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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 40

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de noviembre de 2011 453702 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TALARA Autorizan viaje de Regidor y funcionario de la Municipalidad para participar en pasantía a realizarse en Colombia ACUERDO DE CONCEJO N° 120-11-2011-MPT Talara, dieciocho de noviembre del dos mil once. VISTO, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha 18 de Noviembre del 2011, la Aprobación de Autorización de Viaje a la ciudad de Colombia del Señor Teniente Alcalde Arq. Jacinto Timana Galecio y del Jefe de la Unidad de Programación e Inversiones Econ. Willians Coronado Floreano, y; CONSIDERANDO: • Que, mediante Carta N° SP-OM-1956-2011-M con fecha 09/11/2011 la Asociación SAVIA Perú invita al Alcalde Provincial de Talara y al Jefe de la Unidad de Programación e Inversiones a participar de la Pasantía en los Distritos de Maní y Aipe - Colombia, indicando que los mismos se realizarán del 21 al 25 de noviembre del 2011, precisando además que dicha Pasantía cubrirá todos los gastos de los asistentes durante los cinco días que se adjuntan en la programación, así como de la residencia del invitado, no precisando la cobertura de los pasajes para las personas invitadas; • Que, con Informe Nº 403-11-2011-SG-MPT de fecha 15/11/2011, el Secretario General informa y solicita a la Gerencia Municipal realizar el trámite correspondiente para que el Teniente Alcalde Arq. Jacinto Timaná Galecio viaje en representación del Sr. Alcalde Dr. Rogelio Travis Trelles Saavedra conjuntamente con el Econ. Willians Coronado Floreano a la ciudad Maní y Aipe - Colombia del día 20/11/2011 al 27/11/2011, en Comisión de Servicios; • Que, con mediante Informe N° 1583-11-2011-OAJ- MPT, de fecha 16/11/2011, la Jefatura de Asesoria Jurídica opina por la procedencia del viaje al país de Colombia, a consecuencia de la invitación emitida por la empresa SAVIA PERÚ S.A. a participar de la Pasantía en los Distritos de Maní y Aipe ( Colombia ) que se llevará a cabo del 21 al 25 de Noviembre del presente año, representando el Teniente Alcalde Arquitecto Jacinto Timaná Galecio y el Economista Williams Coronado Floreano- Jefe de la Unidad de Programación e Inversiones; • Que, el artículo 41º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades precisa que los acuerdos son decisiones que toma el concejo, referidas a asuntos específi cos de interés público vecinal e institucional que expresa la voluntad del órgano de Gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; • Que, el artículo 9º numeral 11) de la precitada Ley establece, que corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que en comisión de servicios o en representación de la Municipalidad realice el Alcalde y Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario”; • Que, el artículo 10º numeral 10.1 literal c) de la Ley N° 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, establece que, Quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que efectúen (...), los altos funcionarios y autoridades del Estado a que se refi ere la Ley N° 28212, Ley que regula los Ingresos de los Altos Funcionarios Autoridades del Estado y dicta otras medidas, y modifi catoria; • Que, en el último párrafo del precitado artículo 10º numeral 10.1 literal c) de la citada Ley Presupuestal, se establece que, el viaje al exterior en los gobiernos locales, se autoriza mediante Acuerdo del Concejo Municipal, razón por la cual resulta menester que, la autorización de viaje sea aprobado por el Órgano Colegiado-Concejo Municipal; • Que, la Ley N° 28212, modifi cada mediante Decreto de Urgencia Nº 038-2006, y Ley 29718, respectivamente en el artículo 1º literal j) comprende entre otras Autoridades a los Regidores. El acuerdo es publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; • Que, la Ley Nº 27619, normativa que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, reglamentada mediante Decreto Supremo 047-2002-PCM, en el artículo 2º respectivamente precisan que, la autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés institucional, el cual en el presente caso, el viaje del Teniente Alcalde y el Jefe de la Unidad de Programación e Inversiones de esta Provincial, se sustenta en la capacitación que recibirán específi camente en buenas prácticas en la administración de servicios públicos y la gestión de inversión orientada a la reducción de brechas socioeconómicas, experiencias éstas que ayudarán al fortalecimiento de los gobiernos locales, en los mencionados asuntos; • Que, en tal sentido, consideramos que resulta de suma importancia la participación de los representantes de esta corporación edilicia en la Ciudad de Colombia donde los representantes de los Municipios de Maní y Aipe expondrán sus experiencias, las mismas que redundarán en benefi cio de esta Entidad y población de esta jurisdicción; • Que, el artículo 4º numeral 4.2 de la Ley Nº 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011, prescribe que, todo acto administrativo, acto de administración o las resoluciones administrativas que autoricen gastos no son efi caces si no cuentan con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o condicionan la misma a la asignación de mayores créditos presupuestarios, bajo exclusiva responsabilidad del titular de la entidad, así como del Jefe de la Ofi cina de Planifi cación y Presupuesto y del Jefe de la Ofi cina de Administración, o los que hagan sus veces, conforme a lo establecido en el artículo 7º de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; • Que, en aplicación de la glosada normativa, para el presente caso, no es necesario que se cuente con el crédito presupuestario correspondiente en el presupuesto institucional o que se condicione el mismo a la asignación de mayores créditos presupuestarios, porque la Entidad invitante- SAVIA PERÚ señala que la pasantía cubrirá todos los gastos de los asistentes durante los cinco días que se adjuntan en la programación, programación que forma parte del expediente que se tiene a la vista; • Que, a efectos de emisión del Dictamen Nº 39-11- 2011-CFPP-MPT. la Comisión de Finanzas, Presupuesto y Planifi cación ha tenido a la vista el Informe de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, el cual dada su naturaleza y en aplicación del artículo 171º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, es vinculante por cuanto ha sido emitido de acuerdo a sus funciones como órgano de consulta y asesoría de este aparato gubernamental; • Que deliberado el asunto en la Sesión Extraordinaria de Concejo, y con la corrección en cuanto a la fecha de salida y de llegada, debiendo ser del 20.11.2011 al 27.11.2011, se aprobó por unanimidad, el dictamen Nº 39- 11-2011-CFPP-MPT. su fecha 17 de noviembre del 2011; De conformidad a lo antes expuesto, al uso de las atribuciones conferidas en el inciso 3) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades 27972 y con la dispensa de lectura y aprobación del Acta respectiva; SE ACUERDA: 1. APROBAR, la Autorización de viaje al exterior del Regidor Arquitecto Jacinto Timaná Galecio, y al Jefe de la Unidad de Programación e Inversiones Economista Williams Coronado Floreano, en comisión de servicios en la Pasantía a realizarse en los Distritos de Maní y Aipe del País de Colombia, del 20 al 27 de noviembre del año en curso, viaje que no generará costo alguno a la Entidad Provincial. 2. DISPONER, la realización de la publicación del acuerdo adoptado en el Diario Ofi cial El Peruano. 3. ENCARGAR, el cumplimiento de la presente Autorización al Despacho de Alcaldía y Gerencia Municipal. Regístrese, comuníquese y publíquese. ROGELIO TRELLES SAAVEDRA Alcalde Provincial 719018-1