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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2011 (22/11/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 39

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 22 de noviembre de 2011 453701 de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA REGULARIZAR LA APROBACIÓN DE LA REALIZACIÓN DEL I MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO PARA EL AÑO 2011, DISPONIÉNDOSE LA REDUCCIÓN DE PAGO DE DERECHO DE CEREMONIA Artículo Primero.- AUTORIZAR en vía de regularización la celebración de “PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL AÑO 2011” a llevarse a cabo el día 19 DE NOVIEMBRE DEL 2011 como marco de las actividades de la “ Toma de Pampa de Cueva, a llevarse a cabo el día 19 de Noviembre del 2011, a horas 11:00 AM, en la Plaza de la Mujer, Av. Túpac Amaru Km. 4/5 , Distrito de Independencia, el mismo que fue autorizado por Decreto de Alcaldía Nº 015-2011-MDI, de fecha 20 de Julio del 2011. Artículo Segundo.- APROBAR la reducción del pago por Derecho de Trámite de Matrimonio Civil para el Primer Matrimonio Civil Comunitario 2011, disponiéndose como pago la suma S/. 60.00 (Sesenta y 00/100 Nuevos Soles), por derecho de ceremonia de Matrimonio Civil. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaria General Gerencia de Administración de Finanzas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Regístrese. comuníquese y publíquese. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 719411-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Convocan a la elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el período 2011-2013 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 637-2011/MDSM San Miguel,18 de noviembre de 2011 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el memorando Nº 787-2011-GM/MDSM emitido por Gerencia Municipal, el memorando Nº 446-2011-GPVPS/MDSM emitido para la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social, el informe Nº 507-2011-GAJ/MDSM emitido por la Gerencia de Asuntos Jurídicos y el informe Nº 217-2011-GPP/ MDSM emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política de Perú, modifi cada por la ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia con los artículos I y II del Título Preliminar de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, reconoce a los gobiernos locales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, ejerciéndola en los actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, siendo las municipalidades los órganos promotores del desarrollo local; Que, según el artículo 102º de la ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Consejo de Coordinación Local Distrital es un órgano de coordinación y concertación, en la que participan las organizaciones de la sociedad civil a nivel distrital que se encuentren inscritas en el registro municipal y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de 03 (tres) años de actividad institucional comprobada, cuyos representantes, debidamente acreditados, serán elegidos democráticamente por un periodo de 02 (dos) años; Que, mediante ordenanza Nº 040-MDSM, modifi cada por la ordenanza Nº 129-MDSM, se regula el proceso de elección de los representantes de la sociedad civil, facultando al alcalde a convocar a elecciones de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital según el artículo 14º de la citada norma, es así que a través de informe de vistos, la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Social, reporta que habiendo vencido el plazo de vigencia del Consejo de Coordinación Local, es menester proceder en consecuencia; Estando a lo expuesto, contando con los informes favorables de la Gerencia de Asuntos Jurídicos y de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y en uso de las atribuciones conferidas al alcalde por el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- CONVOCAR a la elección de los representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, para el periodo 2011-2013, que tendrá lugar en las instalaciones de la Casa de la Cultura, sito en jirón Federico Gallese Nº 420, el día sábado 10 de diciembre del año en curso, de 9:00 a.m. a 1:00 p.m. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Participación Vecinal y Promoción Vecinal, el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo 3º.- La presente resolución de alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, se dispone su publicación en la página web de la Municipalidad de San Miguel www. munisanmiguel.gob.pe Artículo 4º.- APROBAR el anexo único que contiene el cronograma de actividades del proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, que forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SALVADOR HERESI CHICOMA Alcalde ANEXO ÚNICO CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES DEL PROCESO DE ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL - Inicio de inscripción de organizaciones 21 de noviembre de 2011 - Cierre de inscripciones de organizaciones 24 de noviembre de 2011 - Publicación inicial del padrón ofi cial 25 al 29 de nov. de 2011 - Tachas al padrón electoral 30 de noviembre de 2011 - Publicación defi nitiva del padrón electoral 01 de diciembre de 2011 - Taller de capacitación ONPE 02 de diciembre de 2011 - Inscripción de candidatos 05 al 09 de dic. de 2011 - Día de elecciones 10 de diciembre de 2011 719432-1