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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de octubre de 2011 452209 que la solicitud llevada a cabo por la Ofi cina General de Recursos Humanos mediante el Informe Nº 025-2011- MIMDES/OGRH no requiere la aprobación de un nuevo Cuadro para Asignación de Personal del MIMDES; Que, asimismo, el citado informe ha determinado que la modifi cación propuesta, no incidirá en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP; Que, por lo expuesto, corresponde aprobar la modifi cación de la clasifi cación del cargo de Director Superior – Plaza Nº 199 - Director/a de la Dirección de Derechos y Ciudadanía de las Mujeres contenido en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por la Resolución Suprema Nº 004-2005-MIMDES, considerándolo dentro del quinta parte de personal que puede ser designado o removido libremente por el titular de la entidad; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 043-2004- PCM; y, el Decreto Supremo Nº 012-2004-MIMDES y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la modifi cación de la clasifi cación del cargo de Director Superior – Plaza Nº 199 - Director/a de la Dirección de Derechos y Ciudadanía de las Mujeres contenido en el Cuadro para Asignación de Personal - CAP del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, aprobado por Resolución Suprema Nº 004-2005-MIMDES y sus modifi catorias; conforme al Anexo que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- Publíquese la presente Resolución Ministerial en el Diario Ofi cial El Peruano. El Anexo deberá ser publicado en el Portal Institucional del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social (www.mimdes.gob.pe), en la misma fecha que sea publicada la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. AÍDA GARCÍA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 708512-1 Aceptan renuncia y designan Jefa de Logística de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual - PNCVFS del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 388-2011-MIMDES Lima, 25 de octubre de 2011 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 379-2010- MIMDES se designó al señor Sergio Jean Franko Romero Loyola en el cargo de confi anza de Jefe de Logística de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; Que, el señor Sergio Jean Franko Romero Loyola ha presentado su renuncia al citado cargo, la que es pertinente aceptar, correspondiendo designar a la persona que lo reemplazará; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29597 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES; y, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por el señor SERGIO JEAN FRANKO ROMERO LOYOLA al cargo de confi anza de Jefe de Logística de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar a la señora BRIGYTTE BEATRIZ BURGA LIÑAN en el cargo de confi anza de Jefa de Logística de la Unidad Administrativa del Programa Nacional Contra la Violencia Familiar y Sexual – PNCVFS del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. AIDA GARCIA NARANJO MORALES Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 708513-1 PRODUCE Autorizan actividad extractiva del recurso Lessonia trabeculata (aracanto o palo) en área marítima contigua al litoral comprendido entre las localidades de Colorado y Tres Hermanas, ubicadas en el distrito de Marcona, provincia de Nazca, departamento de Ica RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 296-2011-PRODUCE Lima, 24 de octubre de 2011 VISTOS: Los Ofi cios Nº DE-100-221-2011- PRODUCE/IMP y Nº DE-100-276-2011-PRODUCE/IMP del 18 de agosto y 7 de octubre de 2011 respectivamente, del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, los Ofi cios Nº 1089-2011-GORE-ICA/DRPRO y Nº 1249-2011-GORE- ICA/DRPRO-DP del 9 de agosto y 6 de setiembre de 2011, respectivamente, de la Dirección Regional de la Producción del Gobierno Regional de Ica; los Informes Nº 716-2011-PRODUCE/DGEPP-Dch y Nº 768-2011- PRODUCE/DGEPP-Dch del 13 de setiembre y 11 de octubre de 2011, respectivamente, de la Dirección de Consumo Humano de la Dirección General de Extracción y Procesamiento Pesquero; y, los Informes Nº 042-2011- PRODUCE/OGAJ- cfva y Nº 047-2011-PRODUCE/OGAJ- cfva del 29 de setiembre y 14 de octubre de 2011 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, señala que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Nación, correspondiendo al Estado regular el manejo integral y la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que, el artículo 9º de la citada Ley establece que sobre la base de evidencias científi cas disponibles y de factores socioeconómicos, el Ministerio de la Producción determina, según el tipo de pesquerías, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisibles, las temporadas y zonas de pesca, la regulación del esfuerzo pesquero, los métodos de pesca, las tallas mínimas de captura y demás normas que requieran la preservación y explotación racional de los recursos hidrobiológicos; asimismo, establece que los derechos administrativos otorgados se sujetan a las medidas de ordenamiento que mediante dispositivo legal de carácter general dicta el Ministerio; Que, el numeral 6.1 del artículo 6º del Reglamento de Ordenamiento Pesquero de las Macroalgas Marinas, aprobado por Decreto Supremo Nº 019-2009-PRODUCE, señala que el Ministerio de la Producción, sobre la base de los estudios y recomendaciones del Instituto del Mar del Perú - IMARPE, así como de factores socioeconómicos, establece en el ámbito nacional, mediante Resolución Ministerial, los regímenes de acceso, volumen total de extracción permisible, magnitud del esfuerzo de pesca (número de embarcaciones y usuarios), cuotas individuales y otras medidas de conservación de las diversas especies de macroalgas marinas; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, faculta al Ministerio de la