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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de octubre de 2011 451940 los concejos de los distritos de Cosme de la provincia de Churcampa, del departamento de Huancavelica; de Yacus de la provincia de Huánuco, del departamento de Huánuco; de Constitución de la provincia de Oxapampa, del departamento de Pasco y Samugari de la provincia de La Mar, del departamento de Ayacucho, que por su reciente creación no participaron en las Elecciones Municipales del año 2010; Que, asimismo, mediante Decreto Supremo Nº 072- 2011-PCM, publicado en el Diario Ofi cial El Peruano el día 04 de agosto de 2011, el Presidente de la República convocó a Elecciones Municipales Complementarias para el día domingo 20 de noviembre de 2011, con la fi nalidad de elegir al alcalde y regidores, del distrito de Huacachi de la provincia de Huari, del departamento de Ancash, al haber declarado el Jurado Nacional de Elecciones la nulidad de los comicios realizados en dicha localidad el día 03 de julio de 2011; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, este organismo tiene como función esencial velar por la obtención de la fi el y libre expresión de la voluntad popular manifestada a través de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo; Que, de conformidad con el artículo 37º de la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, la ONPE tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares; y ejerce sus atribuciones y funciones con sujeción a la Constitución y a su Ley Orgánica; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 186-2011-J/ ONPE, se aprobó la relación de personas seleccionadas para desempeñar el cargo de Coordinador de Local de Votación de las ODPE durante el desarrollo de los procesos electorales citados precedentemente; así como sus accesitarios, de acuerdo al anexo que forma parte integrante de la misma; otorgándosele a la ciudadanía el plazo previsto en el artículo 49º de la Ley Nº 26859; para la interposición de las tachas respectivas; Que, mediante el ofi cio de vistos, el Jurado Nacional de Elecciones comunica a esta Entidad, que no se ha interpuesto tacha contra las personas que fi guran en el anexo de la resolución antes citada; De conformidad con lo dispuesto en los literales c) y g) del artículo 5º y el artículo 13º de la Ley Nº 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, así como el literal cc) del artículo 9º de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado y modifi cado por Resoluciones Jefaturales Nos. 030 y 137-2010-J/ONPE, respectivamente; Con el visado de la Secretaría General y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a partir de la fecha, en el cargo de Coordinador de Local de Votación de las Ofi cinas Descentralizadas de Procesos Electorales, titulares y accesitarios; a los ciudadanos consignados en el anexo de la Resolución Jefatural Nº 186-2011-J/ONPE, quienes ejercerán funciones en el marco de las Elecciones Municipales y Elecciones Municipales Complementarias 2011. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones y del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el contenido de la presente resolución, para los fi nes consiguientes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro del plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MAGDALENA CHÚ VILLANUEVA Jefa 705792-1 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones registrales a la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad del Centro Poblado de Mullamanday RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 520-2011-JNAC/RENIEC Lima, 17 de octubre de 2011 VISTOS: El Informe Nº 000194-2011/GPRC/SGIRC/RENIEC (15SET2011) de la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, el Ofi cio Nº 001016-2011/GRC/RENIEC (22SET2011) de la Gerencia de Registros Civiles, y el Informe Nº 000061-2011/GPRC/RENIEC (03OCT2011) de la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 015-98-PCM, se aprobó el Reglamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil, el cual precisa que el Sistema Registral está conformado por el conjunto de órganos y personas del Registro, que tienen a su cargo la ejecución de los procedimientos administrativos de inscripción y que las Ofi cinas Registrales se encuentran encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil, facultándose a la Jefatura Nacional la creación y autorización de las que fueren necesarias; Que, para el ejercicio de sus funciones, el Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil mantiene estrecha y permanente coordinación con diversas entidades, como las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Comunidades Campesinas y Nativas reconocidas, y cualquier otra dependencia, instancia o entidad, pública o privada, cuando ello fuese necesario, conforme lo establece el artículo 8º de la Ley Nº 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil; Que, la Ofi cina de Registros del Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de Mullamanday, Distrito de Carabamba, Provincia de Julcán, Departamento de La Libertad; a la cual hacen referencia los Informes del Visto, ha formalizado expediente para la regularización de delegación de funciones registrales, habiendo sido califi cado positivamente por la Sub Gerencia de Integración de Registros Civiles, por la Gerencia de Registros Civiles, órgano técnico normativo en materia registral; y por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles, órgano encargado de supervisar y controlar el proceso de autorización de delegación de funciones de las Ofi cinas de Registros del Estado Civil en Centros Poblados y Comunidades Nativas; Que, atendiendo a lo expuesto corresponde aprobar la delegación referida, a fin de establecer la vinculación funcional, cuya difusión debe garantizar el acceso de la generalidad de usuarios a los diferentes servicios registrales, dado el carácter público del registro; y, Estando a lo opinado por la Gerencia de Procesos de Registros Civiles; en uso de las facultades conferidas por Ley Nº 26497, el Decreto Supremo Nº 015-98- PCM y el Reglamento de Organización y Funciones de la Institución, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS (15ENE2009);