Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

NORMAS LEGALES

453691

VISTOS: El expediente Nº 2011035249, asi como el Informe Interno Nº 709-2011-EF/94.06.3.1, del 14 de noviembre de 2011, de la Direccion de Emisores; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion CONASEV Nº 555-97EF/94.10, del 05 de agosto de 1997, se dispuso el registro en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero Santander Leasing S.A. ­ Primera Emision" por un monto de hasta US$ 20 000 000,00 (veinte millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 03298-EF/94.11, del 30 de enero de 1998, se dispuso el registro en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero Santander Leasing S.A. ­ MORDAZA Emision" por un monto de hasta US$ 30 000 000,00 (treinta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); Que, mediante Resolucion Gerencia General Nº 18898-EF/94.11, del 01 de diciembre de 1998, se dispuso el registro en el Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero Santander Leasing S.A. ­ Tercera Emision" por un monto de hasta US$ 60 000 000,00 (sesenta millones y 00/100 Dolares de los Estados Unidos de America); Que, por acuerdo de su Junta General de Accionistas de fecha 30 de diciembre de 2002, el Banco de Credito del Peru adquirio mediante MORDAZA de fusion por absorcion, la totalidad de activos y pasivos del Banco Santander Central Hispano - Peru, y asumio todos los derechos y obligaciones que le correspondian a dicho banco; Que, el Banco de Credito del Peru solicito a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. el deslistado del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de MORDAZA, asi como la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores correspondientes a las emisiones mencionadas en los considerandos precedentes; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 132 inciso a) del Texto Unico Ordenado de la Ley del MORDAZA de Valores, la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. comunico a la Superintendencia del MORDAZA de Valores su decision de disponer el deslistado de los valores senalados precedentemente y de elevar los expedientes a la Superintendencia del MORDAZA de Valores para los fines pertinentes; Que, el articulo 37, inciso b), del Texto Unico Ordenado Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 27, inciso b), del Reglamento de Inscripcion y Exclusion de Valores Mobiliarios en la MORDAZA de Bolsa de la Bolsa de Valores de MORDAZA, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores tiene lugar por resolucion fundamentada de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, cuando opere la extincion de los derechos sobre el valor, por amortizacion, rescate total u otra causa; Que, de otra parte, el articulo 38 del Texto Unico Ordenado Ley del MORDAZA de Valores, en concordancia con el articulo 32 del Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion, establece que la exclusion de un valor del Registro Publico del MORDAZA de Valores genera la obligacion de efectuar una Oferta Publica de Compra; Que, no obstante lo senalado en el considerando anterior, la exclusion del Registro Publico del MORDAZA de Valores de los valores senalados se encuentran dentro del supuesto de excepcion a la realizacion de una Oferta Publica de Compra contemplado en el articulo 37, inciso a), del citado Reglamento de Oferta Publica de Adquisicion y de Compra de Valores por Exclusion; Que, el articulo 2, numeral 2, de las Normas Relativas a la Publicacion y Difusion de las Resoluciones Emitidas por los Organos Decisorios de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, aprobadas por Resolucion CONASEV N° 073-2004-EF/94.10, establece que las resoluciones administrativas referidas a la inscripcion de los valores mobiliarios objeto de oferta publica, asi como a la exclusion de estos del Registro Publico del MORDAZA de Valores deben ser difundidas a traves del Boletin de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano y de la

pagina de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en internet; y, Estando a lo dispuesto por la Primera Disposicion Complementaria Transitoria de la Ley N° 29782, el articulo 5º de la Resolucion de Superintendente Nº 001-2011EF/94.01.1; el articulo 52 del Reglamento del Registro Publico del MORDAZA de Valores; asi como el articulo 36 del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Superintendencia del MORDAZA de Valores, que faculta a la Direccion de Emisores a disponer la exclusion de valores del Registro Publico del MORDAZA de Valores. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Pronunciarse a favor del deslistado de los valores denominados "Bonos de Arrendamiento Financiero Santander Leasing S.A. ­ Primera Emision", "Bonos de Arrendamiento Financiero Santander Leasing S.A. ­ MORDAZA Emision" y "Bonos de Arrendamiento Financiero Santander Leasing S.A. ­ Tercera Emision" del Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima. Articulo 2º.- Disponer la exclusion de los valores senalados en el articulo anterior del Registro Publico del MORDAZA de Valores. Articulo 3º.- Publicar la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina de la Superintendencia del MORDAZA de Valores en internet. Articulo 4º.- Transcribir la presente resolucion al Banco de Credito del Peru; a Scotiabank Peru S.A.A., en su calidad de Representante de los Obligacionistas; a la Bolsa de Valores de MORDAZA S.A. y a Cavali S.A. ICLV. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director de Emisores (e) 717097-1

PODER JUDICIAL CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Designan Juez Provisional del Tercer Juzgado Constitucional de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA Presidencia Oficina de Coordinacion Administrativa y de Asuntos Juridicos RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 920-2011-P-CSJLI/PJ MORDAZA, 18 de noviembre del 2011 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nº 883 y 904-2011P-CSJLI/PJ; y, CONSIDERANDOS: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la MORDAZA autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la politica interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un eficiente servicio de administracion de justicia en beneficio de los justiciables y priorizando la promocion de Relatores y Secretarios de esta Corte Superior; y en virtud a dicha atribucion, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designacion de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que estan en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial,

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