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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE OCTUBRE DEL AÑO 2011 (26/10/2011)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 29

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452215 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y sus modifi catorias; Que, el artículo 85-A del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado establece que “las Entidades del Gobierno Nacional que formulen las políticas nacionales y/o sectoriales del Estado están facultadas a establecer, mediante Resolución del Titular de la Entidad, la relación de bienes y servicios que se contratarán a través de compra corporativa, debiendo señalar la Entidad encargada de la compra corporativa, las Entidades participantes, así como las obligaciones y responsabilidades de estas últimas”; Que, teniendo en cuenta lo antes expuesto, es necesario modifi car la Resolución Ministerial Nº 324-2011/ MINSA, a fi n de incluir las obligaciones y responsabilidades de las Entidades participantes en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncológicos para el Abastecimiento del año 2012, con la fi nalidad de efectuar de manera adecuada el proceso de adquisición de los medicamentos señalados en su Anexo 01, asegurando la efi ciencia, efi cacia, transparencia y sostenibilidad de este mecanismo de compra; Con el visado del Director General de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, de la Directora General de la Dirección de Abastecimiento de Recursos Estratégicos en Salud, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 184-2008-EF, y sus modifi catorias, y en el literal l) del artículo 8° de la Ley N° 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incorporar en la Resolución Ministerial Nº 324-2011/MINSA, los artículos 3°a, 3°b, 3°c, 3°d y 3°e, los cuales tendrán los siguientes textos: “Artículo 3aº.- Las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncológicos para el abastecimiento del año 2012 están obligados a adquirir directa y exclusivamente la propiedad de los bienes que les corresponda, como resultado del otorgamiento de la Buena Pro de los procesos de selección que se realicen, así como las demás obligaciones que se deriven de los contratos que suscriban. Artículo 3bº.- Las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncológicos para el abastecimiento del año 2012 cumplirán con comunicar al Ministerio de Salud, previamente a la realización del Estudio de Posibilidades que Ofrece el Mercado, sus requerimientos de los bienes previstos en el Anexo Nº 01. Artículo 3cº.- Las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncológicos para el abastecimiento del año 2012, previa comunicación al Ministerio de Salud, podrán adquirir directamente las cantidades estrictamente necesarias del bien o bienes que forman parte del anexo Nº 01, en el caso que se produzca una situación de emergencia o desabastecimiento inminente que pudiera poner en peligro la salud o bienestar de la población atendida por éstas. Artículo 3d°.- Cada una de las Entidades que participen en la Compra Corporativa de Medicamentos Oncológicos para el abastecimiento del año 2012 es responsable de la inclusión de los bienes que formarán parte de su requerimiento en sus respectivos Planes Anuales de Contrataciones, de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento. Artículo 3eº.- El Ministerio de Salud coordinará permanentemente con las Entidades intersectoriales participantes respecto a las incidencias derivadas de la presente compra corporativa.” Artículo 2°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina General de Comunicaciones publique la presente Resolución en el Portal Electrónico del Ministerio de Salud http://www. minsa.gob.pe/transparencia/dge_normas.asp. Artículo 4°.- Disponer la notifi cación de la presente Resolución a las Entidades participantes de la Compra Corporativa de Medicamentos Oncológicos para el abastecimiento del año 2012. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Ministro de Salud 707627-6 Aceptan el tercer desembolso efectuado por el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 768-2011/MINSA Lima, 21 de octubre del 2011 Vistos, el Ofi cio Nº 0793-2011-PARSALUD/CG de la Coordinadora General del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud (PARSALUD) y el Informe Nº 158-2011-OGPP-OP/MINSA de la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Octava Ronda del Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, se suscribió el Acuerdo de Subvención PER-809-G07-T, Programa “Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra la tuberculosis en el Perú”, por la suma de 5 753 083,00 € (CINCO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL OCHENTA Y TRES Y 00/100 EUROS) el cual establece las condiciones previas para el desembolso de los fondos, consignando como Receptor Principal al Ministerio de Salud a través de la Unidad Ejecutora 123 Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Salud (PARSALUD); Que, la ejecución del Acuerdo de Subvención PER- 809-G07-T establecía el cumplimiento de actividades que justifi carían los desembolsos que efectuaría el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, a favor del Ministerio de Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 099-2010/ MINSA, se aprobó el primer desembolso, por la suma de DOS MILLONES SETECIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2 729 742,00); Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1014- 2010/MINSA, se aprobó el segundo desembolso, por la suma de CINCO MILLONES SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS TRECE Y 59/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 074 613,59); Que, con el documento del visto, la citada unidad ejecutora solicita la aceptación del tercer desembolso del Acuerdo de Subvención PER-809-G07-T, por la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y UNO Y 75/100 NUEVOS SOLES (S/. 4 997 241,75) para la ejecución de las actividades programadas, además, manifi esta que al haber sido considerado dicho desembolso en la formulación presupuestaria para el año fi scal 2011 de la unidad ejecutora, no es necesario aprobar la incorporación de mayores recursos en el Presupuesto Institucional del Pliego 011 Ministerio de Salud en el presente año; Estando a lo informado por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto a través de la Ofi cina de Presupuesto, mediante Informe Nº 158-2011-OGPP-OP/ MINSA y con el visado del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud; De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del artículo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar el tercer desembolso efectuado por el Fondo Mundial de Lucha contra el VIH, TBC y Malaria, en el marco del Acuerdo de Subvención PER-809-G07-T, Programa “Haciendo la Diferencia: Promoviendo una respuesta amplia e integral contra