Norma Legal Oficial del día 20 de octubre del año 2011 (20/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 20 de octubre de 2011

Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derecho publico con autonomia politica, economica y administrativa, que tienen por mision organizar y conducir la gestion publica regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el MORDAZA de las politicas nacionales y sectoriales, para contribuir con el desarrollo integral y sostenible de la region, conforme lo dispone los articulos 2º, 4º y 5º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplificacion administrativa; Que, de conformidad a lo establecido en el Articulo 9º inciso g) de la Ley Nº 27867 ­ Ley Organica de Gobiernos Regionales y articulo 10º numeral 1 inciso h numeral 2 inciso c y d; establecen promover concertar y regular actividades y/o servicios en materia de Medio Ambiente; desarrollar circuitos turisticos que puedan convertirse en ejes de desarrollo; Que, el articulo 2º de la Ley General de Pesca, aprobado mediante Decreto Ley Nº 25977, dispone que son patrimonio de la Nacion; Los recursos hidrologicos contenidas en las aguas jurisdiccionales del Peru, correspondiendole al Estado la regulacion del manejo integral y la explotacion de dichos recursos considerando que la actividad pesquera es de interes nacional; Que, mediante Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca, dispone que el ordenamiento pesquero es el conjunto de normas y acciones que permiten administrar una pesqueria, sobre las base del conocimiento actualizado de sus componentes biologico-pesqueros, economicos y sociales. Asimismo, segun el MORDAZA de pesqueria y la situacion de los recursos que se explotan, establecera el sistema de ordenamiento que concilie el MORDAZA de sostenibilidad de los recursos pesqueros o conservacion en el largo plazo, con la obtencion de los mayores beneficios economicos y sociales. Los sistemas de ordenamiento a que se refiere el articulo precedente, deberan considerar, segun sea el caso, regimenes de acceso, captura total permisible, magnitud del esfuerzo de pesca, periodos de MORDAZA, temporadas de pesca, tallas minimos de captura, zonas prohibidas o de reserva, artes, aparejos, metodos y sistemas de pesca, asi como las necesarias acciones de monitoreo, control y vigilancia; Que, en la MORDAZA del Bajo Pachitea, Distrito de MORDAZA la pesca muestra signos de sobre explotacion, como reduccion de las tallas de diferentes especies, disminucion de los volumenes de pescado, lo que trae como resultado el desabastecimiento de pescado a la poblacion local, y disminucion de especies mayor valor economico y de importancia para la biodiversidad. Sumado a ello, la presion de pesca se incrementa por el crecimiento poblacion y la demanda de pescado cada vez mayor, sin embargo existen actividades que atentan contra la conservacion de los ecosistemas como la deforestacion, el uso de sustancias toxicas, el uso de MORDAZA redes menuderas, la pesca comercial informal, la falta de sensibilidad en la poblacion, ademas de factores climaticos regionales y globales, que alterarian las respuestas ecologicas de las especies entre otros; Que, mediante Oficio Nº 228-2011-GR-HUANUCO/ DIRPROHCO/DR,el Director Regional de Produccion Yony MORDAZA MORDAZA, deriva al Gerente Regional de Desarrollo Economico, recomienda en atencion a la solicitud de los pobladores de MORDAZA respecto a la propuesta de Ordenanza Regional en materia de Pesca, para proteger y organizar el manejo comunitario de la pesca, en la MORDAZA del Bajo Pachitea, Distrito de MORDAZA de la Provincia de Puerto MORDAZA, para su revision, evaluacion y/o aprobacion. Que, mediante Informe Nº 456-2011-GRH/ORAJ de fecha 27 de MORDAZA del 2011, el Director de Asesoria Juridica emite opinion favorable, que se apruebe la Ordenanza Regional en Materia de Pesca Artesanal en la MORDAZA del Bajo Pachitea, Distrito de MORDAZA de la Provincia de Puerto MORDAZA, Region MORDAZA, ya que va a permitir conocer, revalorar y establecer la gestion del territorio y los recursos Hidrobiologicos para conservacion y promover un manejo sostenible de la

