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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (20/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 51

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de octubre de 2011 451941 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, en vía de regularización, la delegación de las funciones registrales establecidas en los literales a, b, c, e, i, l, m, n, o y q del artículo 44º de la Ley Nº 26497; así como las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante tal delegación, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Mullamanday, Distrito de Carabamba, Provincia de Julcán, Departamento de La Libertad. Artículo 2º.- El Jefe de la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad señalada en el artículo 1º, queda encargado de las funciones registrales cuya delegación se autoriza; así como de las acciones administrativas que correspondan, para llevar adelante la delegación funcional dispuesta, ceñida a la normatividad sustantiva y registral vigente, bajo la supervisión y control del RENIEC. Artículo 3º.- El RENIEC, a través de la Sub Gerencia de Gestión Técnico Normativa de Registros Civiles, proporcionará los Libros de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, a la Ofi cina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Mullamanday, Distrito de Carabamba, Provincia de Julcán, Departamento de La Libertad; correspondiendo a la Jefatura Regional a cuya jurisdicción pertenece, orientar e impartir instrucciones a ésta, a fi n de que el procedimiento registral se realice conforme a las normas legales, reglamentarias y administrativas, que regulan las inscripciones en los Registros del Estado Civil. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 705643-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el traslado de oficina especial ubicada en el departamento de Ucayali RESOLUCIÓN SBS Nº 10447-2011 Lima, 6 de octubre de 2011 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La carta presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. para que se le autorice el traslado de la ofi cina especial ubicada en el distrito y provincia Padre Abad, departamento de Ucayali; y, CONSIDERANDO: Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta Superintendencia la documentación pertinente para el traslado de la ofi cina especial solicitada; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Empresas de Servicios Complementarios y Coopacs; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y el Reglamento de apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución SBS Nº 775-2008; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 12883- 2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Maynas S.A. el traslado de su ofi cina especial ubicada en la Calle Simón Bolívar Nº 298 - Mz. C Lote 1, distrito y provincia Padre Abad, departamento de Ucayali; a su nuevo local ubicado en Jr. Río Negro Nº 259 de la Junta Vecinal de Alonso Abad Mz. B, Lote 06, distrito y provincia de Padre Abad, departamento de Ucayali. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 704923-1 Emiten opinión favorable para que El Pacífico Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A. realice el “Primer Programa de Bonos Subordinados Pacífico” RESOLUCIÓN SBS N° 10453- 2011 Lima, 6 de octubre de 2011 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La solicitud presentada por El Pacífi co Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., para que se opine favorablemente sobre el “Primer Programa de Bonos Subordinados Pacífi co” hasta por un monto máximo de emisión de US$ 60 millones o su equivalente en Nuevos Soles; CONSIDERANDO: Que, la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros – Ley Nº 26702, en adelante Ley General, faculta a las empresas del sistema de seguros a emitir y contraer deuda subordinada; Que, el artículo 299° de la Ley General establece los componentes del patrimonio efectivo de las empresas del sistema de seguros destinados a cubrir las operaciones de seguros y/o reaseguros, entre los que se encuentra la porción computable de la deuda subordinada que reúna los requisitos que, a tal efecto y con carácter general, establezca la Superintendencia; Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 301° de la Ley General, los bonos subordinados que emitan las empresas de seguros tendrán las características y los límites precisados en el artículo 233° de la Ley General, así como las que, en su caso, establezcan la Superintendencia por regulaciones de carácter general; Que, mediante Resolución SBS N° 6599-2011 de fecha 03 de junio de 2011, se aprobó el Reglamento de Deuda Subordinada aplicable a las Empresas de Seguros, en adelante el Reglamento, el cual menciona en el artículo 3° que para emitir instrumentos representativos de deuda subordinada o contraer préstamos subordinados, las empresas deben presentar a la Superintendencia una solicitud de opinión favorable o de autorización, respectivamente; Que, El Pacífi co Peruano Suiza Compañía de Seguros y Reaseguros S.A., ha cumplido con presentar su solicitud de opinión favorable del “Primer Programa de Bonos Subordinados Pacífi co”, adjuntando la documentación requerida en el Reglamento;