correspondiente acto complementario electronico de instrumentos de corto plazo, que son utilizados a traves del Sistema MVNet de conformidad con lo establecido en los articulos 13 y 14 del Reglamento de Oferta Publica Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, y a los que se refiere el articulo 4, inciso b), numeral 2 de la Resolucion CONASEV Nº 141-98-EF/94.10;

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