Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

451949

Regional Nº 111-2006/GRP-CR, modificado con Ordenanza Regional Nº 194-2010/GRP-CR, Ordenanza Regional Nº 214-2011/GRP-CR, y Ordenanza Regional Nº 217-2011/ GRP-CR, quedando los articulos de la forma siguiente: "Articulo 14º.- De la Estructura Organica A.-ORGANOS DE ALTA DIRECCION (...) - PRESIDENCIA REGIONAL (...) - Oficina Regional de Lucha Contra la Corrupcion B.- ORGANOS CONSULTIVOS (...) - Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion INCLUIR: Articulo 18º - A.- De las Acciones para la Lucha contra la Corrupcion Para el desarrollo y ejecucion de los programas anticorrupcion, el Consejo Regional, de conformidad a lo senalado en la Ordenanza Regional Nº 202-2011/ GRP-CR, que creo el Sistema Regional de Lucha contra la Corrupcion, cuenta con una Secretaria Tecnica, a cargo de un funcionario con nivel de Gerente Sub Regional, encargada de articular a todas las instancias y entidades que forman parte de este Sistema, siendo sus funciones, ademas de las senaladas en el Reglamento de la Ordenanza Regional Nº 202-2011/GRP-CR, las siguientes: a.- Articular las acciones entre la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion y su Comite Ejecutivo, con las Unidades Anticorrupcion de las Instituciones del Estado de la Region MORDAZA o las que MORDAZA sus veces y, de estos con las instituciones de la sociedad civil. b.- Suscribir por encargo del Presidente del Sistema, la documentacion oficial, asi como representarlo ante las autoridades publicas y privadas. c.- Asesorar tecnicamente a la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion; asi como, a su Comite Ejecutivo. d.- Requerir la informacion que estime necesaria para el cumplimiento de los objetivos del Sistema. e.- Otras que le MORDAZA asignadas por la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion. Articulo 25º - A.- De la Oficina Regional de Lucha Contra la Corrupcion La Oficina Regional de Lucha contra la Corrupcion, es un organo estructural especializado de apoyo que depende de la Presidencia Regional, encargada de generar una cultura de prevencion y erradicacion de los actos de corrupcion en el desempeno de la funcion publica, en cumplimiento de la legislacion nacional y en el MORDAZA de la normatividad regional. Funcionalmente depende de la Secretaria Tecnica de Lucha Contra la Corrupcion y esta a cargo de un funcionario de confianza con jerarquia de Sub Gerente Regional y es designado por el Presidente Regional. Para el adecuado cumplimiento de sus funciones esta organizado e integrado por las areas de: - Investigacion - Prevencion y Procesos Articulo 25º - B.- Funciones de la Oficina Regional de Lucha Contra la Corrupcion La Oficina Regional de Lucha Contra la Corrupcion, ademas de las funciones que la ley y su reglamento especifico le reconoce, tiene las funciones siguientes: a. Ejecutar los lineamientos de politica aprobados por la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion, en concordancia con su normatividad especifica. b. Coordinar la elaboracion y aprobacion de los Planes Anticorrupcion del Gobierno Regional; asi como vigilar su cumplimiento.

c. Preparar los informes de cumplimiento de actividades anticorrupcion del Gobierno Regional y presentarlos en las audiencias publicas que senale la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion. d. Coadyuvar al cumplimiento del codigo de Etica de la funcion publica y propiciar la investigacion, procesamiento y sancion de acuerdo a Ley, de cualquier acto de corrupcion del que MORDAZA conocimiento. e. Coordina el cumplimiento de las recomendaciones de las acciones de control. f. Organiza actividades de prevencion y empoderamiento ciudadano. g. Proponer el Plan institucional de Lucha Contra la Corrupcion de corto, mediano y largo plazo. h. Fortalecer el MORDAZA de Transparencia Institucional. i. Proponer procedimientos de intervencion rapida para tramitar denuncias sobre actos de corrupcion. j. Proponer acciones educativas y de empoderamiento de derechos de los usuarios y ciudadanos. k. Otras funciones que le MORDAZA asignadas. Articulo 31º - A.- De la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion La Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion.Es un organo consultivo conformado por el Presidente del Gobierno Regional MORDAZA, los Consejeros Regionales del Gobierno Regional MORDAZA, Titulares o Jefes de las Instituciones Publicas en las que se incluyen las Fuerzas Armadas y Policia Nacional del Peru; los representantes de la Sociedad Civil con sede en MORDAZA, Camara de Comercio y Produccion de MORDAZA, Colegios Profesionales, Medios de Comunicacion, entre otros; constituye la MORDAZA instancia deliberativa, normativa y de coordinacion de acciones del Sistema, lo Preside el Presidente Regional. Implementa sus politicas a traves de un Comite Ejecutivo presidido por el Consejero Delegado e integrado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, el Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de MORDAZA, dos (02) Representantes de las Instituciones de la sociedad civil y el Jefe de la Oficina Defensorial de MORDAZA en calidad de observador. Articulo 31º - B.- Funciones de la Comision Regional de Lucha Contra la Corrupcion a. Aprobar y ejecutar los lineamientos de politica que regiran el Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupcion. b. Fortalecer y supervisar los Planes Anticorrupcion que aprueben las Instituciones conformantes del Sistema. c. Aprobar los informes de cumplimiento de objetivos y metas que emita la Secretaria Tecnica de Lucha Contra la Corrupcion. d. Identificar, evaluar y proponer la normatividad y las acciones para fortalecer el sistema y la lucha contra la corrupcion en la Region Piura. e. Coordinar la preparacion de las Audiencias Publicas en donde se presenten los informes de las acciones anticorrupcion de las instituciones conformantes del Sistema Regional de Lucha Contra la Corrupcion. f. Otras funciones que le MORDAZA asignadas." Articulo Segundo.- Encargar a la Secretaria del Consejo Regional, disponga la preparacion y adecuacion de los documentos de gestion posteriores a la aprobacion de la presente Ordenanza Regional y su MORDAZA ante el Consejo Regional para la aprobacion de los mismos. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional MORDAZA para su promulgacion. En MORDAZA, a los catorce dias del mes de octubre del ano dos mil once. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional

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