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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de octubre de 2011 451898 TERCERA.- Adscripción y fusión Adscríbense al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, los siguientes programas o funciones: a. JUNTOS - Programa Nacional de Apoyo Directo a los más Pobres. b. FONCODES - Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social. c. PRONAA - Programa Nacional de Asistencia Alimentaria. d. GRATITUD - Programa Nacional de Asistencia Solidaria. e. WAWA WASI - Programa Nacional Wawa Wasi. f. PENSIÓN 65, que se constituya sobre la base de GRATITUD. g. CUNA MÁS, que se constituya sobre la base de WAWA WASI. El Poder Ejecutivo, en un plazo no mayor de noventa (90) días útiles, contado desde el día siguiente de publicada la presente norma, aprobará la adscripción o fusión de los órganos, programas o proyectos que correspondan al nuevo Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. CUARTA. Autorización de modifi caciones presupuestarias El Poder Ejecutivo propondrá las modifi caciones presupuestarias, en el ámbito institucional, que sean necesarias como consecuencia de las adscripciones, fusiones y transferencia de funciones que se realicen para la implementación del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. QUINTA. Documentos de gestión del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social Facúltase al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social para que, en un plazo no mayor de noventa (90) días hábiles, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley, formule sus correspondientes proyectos de documentos de gestión, los mismos que deberán aprobarse conforme a las disposiciones normativas vigentes correspondientes, así como para dictar las normas complementarias y las acciones de personal necesarias para implementar la estructura orgánica que se apruebe conforme a la presente norma. SEXTA. Transferencia del Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) Transfi érese a la Presidencia del Consejo de Ministros, el Sistema de Focalización de Hogares (Sisfoh) a que se refi ere el párrafo 12.2 del artículo 12 de la Ley 29626, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2011. SÉTIMA. Registros Créanse el Registro Nacional de Programas Sociales y el Registro Nacional de Benefi ciarios de los Programas Sociales, a nivel intergubernamental, entre otros. Asimismo, se implementará un mecanismo de cruce de información y alerta temprana, destinado a prevenir fi ltraciones y subcoberturas en el sistema. OCTAVA. Vigencia de la Ley La presente Ley entra en vigencia el día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA. Derogación Deróganse las disposiciones legales que se opongan a la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la República para su promulgación. En Lima, a los diez días del mes de octubre de dos mil once. DANIEL ABUGATTÁS MAJLUF Presidente del Congreso de la República YEHUDE SIMON MUNARO Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve días del mes de octubre del año dos mil once. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República SALOMÓN LERNER GHITIS Presidente del Consejo de Ministros ANEXO I GLOSARIO DE TÉRMINOS a) Desarrollo social. El proceso por el cual se alcanza el bienestar y el desarrollo humano. Para ello, el Estado y la sociedad asumen corresponsabilidad en la superación de los problemas sociales, en el campo del desarrollo de capacidades, generación de oportunidades y atención social a poblaciones objetivo. b) Inclusión social. La incorporación social, económica, política y cultural a la comunidad nacional de grupos sociales excluidos y vulnerables, con plenos derechos y acceso a los mercados, para lo cual el Estado realiza un esfuerzo adicional a sus sistemas permanentes, con intervenciones destinadas a: i) preservar el capital humano y evitar su deterioro; ii) desarrollar las capacidades de la población; y iii) aprovechar las oportunidades económicas mediante la promoción socioproductiva; todas, de carácter multisectorial e intergubernamental; a efectos de eliminar y/o aminorar la pobreza, la desigualdad, la exclusión, las vulnerabilidades y los riesgos y mejorar la calidad de vida de la población. c) Programa social. Toda intervención pública, previamente planificada y articulada de acciones, prestaciones y beneficios temporales, estructurada a través de objetivos, estrategias, instrumentos y metas, que brinden bienes y/o servicios destinados a lograr un propósito específico sobre personas o poblaciones en situación de pobreza, vulnerabilidad o riesgo social, con el fin de atender una necesidad urgente o revertir un problema que les afecte. Los programas sociales se clasifican de la siguiente manera: i. Programa social de benefi cios individuales, cuya característica principal es que la prestación del bien o servicio tiene por benefi ciario directo a una persona u hogar, por lo que es necesario desarrollar acciones de identifi cación y focalización individual que reduzca la fi ltración y subcobertura en la intervención del Programa. ii. Programa social de benefi cios colectivos, cuya característica principal es que la prestación del bien o servicio tiene alcance colectivo en una comunidad, distrito, provincia o región, geográfi camente focalizada. d) Persona o grupo vulnerable. Aquellos que, por su situación o condición social, económica, física, mental o sensorial, entre otras, se encuentran en desventaja y requieren de un esfuerzo público especial para participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional y acceder a mejores condiciones de vida. e) Benefi ciario. Personas o grupos poblacionales que reciben los bienes y/o servicios entregados por los programas sociales. f) Focalización. Conjunto de reglas e instrumentos que permiten identifi car a personas o grupos poblacionales en situación de pobreza, vulnerabilidad o exclusión, como potenciales benefi ciarios. A partir de dicha información los programas sociales pueden programar sus intervenciones.