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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 29 de octubre de 2011 452494 TÍTULO IX DE LA VIGILANCIA DE LA CONTAMINACION SONORA Artículo 16º.- La Jefatura de la Policía Municipal, será la encargada de planifi car y realizar controles periódicos para monitorear la contaminación sonora en el ámbito territorial del distrito, poniendo énfasis en zonas residenciales y en los establecimientos con antecedentes de mayor contaminación sonora. TÍTULO X DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Modifíquese e inclúyase dentro del Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas de la Municipalidad de Punta Hermosa, aprobada mediante Ordenanza Nº 167-2009 las infracciones descritas en el cuadro siguiente: Escala de Multas por Infracciones de Ruidos Molestos según Niveles de Decibeles y Horarios CÓDIGO % de UIT DIURNO ZONIFICACIÓN NOCTURNO % de UIT 07-0308 10% 07:00 a 22:00 hrs. Zonifi cación Comercial 22:00 a 07:00 hrs. 15 07-0308 15% 07:00 a22:00 hrs. Residencial 22:00 a 07:00 hrs. 20 07-0308 20% 07:00 a 22:00 hrs. Zona de Protección especial 22:00 a 07:00 hrs. 25 07-0308 06% Por producir los vehículos ruidos molestos y nocivos por el uso de bocinas, radios u otros 07-0308 07% Por producir ruidos nocivos y molestos, sea cual fuere el lugar de origen y lugar afectando a la comunidad. Segunda.- Encárguese la difusión de la presente Ordenanza a la Ofi cina de Desarrollo Humano e Imagen Institucional de la Municipalidad de Punta Hermosa. Tercera.- La comunidad en general velará por el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza y deberá denunciar cualquier transgresión a la misma, para las acciones pertinentes. Cuarta.- Deróguese cualquier disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. CARLOS GUILLERMO FERNÁNDEZ OTERO Alcalde 710240-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador ORDENANZA MUNICIPAL Nº 237 -MVES Villa El Salvador, 25 de julio del 2011 POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DE VILLA EL SALVADOR, EN SESION ORDINARIA DE LA FECHA; Visto: El Informe Nº 328-2011-UDITIE-OPP/MVES de 01.07.2011 de la Unidad de Desarrollo Institucional, Tecnología de la Información y Estadística de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, así como el Informe Nº 415- 2011-OAJ/MVES del 18.07.2011 de la Ofi cina de Asesoría Jurídica de esta Corporación Edil. CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad a lo dispuesto por el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con el Artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional; Que, de conformidad con el artículo 195º de la Constitución Política del Perú, las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas, así como crear, modifi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el numeral 38.2 del artículo 38º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General dispone que cada dos (02) años, las entidades están obligadas a publicar el íntegro del TUPA, bajo responsabilidad de su titular; sin embargo, podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modifi caciones producidas en el mismo lo ameriten. El plazo se computará a partir de la fecha de la última publicación del mismo; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 145-MVES publicado el 31.12.2006, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador; Que, según la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 002-2010, establece los mecanismos y plazos para la implementación gradual de la nueva metodología de determinación de costos para todas las entidades públicas, en cumplimiento de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 064-2010- PCM. Que, por Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010 se aprobó la Guía metodológica de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados con exclusividad, establece los lineamientos y parámetros, para costear TUPA. Que, el Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, se aprobó la Metodología de Administrativa y establece disposiciones para su implementación, para la mejora de los procedimientos administrativos y servicios prestados con exclusividad. Que, de acuerdo al artículo 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala mediante ordenanzas se crean, modifi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias derechos y contribuciones, dentro de límites establecidos por ley y las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratifi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción para su vigencia; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el Voto Unánime del Concejo Municipal y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se expide la siguiente; ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS (TUPA) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR Artículo 1º.- APROBACIÓN DEL TUPA, ASÍ COMO DE SUS DERECHOS DE TRÁMITE POR LOS PROCEDIMIENTOS Y SERVICIOS ADMINISTRATIVOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD Apruébese el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, el cual consta de 117 Procedimientos, 31 Servicios brindados en Exclusividad y sus respectivos derechos, los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2º.- APROBACIÓN DE LOS FORMATOS DE TRÁMITE Apruébense los formatos requeridos para la atención de los procedimientos y servicios brindados en exclusividad, conforme el listado que aparece a continuación: