Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453689

numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1626-2011-TC-S1 del 21.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 25. MORDAZA DELGADO; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1627-2011TC-S1 del 21.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 26. MORDAZA NIEVES; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causal atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1627-2011TC-S1 del 21.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 27. PI DATA SUPPLIES E.I.R.L, Inhabilitacion por cuatro (04) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber incurrido en el supuesto de socios comunes no permitidos, causal tipificada en el numeral 8) del articulo 294 del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; segun Resolucion Nº 1637-2011-TC-S2 del 25.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 28. CFI CORPORACION INDUSTRIAL S.A., Inhabilitacion definitiva en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, al haberse configurado la causal establecida en el articulo 246 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, segun Resolucion Nº 1637-2011-TC-S2 del 25.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 29. M.M.R. E.I.R.L., Inhabilitacion por catorce (14) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber contratado con el Estado estando impedido para ello y por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal d) e i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1640-2011-TC-S2 del 25.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 30. MORDAZA VENTURA; MORDAZA MORDAZA, Inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por haber dado lugar a la resolucion del contrato por causa atribuible a su parte, causal tipificada en el literal b) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado y literal b) del numeral 1) del articulo 237º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017 y por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, respectivamente; segun Resolucion Nº 1642-2011-TC-S1 del 25.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion. 31. EMPRESA DE VIGILANCIA MARITIMA, ADUANERA Y RESGUARDO S.A.C. ­ EVIMAR S.A.C., inhabilitacion por doce (12) meses en sus derechos de participar en procesos de seleccion y contratar con el Estado, por la MORDAZA de documentos falsos o inexactos, causal tipificada en el literal i) del numeral 51.1 del articulo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo Nº 1017; segun Resolucion Nº 1652-2011-TC-S1 del 28.10.2011, sancion que entrara en vigencia a partir del MORDAZA dia habil siguiente de notificada la indicada resolucion.

Articulo Segundo.- Disponer que la Direccion del SEACE incorpore la relacion de inhabilitados para contratar con el Estado del mes de octubre del 2011 a la pagina web de la Entidad, www.osce.gob.pe, donde se encuentran consignados los inhabilitados de meses anteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta Ejecutiva 719094-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Oficializan el MORDAZA "El Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial - SNCP y el verificador catastral", a realizarse en la MORDAZA de Chiclayo
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 084-2011-SUNARP/SA MORDAZA, 21 de noviembre de 2011 VISTO: El Oficio N° 2227-2011-SNCP/ST, de fecha 17 de noviembre de 2011 y el Oficio N° 503-2011/Z.R.N°IIJEF, mediante el cual la Secretaria Tecnica del Sistema Nacional Integrado de Informacion Catastral Predial eleva el pedido de la MORDAZA Registral N° II para la oficializacion del MORDAZA "El sistema nacional integrado de informacion catastral predial ­ SNCP y el verificador catastral" CONSIDERANDO: Que, mediante documentos de visto, se solicita la oficializacion de "El sistema nacional integrado de informacion catastral predial ­ SNCP y el verificador catastral", a realizarse en la MORDAZA de Chiclayo los dias 02 y 03 de diciembre de 2011; Que, son funciones y atribuciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, conforme al Estatuto de la SUNARP, ejecutar actividades de formacion, capacitacion y entrenamiento de los Registradores Publicos y demas personal que integra el Sistema; Que es funcion de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, promover la realizacion de estudios e investigaciones en materia registral, asi como la de ejecutar actividades de formacion, capacitacion y entrenamiento de los Registradores y demas personal; Que, es importante para el MORDAZA la realizacion de este MORDAZA de eventos academicos de caracter juridico; Que, mediante Resolucion Suprema N° 188-2011JUS publicada el dia 07 de octubre de 2011, se da por concluida la designacion del cargo de Superintendente Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP; Que, el literal c) del articulo 12º del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Suprema N° 139-2002-JUS, y el articulo 7° del Estatuto, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS, disponen que el Superintendente Adjunto tiene, como una de sus atribuciones, la de reemplazar al Superintendente Nacional, en caso de ausencia o impedimento temporal, asi como por delegacion de aquel; De conformidad con las Leyes N° 27594 y 26366, el literal c) del aticulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos ­ SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema N° 139-2002-JUS, y el articulo 7° del Estatuto, aprobado por Resolucion Suprema N° 135-2002-JUS;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.