Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2011 (22/11/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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VISTO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 22 de noviembre de 2011

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: VISTOS: En Sesion Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha el Informe Nº 194-2011-GSG/MDI de la Gerencia de Secretaria General, en el que se pone en conocimiento del Pleno que por Decreto de Alcaldia Nº 015-2011-MDI, de fecha 20 de MORDAZA del 2011 se Autoriza la Celebracion del MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO DEL ANO 2011, como MORDAZA de las actividades de la " Toma de MORDAZA de Cueva" a llevarse a cabo el dia 19 de noviembre del 2011, a horas 11:00 am en la Plaza de la Mujer; y, CONSIDERANDO: Que, el Informe mencionado senala que el articulo 42º de la Ley Nº 27972- Ley Organica de Municipalidades- establece que los Decretos de Alcaldia establecen Normas Reglamentarias de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario, que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal. Que, el articulo 38º de la Ley 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General- establece que una vez aprobado el MORDAZA, toda modificacion que no implique la creacion de MORDAZA procedimiento, incremento de derechos de tramite o requisitos, se debe realizar, en el caso de Municipalidades, por Decreto de Alcaldia. Al llevarse a cabo Matrimonios Comunitarios, se esta contribuyendo a la consolidacion, fortalecimiento y regularizacion juridica de la familia a bajo costo, por tanto resulta ser de interes del vecindario. Cabe mencionar ademas que este MORDAZA no implica la inclusion de un MORDAZA procedimiento en el MORDAZA de nuestra municipalidad y mucho menos el incremento de derechos ni requisitos, sino por el contrario la posibilidad de realizar un matrimonio civil de manera simple y economica, por tanto de acuerdo a lo que se establece en la Ley Organica de Municipalidades y en la Ley de Procedimiento Administrativo General, corresponde sea aprobado por Decreto de Alcaldia. Que, conforme establece el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680, las municipalidades son organos de gobierno local y tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el articulo 4º de la Constitucion Politica del Peru senala que la comunidad y el estado protegen especialmente al MORDAZA, al adolescente, a la MORDAZA y al anciano en situacion de abandono. Asimismo, precisa que protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen a estos ultimos como instituciones naturales y fundamentales de la sociedad; Que, las Municipalidades dentro de su politica de tratamiento social con su comunidad brindan facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebracion del matrimonio comunitario y con ello contribuir al fortalecimiento de la unidad familiar como celula basica de la sociedad; Que, dentro de ese contexto, el area de Registros Civiles mediante el Informe Nº 046-2011-RC-GSG/MDI, de fecha 17 de MORDAZA del 2011 propone la realizacion del Matrimonio Civil Comunitario 2011. Que, la propuesta indicada cuenta con opinion favorable de la Gerencia de Asesoria Legal mediante el Informe Nº 280-2011-GAL-MDI, de la Gerencia de Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion mediante Memorando Nº 167-2011-GPPR/MDI. Que puesto a conocimiento del Pleno del Concejo algunos de sus miembros consideran que el Matrimonio Comunitario debio ser aprobado por Ordenanza y no por Decreto de Alcaldia toda vez que el numeral 9) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, establece como una de las atribuciones del Concejo Municipal el crear, modificar, suprimir o exonerar

El Informe Nº 0002-2011-CECPM-MDEA de la Comision Evaluadora del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2011MDEA de fecha 18.NOV. 2011, comunicando los ganadores del Concurso Publico que cubriran las plazas vacantes para el cargo de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo de Concejo Nº 095-2011SEGE-06-MDEA de fecha 06 de octubre de 2011 acordo convocar a Concurso Publico de Meritos para la contratacion de un (1) Ejecutor Coactivo y de un (1) un Auxiliar Coactivo par cubrir las plazas vacantes del Cuadro de Asignacion de Personal (CAP) de la Municipalidad de El MORDAZA, designando a los miembros de la Comision Evaluadora del Concurso Publico de Meritos Que, con Informe Nº 002- 2011 CECPM ­ MDEA de fecha 18.NOV.2011, la Comision Evaluadora del Concurso Publico de Meritos Nº 001-2011-CP- MDEA y 002-2011CP-MDEA, informa los resultados dando como ganadores para los cargos de EJECUTOR COACTIVO a don MORDAZA MORDAZA RAZURI MORDAZA y como AUXILIAR COACTIVO a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA POMA. Que, el D.S. Nº 018-2008-JUS - Texto Unico ordenado de la Ley Nº 26979 "Ley de Procedimiento de Ejecucion Coactiva" dispone en su Art. 7, que la designacion del Ejecutor y Auxiliar Coactivo se efectuara mediante Concurso Publico de Meritos, ingresando como Funcionarios de la Entidad a la cual representaran y ejerceran sus cargos a tiempo completo y dedicacion exclusiva, concordante con la Ley Nº 27204 "Ley que precisa, que el cargo de Ejecutor y Auxiliar Coactivo no es de confianza" precisando que el Cargo de Ejecutor Coactivo y Auxiliar Coactivo es funcionario nombrado o contratado, segun el regimen laboral a la cual representan, y su designacion, en los terminos senalados, no implica que dichos cargos MORDAZA de confianza. Que siendo asi, es necesario formalizar la designacion del Ejecutor Coactivo y del Auxiliar Coactivo, quienes gozaran de las facultades y atribuciones que correspondan a dichos cargos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, con el visto MORDAZA de la Gerencia Municipal, la Gerencia de Rentas, Gerencia de Planificacion, y la Gerencia de Asesoria Juridica, y en uso de las facultades conferidas por el Art. 20, inc. 6) de la Ley Nº 27972 "Ley Organica de Municipalidades" SE RESUELVE: Articulo 1º.- DESIGNAR a don MORDAZA MORDAZA RAZURI MORDAZA, en el cargo de EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, cubriendo la plaza vacante en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP). Articulo 2.- DESIGNAR a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de El MORDAZA, cubriendo la plaza vacante en el Cuadro de Asignacion de Personal (CAP). Articulo 3.- Poner en conocimiento de las Autoridades correspondientes la presente Resolucion, dando cumplimiento a lo dispuesto en el D.S. Nº 069-2003-EF. Articulo 4.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal y demas Gerencias de la Entidad el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 719397-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Autorizan celebracion del "Primer Matrimonio Civil Comunitario del Ano 2011"
ORDENANZA Nº 250-MDI Independencia, 18 de noviembre del 2011

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