pesca, y asi a contribuir y viabilizar las organizaciones locales y el desarrollo regional en el MORDAZA de integracion regional; Que, las comunidades y las autoridades del distrito de MORDAZA, Provincia de Puerto MORDAZA en la MORDAZA del Bajo Pachitea. Buscan rehabilitar y desarrollar un manejo sostenible de los Recursos Pesqueros y los Sistemas Acuaticos de la MORDAZA del Bajo Pachitea, para cuyo efecto necesitan un MORDAZA legal que les sirva de base para el impulso y desarrollo economico sostenible; Que, la pesca sin control constituye una amenaza que afecta el crecimiento de la poblacion del Bajo Pachitea, al no haber una responsabilidad de cuidar y proteger los recursos acuaticos y pesqueros de esta MORDAZA, la pesqueria de la MORDAZA del Bajo Pachitea constituye un bien comun importante por ser recurso renovable, con una importante biodiversidad, y al constituir la pesca una de las MORDAZA Basicas de la alimentacion en los caserios y las comunidades aledanos a la MORDAZA del Bajo Pachitea y constituyendo ademas una fuente generadora de empleos directos e indirectos en todo el flujo de la actividad pesquera y turistica; Que, de conformidad a lo establecido en el literal a) del Articulo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, es atribucion del Consejo Regional, aprobar modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional; Estando lo expuesto, y conforme a las atribuciones conferidas por los articulos 15º, 37º y 38º de la Ley Nº 27867 Organica de Gobiernos Regionales y lo acordado por UNANIMIDAD en sesion de Consejo Regional de la referencia, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del acta; ORDENA: Articulo Primero.- DECLARAR como MORDAZA de importancia hidrobiologica a los recursos pesqueros amazonicos y sus ecosistemas acuaticas de Lagunas para rehabilitacion, manejo y desarrollo sostenible, a traves de una gobernanza colaborativa entre las comunidades locales y las instituciones publicas y privadas de la MORDAZA del Bajo Pachitea, Distrito de MORDAZA, Provincia Puerto MORDAZA, Region Huanuco. Articulo Segundo.- RECONOCER las iniciativas locales relacionadas al manejo comunitario de la pesca en base al conocimiento tradicional, los acuerdos locales de pesca, los sistemas de control y vigilancia para proveer seguridad alimentaria, la conservacion del recurso pesquero y los ecosistemas en la MORDAZA del Bajo Pachitea. Articulo Tercero.- ESTABLECER, la MORDAZA de influencia como de reserva turistica las Lagunas del Bajo Pachitea, Distrito de MORDAZA, Provincia Puerto MORDAZA, Region MORDAZA por el comprobado potencial turistico que tienen y que ameritan la proteccion, promocion y difusion de la Region. Articulo Cuarto.- DISPONER, la ejecucion inmediata, vinculado con la rehabilitacion y el desarrollo,para promover la seguridad alimentaria, conservacion del medio ambiente y la ecologia de Lagunas del Bajo Pachitea, articulando acciones con la Direccion Regional de Produccion, la Gerencia Regional de Recursos Naturales, Gerencia Regional de Desarrollo Economico y la Gerencia Regional de Desarrollo Socia, para la elaboracion e Implementacion de Planes de Manejo de Recursos Hidrobiologicos de Lagunas y proyectos de Inversion Publica. Articulo Quinto.- ENCARGAR, a los organos correspondientes establecer su reglamentacion e implementacion de la presente Ordenanza Regional en un plazo de noventa (90) dias habiles , contados a partir de su publicacion Articulo Sexto.- DISPENSAR, la presente Ordenanza Regional del tramite de Comisiones y del tramite de Lectura y aprobacion del acta. Articulo Septimo.- PUBLICAR, la presente Ordenanza Regional, conforme a lo dispuesto en el articulo 42º de la Ley Nº 27867- Ley Organica de Gobiernos Regionales. Articulo Octavo.- La presente Ordenanza Regional

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