Norma Legal Oficial del día 26 de octubre del año 2011 (26/10/2011)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de octubre de 2011

NORMAS LEGALES

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de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y sus modificatorias; Que, el articulo 85-A del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que "las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las politicas nacionales y/o sectoriales del Estado estan facultadas a establecer, mediante Resolucion del Titular de la Entidad, la relacion de bienes y servicios que se contrataran a traves de compra corporativa, debiendo senalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, asi como las obligaciones y responsabilidades de estas ultimas"; Que, teniendo en cuenta lo MORDAZA expuesto, es necesario modificar la Resolucion Ministerial Nº 324-2011/ MINSA, a fin de incluir las obligaciones y responsabilidades de las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncologicos para el Abastecimiento del ano 2012, con la finalidad de efectuar de manera adecuada el MORDAZA de adquisicion de los medicamentos senalados en su Anexo 01, asegurando la eficiencia, eficacia, transparencia y sostenibilidad de este mecanismo de compra; Con el visado del Director General de la Direccion General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos en Salud, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y sus modificatorias, y en el literal l) del articulo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incorporar en la Resolucion Ministerial Nº 324-2011/MINSA, los articulos 3°a, 3°b, 3°c, 3°d y 3°e, los cuales tendran los siguientes textos: "Articulo 3aº.- Las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncologicos para el abastecimiento del ano 2012 estan obligados a adquirir directa y exclusivamente la propiedad de los bienes que les corresponda, como resultado del otorgamiento de la Buena Pro de los procesos de seleccion que se realicen, asi como las demas obligaciones que se deriven de los contratos que suscriban. Articulo 3bº.- Las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncologicos para el abastecimiento del ano 2012 cumpliran con comunicar al Ministerio de Salud, previamente a la realizacion del Estudio de Posibilidades que Ofrece el MORDAZA, sus requerimientos de los bienes previstos en el Anexo Nº 01. Articulo 3cº.- Las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncologicos para el abastecimiento del ano 2012, previa comunicacion al Ministerio de Salud, podran adquirir directamente las cantidades estrictamente necesarias del bien o bienes que forman parte del anexo Nº 01, en el caso que se produzca una situacion de emergencia o desabastecimiento inminente que pudiera poner en peligro la salud o bienestar de la poblacion atendida por estas. Articulo 3d°.- Cada una de las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncologicos para el abastecimiento del ano 2012 es responsable de la inclusion de los bienes que formaran parte de su requerimiento en sus respectivos Planes Anuales de Contrataciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Articulo 3eº.- El Ministerio de Salud coordinara permanentemente con las Entidades intersectoriales participantes respecto a las incidencias derivadas de la presente compra corporativa." Articulo 2°.- La presente Resolucion Ministerial entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial "El Peruano". Articulo 3°.- Disponer que la Oficina General de Comunicaciones publique la presente Resolucion en el MORDAZA Electronico del Ministerio de Salud http://www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Articulo 4°.- Disponer la notificacion de la presente Resolucion a las Entidades participantes de la Compra

Corporativa de Medicamentos Oncologicos para el abastecimiento del ano 2012. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Salud 707627-6

Aceptan el tercer desembolso efectuado por el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 768-2011/MINSA MORDAZA, 21 de octubre del 2011 Vistos, el Oficio Nº 0793-2011-PARSALUD/CG de la Coordinadora General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud (PARSALUD) y el Informe Nº 158-2011-OGPP-OP/MINSA de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, en el MORDAZA de la Octava Ronda del Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, se suscribio el Acuerdo de Subvencion PER-809-G07-T, Programa "Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra la tuberculosis en el Peru", por la suma de 5 753 083,00 (CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHENTA Y TRES Y 00/100 EUROS) el cual establece las condiciones previas para el desembolso de los fondos, consignando como Receptor Principal al Ministerio de Salud a traves de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud (PARSALUD); Que, la ejecucion del Acuerdo de Subvencion PER809-G07-T establecia el cumplimiento de actividades que justificarian los desembolsos que efectuaria el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, a favor del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 099-2010/ MINSA, se aprobo el primer desembolso, por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 729 742,00); Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 10142010/MINSA, se aprobo el MORDAZA desembolso, por la suma de CINCO MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TRECE Y 59/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 074 613,59); Que, con el documento del visto, la citada unidad ejecutora solicita la aceptacion del tercer desembolso del Acuerdo de Subvencion PER-809-G07-T, por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 75/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 997 241,75) para la ejecucion de las actividades programadas, ademas, manifiesta que al haber sido considerado dicho desembolso en la formulacion presupuestaria para el ano fiscal 2011 de la unidad ejecutora, no es necesario aprobar la incorporacion de mayores recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud en el presente ano; Estando a lo informado por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto a traves de la Oficina de Presupuesto, mediante Informe Nº 158-2011-OGPP-OP/ MINSA y con el visado del Director General de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar el tercer desembolso efectuado por el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, en el MORDAZA del Acuerdo de Subvencion PER-809-G07-T, Programa "Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra

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