Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

Que, en la resolucion senalada tambien se dispone la obligacion de presentar declaraciones juradas tecnicas en determinados tramites de inscripcion, modificacion y habilitacion en el Registro de Hidrocarburos, asi como formularios de solicitudes que permitiran a los administrados iniciar los procedimientos sujetos a evaluacion de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 191-2011-OS/CD, la Gerencia General se encuentra autorizada para aprobar y modificar el formulario de solicitud para la obtencion de Informes Tecnicos Favorables, las actas de verificacion, el formulario de solicitud de inscripcion, modificacion, suspension, cancelacion o habilitacion en el Registro de Hidrocarburos y las declaraciones juradas tecnicas, asi como dictar las disposiciones tecnico-operativas y medidas complementarias que MORDAZA necesarias para la aplicacion del Reglamento del Registro de Hidrocarburos; Que, en tal sentido, para una adecuada aplicacion del reglamento mencionado, corresponde aprobar las actas de verificacion de pruebas y actas de verificacion de conformidad, asi como los formularios de solicitudes y las declaraciones juradas tecnicas, de acuerdo a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 1912011-OS/CD; Que, en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 191-2011OS/CD, se faculto a la Gerencia General para establecer la fecha de inicio de la aplicacion del Procedimiento Electronico; en este sentido, considerando que la implementacion de este procedimiento se realizara por etapas, corresponde disponer la fecha en la que los responsables de Grifos y Estaciones de Servicios podran solicitar Informes Tecnicos Favorables de instalacion, actas de verificacion e inscripcion en Registro de Hidrocarburos a traves del Procedimiento Electronico; Con la opinion favorable de la Gerencia General, Gerencia Legal y Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Actas de Verificacion de Pruebas y Actas de Verificacion de Conformidad de la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos que, como Anexo Nº 1, forman parte integrante de la presente resolucion, incluyendo lo establecido en el siguiente cuadro:
1.1 Actas de Verificacion de Pruebas Aplicable a los tanques de almacenamiento de combustibles a ­ Acta de Verificacion de Pruebas liquidos de Grifo, Grifo flotante de Tanques de Almacenamiento (para tanques instalados en tierra), Estacion de servicios, Estacion de servicios con gasocentro de GLP Aplicable a las lineas de tuberias de Grifo, Grifo Flotante (para tuberias b - Acta de Verificacion de Pruebas conectadas a tanques instalados de Tuberias en tierra), Estacion de servicios, Estacion de servicios con gasocentro de GLP, Gasocentro de GLP Aplicable a Plantas*, Refinerias, Terminales, Comercializador de combustible para aviacion con c ­ Acta de Verificacion de otros sistemas de despacho, Pruebas Comercializador de combustible para embarcaciones con otros sistemas de despacho y Consumidores directos 1.2 Acta de Verificacion de Conformidad a ­ Acta de Verificacion de Aplicable a Gasocentro de GLP y Conformidad para Instalaciones Estacion de servicios con Gasocentro de GLP Automotor de GLP b - Acta de Verificacion de Aplicable a Grifo, Grifo flotante (para Conformidad para Instalaciones tanques instalados en tierra), y de Combustibles Liquidos Estacion de servicios. Aplicable a Plantas*, Refinerias, Terminales, Comercializador de combustible para aviacion con c - Acta de Verificacion de otros sistemas de despacho, Conformidad Comercializador de combustible para embarcaciones con otros sistemas de despacho y Consumidor directo

* El termino Planta hace referencia a Planta de procesamiento, Planta de lubricantes, Planta de abastecimiento, Planta de abastecimiento en aeropuerto, Planta de produccion de gas licuado de petroleo y Planta envasadora de gas licuado de petroleo. Articulo 2º.- Aprobar los Formularios de Solicitud aplicables a los procedimientos referidos al Registro de Hidrocarburos y tramitados ante la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, que, como Anexo Nº 2, forman parte integrante de la presente resolucion, incluyendo el Formulario de solicitud de Informe Tecnico Favorable, el Formulario de solicitud de actas de verificacion y el Formulario de solicitud de registro. Articulo 3º.- Aprobar los Formularios de las Declaraciones Juradas Tecnicas, aplicables a los procedimientos referidos a la inscripcion, modificacion y habilitacion en el Registro de Hidrocarburos, tramitados ante la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, que, como Anexo Nº 3, forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 4º.- Disponer que para los procedimientos tramitados ante la Gerencia de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, las apelaciones interpuestas contra las resoluciones que aprueban Informes Tecnicos Favorables, inscripciones, modificaciones, suspensiones, cancelaciones o habilitaciones en el Registro de Hidrocarburos seran: resultas por el Gerente de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos, cuando la resolucion impugnada MORDAZA sido emitida por los Jefes Regionales, Supervisores Regionales o el Jefe de la Unidad de Registro y Operaciones Comerciales, y resueltas por el Gerente General, cuando MORDAZA sido emitida por el Gerente de Fiscalizacion de Hidrocarburos Liquidos. Articulo 5º.- Disponer que a partir del 15 de diciembre de 2011, los responsables de Grifos y Estaciones de Servicios podran solicitar Informes Tecnicos Favorables de instalacion, actas de verificacion e inscripcion en Registro de Hidrocarburos, a traves del Procedimiento Electronico. Articulo 6º.- Disponer que la presente resolucion entrara en vigencia el dia 21 de noviembre de 2011. Articulo 7º.- Derogar las disposiciones que contravengan lo establecido en la presente resolucion. Articulo 8º.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el diario oficial El Peruano asi como, con sus anexos, en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www. osinergmin.gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). MORDAZA MORDAZA MORDAZA Gerente General OSINERGMIN 719097-1 FE DE ERRATAS RESOLUCION DE GERENCIA GENERAL ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 452 Mediante Oficio Nº 976-2011-OS-OAF/ALOG,, el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion N° 452, publicada en nuestra edicion del dia 15 de noviembre de 2011. DICE: Articulo 2º.- (...) ** Hasta que no sea designado el Jefe Regional de MORDAZA, la aprobacion de los Informes Tecnicos Favorables en esta region la realizara el Jefe de la Unidad de Registro y Operaciones Comerciales. (...)

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